Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 1998 (15/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

1,ima, jueves 15 de octubre dc 1 WX lesiona un derecho subjetivo, es una medida preparatoria de una decision final, que no puede ser impugnada, siendo condicion necesaria para la calificacion de un recursos impugnativo, la existencia de un acto generador de efectos juridicos inmediatos. MORDAZA estos generales o individuales, lo que aun no ha sido determinado con la resolucion materia de impugnacion; Estando a lo opinado por la Oficina de Apoyo Legal en el Informe N" 274-98PROMUDEWOAL; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N" 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo N" 893, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" OOl-97-PROMTJDEH y, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N" 02-94-JTiS, modificado por la Ley N" 26810; SE RESUELVE: Articulo lo.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Pinin Pintado, contra la Resolucion Ministerial N" 259-98PROMUDEH, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina Nacional de Cooperacion Popular y a la interesada, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11916 -1

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Que, a fin de contribuir a la difusion del mencionado servicio y a la identificacion de la ciudadania en general con los principios que la inspiran, como es el interes superior del MORDAZA, resulta necesario instituir una fecha del ano como el "Dia de la Defensoria del MORDAZA y el Adolescente"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N" 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo N" 893, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N" OOl-97-PROMUDEH y la Resolucion Viceministerial N" 033-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo l".- Establecer, a partir de la fecha, el dia 20 de noviembre de cada ano, como el "Dia de la Defensoria del MORDAZA y el Adolescente". Articulo 2".- La Oficina de Defensoria de la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia, sera la encargada de proponer anualmente las actividades a ser realizadas para la conmemoracion del "Dia de la Defensoria del MORDAZA y el Adolescente". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHENONE ORDTNOLA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11917

Establecen el dia 20 de noviembre de cada aiio como el "Dia de la Defensoria del MORDAZA y el Adolescente"
RESOLUCION MINISTERIAL N" 302-9%PROMUDEH MORDAZA, 14 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - Promudeh, conforme a su ley de creacion, Decreto Legislativo N" 866 y su modificatoria Decreto Legislativo N' 893, asume las funciones que el Decreto Ley N" 26102, Codigo de los Ninos y Adolescentes, asigna al ente rector del Sistema Nacional de Atencion Integral al MORDAZA y el Adolescente, correspondiendo a este Ministerio dirigir el mencionado sistema, del cual las Defensorias del MORDAZA y el Adolescente, forman parte; Que, por tanto, el Promudeh es la autoridad central en torno al Servicio de Defensoria del MORDAZA y el Adolescente y lo operativiza a traves de la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia, la cual es la responsable de dirigir, impulsar y asesorar el sistema nacional de redes de servicios de atencion a ninas, ninos y adolescentes en situacion de vulnerabilidad, servicio dentro del que, las Defensorias del MORDAZA y el Adolescente cumplen un rol fundamental; Que, mediante Resolucion Viceministerial N" 033-97PROMLJDEH, se aprobo el "Reglamento del Servicio de Defensoria del MORDAZA y el Adolescente". conteniendo los lineamientos tecnicos y administrativos normativos de la actuacion de las Defensorias del MORDAZA y el Adolescente, que funcionan en los gobiernos locales, instituciones publicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil, cuya finalidad es resguardar y promover los derechos que la iegislacion nacional e internacional reconoce a las ninas, ninos y adolescentes, considerando el MORDAZA del interes sliperior de la poblacion objetivo, asi como su atencion integral, con extension a la MORDAZA y a la familia; Que, es necesario reconocer la importante labor que cumplen las Defensorias del MORDAZA y el Adolescente, como los principales ejes y soporte del MORDAZA de movilizacion social para la promocion de los derechos de nuestras ninas. ninos y adolescentes; asi como para la atencion que muchas de ellas brindan para la resolucion de casos en los :lue se encuentran involucrados sus intereses;

Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionario y funcionarios de COOPOP y del PAR
RESOLUCION MINISTERIAL N" 304-98-PROMUDEH MORDAZA, i 4 de octubre de 1998 Vistos el Oficio N" 090-98-PROMUDEHKEPAF, de fecha 7 de octubre de 1998, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano .PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe N" 00597-OAI-J/COOPOP "Examen Especial sobre la Ejecucion de Obras en la Unidad Ejecutora liuancavelica", del Organo de Auditoria Interna de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular - COOPOP, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. se ha determinado presunta comision de faltas administrativas disciplinarias previstas en el Articulo 28" de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobada por Decreto Legislativo N" 276, por parte de los funcionarios responsables a la fecha de los hechos en el irregular manejo de los recursos financieros de dicha institucion, durante el periodo 1995 1996; Que de acuerdo a la investigacion administrativa realizada se ha determinado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Unidad Ejecutora Huancavelita - COOPOP, incurrio en la comision de supuestas faltas administrativas, al haber utilizado en provecho propio la cantidad de S/. 7,023.28 destinada a la compra de combustible para ll construccion de la carretera MORDAZA Alto; haber pagado S/. 3,500.OO para el traslado de maquinaria que finalmente no cumplio este cometido; haber adquirido material para la construccion del MORDAZA de Riego Muquec con sobrevaluacion de precios por un monto de S/. 9,984.00, asi como pago de agregados por valor de S/. 8,400.OO para la construccion del MORDAZA de Riego Mantacra que ya habian sido adquiridos por los propios comuneros; haber celebrado un convenio con el Programa de Apoyo al Repoblamiento PAR que no se ajustaba ala normatividad de COOPOP y por el cual se h,m construido los Centros Comunales de Servicios Multiples de Ccasir, Ccaranacc y Andamayra con graves irregularidades; haber cancelado irregularmente la cantidad de SI. 28,822.OO para la construccion de aulas en el Centro Educativo N" 36289, asi como haber efectuado

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