Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 1998 (18/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA dispuso reservar la proclamacion de los candidatos a la alcaldia y regidores del concejo distrital de San MORDAZA de Cayran, por considerar que la suma de los votos nulos y blancos superan los 2/3 del numero de votos emitidos, a fin de que este Supremo Tribunal electoral dictase la nulidad de las elecciones llevadas a cabo en dicha circunscripcion electoral; Que, de la revision de los resultados del computo distrital de San MORDAZA de Cayran, de la provincia de MORDAZA, aparece que el Partido Accion Popular ha obtenido 77 votos; la Agrupacion Independiente Somos Peru 132 votos; el Partido Aprista Peruano 61 votos; la Agrupacion Independiente Union por el Peru 95 votos; la Lista Independiente Salvemos MORDAZA 265 votos, Lista Independiente "Frente de Reivindicacion de los valores de MORDAZA - FREVA 82 votos; Lista Independiente Progreso y Desarrollo 236 votos; Lista Independiente Movimiento Independiente MORDAZA 124 votos; habiendose declarado nulos 524 votos y encontrados en MORDAZA 221; Que, de lo expuesto en el considerando anterior aparece que del total de 1817 votos emitidos, 524 votos nulos y 221 en MORDAZA alcanzan a 745 o sea no llegan a los dos tercios (1210) que senala el Articulo 36" de la Ley N" 26864, para declarar nula la eleccion; Por tales fundamentos; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Proclamar MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA de Cayran, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la lista independiente Salvemos MORDAZA, regidores a don MORDAZA Cercedo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramfrez, de la Lista Independiente Salvemos MORDAZA, y don MORDAZA CerafIn MORDAZA Huiman de la Lista Independiente Progreso y Desarrollo; a todos los cuales se les entregara las correspondientes credenciales. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 13339

MORDAZA, miercoles 18 de noviemhm de 1998

de Procesos Electorales el resultado mesa por mesa determino que al Movimiento Independiente Somos Peru le correspondia 617 votos validos mientras que al Movimiento Independiente Vamos Vecino 610 votos validos; que sin embargo, posteriormente emite el siguiente resultado: para la primera lista 611 votos validos, para la MORDAZA lista 610 votos validos; Que, como quiera que en la mesa de sufragio W 133440, el Personero de la Lista Independiente Alternativa MORDAZA impugno un MORDAZA al Movimiento Independiente Somos Peru, y que dicha impugnacion fue depositada en sobre lacrado; que sin embargo dicho MORDAZA desaparecio, apareciendo dos dias despues sin el precinto de seguridad, resultando de ello que el MORDAZA impugnado ya no correspondia al "Movimiento Independiente Somos Perdi" sino al "Movimiento Independiente Vamos Vecino", hecho del que dejo MORDAZA el Presidente del MORDAZA Electoral Especial, los candidatos y ciudadanos que suscriben el Memorial que se adjunta; Que, en cumplimiento ala labor fiscalizadora de este Supremo Tribunal consagrada en el inciso 1) del Articulo 178" de la Constitucion Politica del Peru y habiendose realizado por ante este organo electoral, la verificacion y computo de las actas electorales (sobres verdes) correspondientes al distrito de Matara, provincia de Cajamarca; resulta que el Movimiento Independiente Somos Peru ha obtenido 611 votos y el Movimiento Independiente Vamos Vecino ha obtenido 610 votos; por lo que, estando a estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto por el primer parrafo del Articulo 176" de la MORDAZA MORDAZA citada, que senala "...y que los escrutinios MORDAZA reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votacion directa.",, resulta como lista ganadora el "Movimiento Independrente Somos Peru" al haber alcanzado 611 votos, correspondiendole por tanto la mitad mas uno del numero de regidores, es decir 4 Regidores; y teniendo en consideracion que al Concejo Distrital de Matara le corresponde cinco re `dores, se designa un regidor del "Movimiento Indepenii? iente Vamos Vecino"; El MORDAZA Nacional de Elecciones administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de nulidad de las elecciones municipales realizadas en el distrito de Matara, provincia y departamento de MORDAZA, interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Alterno del "Movimiento Independiente Somos Peru", en atencion a las consideraciones MORDAZA expuestas y de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 36" de la Ley de Elecciones Municipales N" 26864. Articulo Segundo.- Proclamar MORDAZA del Concejo Distrital de Matara, provincia de MORDAZA, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA del "Movimiento Independiente SomosPeru", y como regidores de la lista MORDAZA citada, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz Aguilar; y del "Movimiento Independiente Vamos Vecino" a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debiendo otorgarse las credenciales correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA VILLAR; MIJNOZ ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General TRUJILLANO 13346

Declaran fundado recurso de nulidad y proclaman MORDAZA y regidores del distrito de Matara, provincia de MORDAZA
RESOLUCLON N" 10%BS-JNE MORDAZA, 17 de noviembre de 1998 VISTOS: La comunicacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, recibida con fecha 30 de octubre de 1998, Personero Legal Alterno del "Movimiento Independiente Somos Peni", formulando recurso de nulidad de las elecciones municipales en el distrito de Matara, provincia y departamento de Cajamarca; La comunicacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, recibida con fecha 6 de noviembre de 1998, del Personero Legal Alterno del Movimiento Independiente Somos Peru, formulando precisiones; La comunicacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Alterno del "Movimiento Independiente Somos Peru" anexando instrumental; CONSIDERANDO: Que, el recurrente formula nulidad de las elecciones municipales en el distrito de Matara, provincia y departamento de MORDAZA, en razon a graves irregularidades cometidas en el conteo de votos correspondientes alas listas "Movimiento Independiente Somos Peru" y "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; en vista que conforme manitiesta el impugnante, al emitir la Oficina Descentralizada

SBS
Cancelan certificado de inscripcion de persona natural en el Registro Oficial de Corredores de Seguros
RESOLUCION SBS W 1111-98 MORDAZA, 5 de noviembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS

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