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Lima, miércoles 18 de noviembrc de 1998 e[pemtatu, Pág. 165867 Flota Vehicular, la que quedará redactada en los siguientes términos: RUTA LIMA-MALA y viceversa ORIGEN LIM A DESTINO : MALA FRECUENCIA Seis (6) dianas FLOTA VEHICULAR Tres (3) ómnrbus FLOTA OPERATIVA Dos (2) ómnibus: UO- (1994) y UD-2743 (1990) FLOTA DE RESERVA Un (1) ómnibus. UQ-8600 (1985) HORARIO Salida de Lima 05.00, 07 OO, 10 OO, 13.00. 15 30 y 18 OO horas Salida de Mala 05 OO, 07 OO 10 OO, 13 OO 15.30 y 18 OO horas Queda conforme lo demás aut contiene. por las razonesw expuestas en la parte considerativa de esta resolución. Segundo.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director GeneralDirección General de Circulación Terrestre 13288 PODER JUDICIAL Sancionan con destitución a servidordel Distrito Judicial de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL N° 456-98-SE-TP-CME-PJ Lima, 16 de noviembre de 1998 VISTO: El Proceso N” 28-98-CPPAD/PJ, y demás documentos instaurados contra el servidor Víctor Alexander ROJAS ARIAS. Técnico Judicial t, asignado a la Oficina de Recur- sos Humanos de la Corte Superior de Justicia de Lima. por ausencias injustificadas y abandono de trabajo, acreditados mediante Informe Final N° 57- 98-CPPAD/PJ, de 9 noviem- bre 1998, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa del Titular del Pliego N° 401- 98-SE-TP-CME-PJ se instauro Proceso Administra- tivo Disciplinario al servidor VICTOR ALEXANDER RO- JAS ARIAS, Técnico Judicial I; por ausencias injustificadas a sus labores desde el 24 de abril de 1998 al presente, con el agravante de haber hecho abandono de trabajo; Que, remitidos los actuados ala Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y notificado el pro- cesado mediante publicación en el Diario Oficial El Peruano,del 2 de octubre último, así como, por la Oficina de Adminis- tración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, a su domicilio real por correo certificado, éste ha cumplido con presentar su escrito de descargo correspondiente, aduciendoque por razones personales viajó al interior del país, viéndose imposibilitado de seguir laborando en el Poder Judicial, motivo por el cual, el 28 de abril su cónyuge presentó su solicitud de Renuncia ante la Oficina de Trámite Docu- mentario de esta Corte y que, ante la negativa de su recepción porque la entrega era personal, optó por viajar en formainmediata a la ciudad de Lima a presentar su solicitud de renuncia voluntaria sin incentivos ante la Gerencia General el 30 de abril de 1998, adjuntando su “Declaración Jurada” manifestando su renuncia al cargo y no tener en su poderninguna pertenencia del Poder Judicial; Que, analizados los actuados y descargos presentados la Comisión Permanente de Procesos Administrativos conclu- ye que está acreditado, que el servidor VICTOR ALEXAN-DER ROJAS ARIAS, al concluir su período vacaciona!, del 25 de marzo al 25 de abril de 1998, no se reincorporo a sus labores hasta la fecha, incurriendo en falta por abandono de trabajo, comunicando con fecha extemporánea (20 de mayo) su renuncia al cargo, incumpliendo lo dispuesto ~>n el Artículo 185” del Reglamento de la Ley de Carrera Adminis- trativa aprobado por Decreto Supremo N” 00590-PCM, alno haber presentado su renuncia con anticipación no menor de treinta días; asimismo, está acreditado que el servidor sin esperar respuesta consesoria o denegatoria a su petito- rio continuó inasistiendo a su centro de trabajo; Que, por las consideraciones expuestas, se infiere que don Victor Alexander ROJAS ARIAS incurrió en falta grave, al haber transgredido las obligaciones que tiene todo servidor público previstas en el Artículo 21” incisos a) y h) del Decreto Legislativo N” 276; faltas establecidas en el Artículo 28” incisos a) y k) del mismo cuerpo legal; al incurrir en abandono de trabajo a partir del 24 de abril de 1998 al presente; por lo que se debe de proceder a tenor de lo preceptuado por el Artículo 155” inciso d) del Decreto Supremo W 005-90-PCM; Contando con las visaciones de los Miembros de la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 1” de la Ley N” 26546, Artículo 5” ítem 5.3, del Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial,por Resolución Administrativa N” 018-CME-PJ, ampliadas y modificadas por las Leyes NOs. 26623 y 26695; Resolución Administrativa N” 622- CME-PJ; Artículos 78” incisos b y d) y, 80” del Reglamento de Control de Asistencia y Permanen- cia del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administra- tiva N” 085-92-OGP/PJ; Artículo 21” incisos a) y h); Artículo 28” incisos a) y k) y Artículo 30” (modificado por la Ley N” 26488 en su Artículo 1”) de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobado mediante Decreto Legislativo N” 276; Artículos 185”, 150”, 155” inciso d), 159” y 170” del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneracionesdel Sector Público, aprobado por Decreto Supremo W 00590- PCM y estando a lo recomendado por la Comisión Perma-nente de Procesos Administrativos Disciplinarios en su In-forme final; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer la medida disciplinaria de DESTITUCION al servidor Víctor Alexander ROJAS ARIAS Técnico Judicial 1; Nivel STC del Distrito Judicial de Lima; por los fundamentos expuestos en la parte considera- tiva de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El servidor destituido no podra reingresar a la Administración Pública, dentro de cinco años computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30” del Decreto Legislativo N” 276, modificado por el Artículo 1” de la Ley N” 26488. Artículo Tercero.- Remitir copias autenticadas de la presente Resolución, al Supervisor de Personal de la Geren- cia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Inspectoría General del Poder Judicial, a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, a la Presidencia del Conse- jo de Ministros, en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 1” inciso c) del Decreto Supremo N” 74-95-PCM y al interesado para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID PEZUA VIVANCOTitular del Pliego del Poder Judicial 13364 Instauran proceso administrativo disciplinario a servidores del PoderJudicial RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL W 457-98-SE-TP-CME-PJ Lima, 16 de noviembre de 1998 VISTO: El Informe N” 54-98-CPPAD/PJ, de 10 de noviembre de 1998, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Interno N” 090-97-UQl- OAG-PJ de 10 de noviembre de 1997 emitido por la Oficina de Inspectoría General (folios 227 a 235 ) y remitido median- te Oficio N” 637-97-OIG-PJ al Titular del Pliego del Poder Judicial, se hace conocer sobre las inasistencias injustifica- das en que habrían incurrido determinados servidores delPoder Judicial durante el mes de mayo de 1997;