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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (18/11/1998)

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i l,ima, mi&rcoles 18 dc noviembre dc 1998 VISTA: La solicitud presentada por el señor Julio Arturo Quijano Valdivieso respecto ala cancelación del certificado de inscrip- ción expedido a nombre de don Jubo Edilberto Quijano Casas, en el Registro Oficial de Corredores de Seguros; y, CONSIDERAh’DO: Que, en sesión de Comisión Calificadora de Productores de Seguros, del 5 demayo de 1970, seautorizólainscripción del señor Julio Edilberto Quijano Casas, en el Registro Nacional de Productores de Seguros hoy Registro Oficial de Corredores de Seguros, otorgándole el Certificado No G- 0028; Que, habiendo fallecido el señor Quijano el 25 de agosto de 1998, en la ciudad de Lima, como consta en el Certificado de Defunción, cuya copia obra en su expediente; y. De conformidad con lo dispuesto por la Resolución SBS N” 381-91, en uso de las facultades conferidas por la Ley N” 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en virtud de la facultad delegada por la Resolu- ción SBS N” 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Cancelar en el Registro Oficial de Corredores de Segaros el Certificado de Inscripción N” G- 0028 del señor Julio Edilberto Quijano Casas, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 13287 Prorrogan plazo otorgado a empresa bancaria para que proceda a enaje- nar bienes adjudicados en pago de deudas RESOLUCION SBS W 1122-98 Lima, 6 de noviembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para la enajenación de los bienes que forman parte del anexo de la presente resolución, adjudicados en pago de deudas, presentada por el Banco Interamericano de Finanzas, conforme a lo previs- to por el Artículo 215” de la Ley N” 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; CONSIDERANDO: Que el Artículo 215” de la mencionada Ley General esta- blece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un I 1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un mMmo de seis (6) meses; Que en el segundo párrafo del referido artículo se precisa que vencido dicho plazo, sin que se haya efectuado la venta o arrendamiento fmanciero, la empresa deberá constituir una provisión hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras “C” mediante Informe N” ASIF “C-225 OTi y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Banca; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros;S( B n irRESUELVE: Artículo lo.- Prorrogar por seis (6~ meses el plazo a que : refiere el Artículo 215” de la Ley General, para que e! anca Interamericano de Finanzas proceda a la enaje- ación de los bienes señalados en el anexo que forma parte itegrante de la presente resolución. Artículo 2”.- Vencido el plazo de prórroga que se otorga, 1 Banco Interamericano de Finanzas deberá proceder con- ume a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 15” de la citada Ley General, debiendo constituir la corres- ondiente provisión con cargo a los resultados del mes en ue venció el referido plazo Registrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros / I it cFecha de Adjudic. 97.1031-7.ANEXO A LA RESOLUCION SBS N” ll 22-98 (ARTICULO 215” DE LA LEY N” 26702. LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA DE LP. SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS) DESCRIPCION VALOR EN AL ! PRORROGA LIBROS j DE 98.9.30 i TENENCIA (en nuevos solas) ! -- /- -.- ----- Seis Inmuebles ubicados en la Av. Caminos del Inca N” 131, Surco - Inmueble ublcado en la calle Los Záflros N” 266 y Las Agatas N” 213, urbanización Balconcillo. La Victorla Muebles diversos1326 207.35 j 994.30 / 613 253.74 I 99 4 30 8213896 1 99 4 30 1 riutorizan a empresa bancaria la aper- ura de oficina especial en el Cercado ie Lima RESOLUCION SBS No 1143-98 Lima, 11 de noviembre de 19% EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por cl Banco de Comercio, requi- iendo la autorización de esta Superintendencia para la - .apertura de una Oficina Especial, en las mstalaciones de la Universidad Federico Villarreal, ubicada en el Jr. Camaná N”214, ene1 Cercado de Lima, provinciaydepartwmentode Lima; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Intendente de lnstitu- ciones Financieras “C” mediante Informe N” ASIF “(:’ 234. OTi98, y a lo opinado por la Superintendente Adjunta de Banca; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30” de la Ley N” 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular N” B-1996-97; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS IL”’ 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- -4utorizar al Banco de Comercio, la apertura de una Oficina Especial, en las instalaciones de la