Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 1998 (18/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

MORDAZA establece los cronogramas de desgravacion arancelaria que pondran en vigencia los paises andinos, con la finalidad de establecer la plena participacion del Peru en el Programa de Liberacion del Acuerdo de Cartagena. por lo que es necesario que se instruya a la Superintendencia Nacional de Aduanas sobre la oportunidad para la aplicacion de los distintos tramos de desgravacion acordados; Que, el Decreto Supremo N" 014.97-ITINCI preve que el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales comunicara las disposiciones que fueran pertinentes sobre la aplicacion de la Decision 414; De conformidad con el Decreto Legislativo N" 560: Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley N" 25831: Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y el Decreto Suprem o N" 014-97-ITINCI: SE RESUELVE: Articulo l".- A efectos de la ejecucion de los cronogramas de desgravacion a que se refiere el Articulo 1" del Decreto Supremo N" 014-97-ITINCI. el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales comunicara a la Superintendencia Nacional de Aduanas, en cada caso. la oportunidad para ;iplicar los distintos tramos de la desgravacion aran<,elaria correspondiente. Registrese y comuniquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales

gallinas reproductoras, con 14 galpones que forman dos nucleos de produccion, uno con 8 galpones de 162 x 13 m. cada uno con gallinas de reproduccion y el otro con 6 galpones de 150 x 13 m. cada uno para aves de levante, cuenta ademas con almacenes de galpon para huevos, reservorios de concreto para agua, pozos para galpones, viviendas, comedor, oficina, almacen general, cercos perimetricos y otras obras de infraestructura, por lo que concluye en que la empresa ha cumplido con las condiciones estipuladas en la clausula cuarta del contrato otorgado, destinando las tierras adjudicadas al uso agrario para el que las adquirio dentro del plazo contractual establecido; por lo que es procedente el levantamiento de la reserva de dominio; Estando a lo dlctaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley N" 25902; SE RESUELVE: Estado sobre la superficie de 42 ha. 5,000 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral N" 10005 del distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, otorgado a favor de la empresa Agropecuaria Contan S.A. mediante Contrato de Otorgamiento para Otros Usos Agrarios N" 3979.95.AG-PETT de 5 de junio de 1995, al haber sido habilitado e incorporado a ia actividad agraria. Articulo 2".- Disponer que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, gestione ante el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Publicos de MORDAZA la inscripcion de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de .4gricultura

Articulo l".- Levantar la reserva de dominio a favor del

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MTC Disponen levantar reserva de dominio a favor del Estado sobre terrenos eria- Modifican resolucion por la cual se zos ubicados en la provincia de MORDAZA otorgo concesion de ruta a favor de RESOLUCION MINISTERIAL empresa de transporte N" 0621-9%AG
MORDAZA, 12 de noviembre de 1998 VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral N" 10005. ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y dcxpartamenta de Lima. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Ejecutiva K" 043. 94.AG-PETT, de 4 de octubw de 1994, modificada por la Resolucion Directoral Ejecutiva N" 098-95.AG-PETT, de 8 de MORDAZA de 1995, se otorgo en venta a favor de Agropecuaria Contan S.A. 42 ha. 5,000 m2 de tierras eriazas con Unidad Catastral N" 10005, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; suscribiendose rl Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos para Otros Usos Agrarios N" 3979-AG-PETT, de 5 de junio de 1995; Que por Oficio N" 2296-98-AG-PE'IT-DTSL, de 25 de junio de 1998, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural remite el expediente a esta instancia para proceder al levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado sobre el predio menciclnado; Que el Articulo 18" del Reglamento de la Ley N" 26505, aprobado por Decreto Supremo N" Oll-Si-AG, prescribe que los adjudicatarios de tictrras eriazas obtenid:rs con arreglo a la legislacion anterior H la mencionada ley para desarrollar proyectos de naturaleza agraria, que hayan cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contractual, solicitaran a la respectiva dependencia del Ministerio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado, que se dispondra mediante Resc)lucion Ministerial previa constatacion de la ejecucihn de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que a fojas 192 corre el Informe Tecnico N" 113-97-PETTDT.CPR, de 23 de setiembre de 1997, de la Superviuion del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro RuralLima, en el que consta, en virtud de La visita mspectiva efectuada al predio que este esta dedicado a la actividad de granja para aves reprodwtoras con capacidad para 110,400

AGRICULTURA

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RESOLUCION DIRECTORAL N" 1353-98-MTCX5.18

MORDAZA, 4 de noviembre de 1998 VISTOS, el Expediente N" 02133010, organizado por la Empresa de Transportes TRANSANI S.R.L., e Informe N" 1066.98.MTC/l5.18.04.2 de la Direccion de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N" 1147-98-MTC/ 15.18, de fecha 8 de setiembre de 1998, se otorgo la concesion de ruta: Lima-Mala y viceversa, a favor de la Empresa de Transportes TRANSANI S.R.L.; Que, el Articulo 96" de Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 02-94-JCS, establece, que el error material de una resolucion podra ser rectificado de Oficio o a pedido de parte; Que, la empresa aludida en vistos, dentro del plazo de ley. ha solicitado la rectificacion correspondiente de la resolucion, bajo el Expediente N" 02133010, siendo atendido por la Direccion de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional, segun Informe N" 1066-98-MTCl 15.18.04.2, donde se recomienda que debe modificarse los anos de fabricacion de los vehiculos ofertados. siendo necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum N" 8180.98.MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe N" 1263-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 02.94.JUS y Decreto Ley N" 25862; SE RESTJELVE:

Primero.- Modificar el Articulo Primero de la Resolucion Directoral N" 1147-9%MTC05.18, de fecha 8 de setiembre de 1998. mediante el cual se otorga concesion de ruta: Lima-Mala y viceversa a favor de la Empresa de Transportes TRANSANI S.R.L en el rubro Frecuencia y

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