Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (15/10/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 19

l.ima,jucvcs 15 dc octuhrc dc 1998 clmmf) Pág. 164955 RESOLUCION MINISTERIAL N” 696-9%TR Lima, 14 de octubre de 1998 VISTO: El Oficio N” 377.PE-IPSS-98, del Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano de Seguridad Social: y> CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, se llevará a cabo el CURSO RS/6000 SP PRO- BLEM DETERMINATION, organizado por la IBM del Perú, del 20 al 23 de octubre de 1998; Que, el señor CESAR DIAZ MATURRANO, Subgerente de Comunicaciones de la Gerencia Central de Desarrollo e Informática del Instituto Peruano de Seguridad Social, ha solicitado autorización para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje: De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N” 025-98, la Directiva N” 00996-OIOE Norma de Viajes, aprobada mediante Resolución Ministerial N” 165 S&EF/15, precisada por Resolución Ministerial N” 171~96- EF/15 y prorrogada por el Artículo 3” de las Resoluciones Ministeriales N” 01997-EF/15 y N” 065S&EF/15. y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo l”.-Autorizar el viaje del señor CESAR DIAZ MATURRANO, Subgerente de Comunicaciones de la Gerencia Central de Desarrollo e Informática del Instituto Peruano de Seguridad Social, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 20 al 23 de octubre de 1998. Artículo 2”.- El viaje autorizado precedentemente no irrogará gastos con cargo al Presupuesto del Instituto Peruano de Seguridad Social. Artículo 3”.- La presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cuales- quiera fuesen su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 11874 Autorizan viaje de profesional del IPSS a los EE.UU. para participar en pasan- tía sobre otorrinolaringología RESOLUCION MINISTERL4L N” 094-SS-TR Lima, 14 de octubre de 1998 VISTO: El Oficio N” 377.PE-IPSS-98, del Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano de Seguridad Social; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Milwaukee, Wisconsin, Estados Unidos de América, se llevará a cabo la PASANTIA EN OTORRINOLARINGOLOGIA en el Medical College of Wisconsin, del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 1998; Que, el señor RICARDO PONCE LINARES. médico residente del III Año en la especialidad de Otorrinola- ringología del Hospital III “Víctor Lazarte Echegaray” de la Gerencia Departamental de La Libertad del Instituto Pe- ruano de Seguridad Social ha solicitado autorización para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N” 025-98, la Directiva N” 009~96-OIOE-Norma de Viajes, aprobada mediante Resolución Ministerial N” 165-96.EF/15, precisada por Resolución Ministerial N” 171-96.EF/15 y prorrogada por el Artículo 3” de las Resoluciones Ministeriales N” 019-97-EF/15 y N” 065SS-EF/l5, y, Estando a los acordado; SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar el viaje del señor RICARDO PONCE LINARES, médico residente del III Año en la especialidad de Otorrinolaringología del Hospital III “Víc- tor Lazarte Echegaray” de la Gerencia Departamental de La Libertad del Instituto Peruano de Seguridad Social, ala ciudad de Milwaukee, Wisconsin, Estados Unidos de Amé- rica, del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 1998. Artículo 2”.- El viaje autorizado precedentemente no irrogará gastos con cargo al Presupuesto del Instituto Peruano de Seguridad Social. Artículo 3”.- La presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquie- ra fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 11872 DEFENSA Dictan disposiciones referidas a inspeccionesanualesdeseguridadque realizarán los capitanes de puerto a instalaciones acüáticas RESOLUCION DIRECTORAL N” 041%98/DCG 7 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N” 17824, Ley de la Creación del Cuerpo de Capitanías y Guardacostas;, en el Decreto Legislativo N” 438, Ley Orgá- nica de la Marma de Guerra del Perú; yen la Ley N” 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, corresponde a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en su calidad de Autoridad Marítima, velar por la seguridad de la vida humana en el ámbito acuático, así como controlar y proteger el medio ambiente marino, fluvial y lacustre navegable; Que, conforme a su Artículo l”, la Ley N” 26620 regula los aspectos de control y vigilancia a cargo de la Autoridad Marítima, respecto de las actividades que se desarrollan en los ámbitos marítimo, fluvial y lacustre del territorio de la República, incluyendo en su Artículo 2” inciso ce) dentro de su ámbito de aplicación a los artefactos navales e instalacio- nes acuáticas; Que, de acuerdo con lo prescrito en el Artículo A-150201 del Reglamento de Capitanías y de las Actividades Maríti- mas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo N” 002-87-MA de fecha S.abril 1987, corresponde ala Direc- ción General de Capitanías y Guardacostas, autorizar la construcción y operación de muelles y otras instalaciones acuáticas; Que, los Capitanes de Puerto deben inspeccionar anual- mente e informar a la Dirección General de Capitanías sobre el estado de muelles, atracaderos y otras instala- ciones acuáticas respecto a su estado estructural, operati- vidad, dispositivos y elementos de seguridad, empleo de la instalación de acuerdo a su finalidad, señalización, defen- sas y otros que considere pertinentes para autorizar su operación, en resguardo de la seguridad de las personas y la protección del medio ambiente, de acuerdo con lo estableci- do en los Artículos A-150205 y A-150206 del Reglamento de Capitanías y de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres; Que, es necesario especificar los aspectos que serán inspec- cionados por el Capitán de Puerto, así como establecer un formatodecertificadodeinspeccióndeseguridadanualcorres- pondiente a la parte no sumergida de cada instalación, para su entrega al responsable de la instalación;