Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 1998 (15/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

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SE RESUELVE: Articulo lo.- Levantar la reserva de dominio a favor del 1Estado sobre la superficie de 90.57 ha., de terrenos eriazos le1 predio "Santa Rosa" del distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica, otorgadas a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alferrano, mediante Contrato de Otorganiento de Tierras Eriazas IV 05%93-ICA, de 24 de junio de 1993, al haber sido habilitadas e incorporadas a la actividad agraria. Articulo 2".- Disponer que la Direccion Regional Agra1a de Ica, gestione ante el Registro de la Propiedad Inmue>le de los Registros Publicos de Ica la inscripcion de la Jresente resolucion. Registrese y comuniquese.

Las siguientes observaciones y deficiencias deberan ser subsanadas por el responsable de la instalacion, dentro de los plazos que se indican : (Detalle de las observaciones y deficiencias y medias dispuestas para subsanarlas)

(Plazos otorgados)

Fecha . . .._..___.___....._....... Firma y antefirma del Capitan de Puerto . En caso no existan observaciones o deficiencias, el Capitan de Puerto lo debera indicar igualmente en la presente Acta. 11839

MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 11833

AGRICULTURA
Disponen levantar reserva de dominio a favor del Estado sobre terrenos eriazos ubicados en las provincias de Nasca y Sullana
RESOLUCION MINISTERIAL IV 0524-98-AG MORDAZA, 12 de octubre de 1998 VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de terrenos eriazos del predio "Santa Rosa" del distrito y provincia de Nasca, departamento de Ica. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral N"036-SO-ORDEICA/DR-AA, de 6 de febrero de 1980, la ex Region Agraria XIV - Ica adjudico a titulo gratuito 90.57 ha. de tierras eriazas a favor de donTeofanes MORDAZA MORDAZA Alferrano, ubicadas en el distrito y provincia de Nasca, departamento de ka, otorgandosele el Contrato de Otorgamiento de Tierras Eriazas N" 058-93-ICA de 24 de junio de 1993; QuemedianteOficioN"722-98-RLW-DSRA-1-PET'I'.CR/ ICA, de 14 de MORDAZA de 1998, el Director Regional Agrario de Ica remite el expediente a esta instancia para proceder al levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado sobre las referidas tierras; Que el Articulo 18" del Reglamento de la Ley N" 26505, aprobado por Decreto Supremo N" Oll-97-AG, prescribe que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con arreglo a la legislacion anterior a la mencionada ley para desarrollar proyectos de naturaleza agraria, que hayan cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contractual, solicitaran a la respectiva dependencia del Ministerio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado, que se dispondra mediante Resolucion Ministerial previa constatacion de la ejecucion de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que a fojas 279 corre el Informe Tecnico N" 040-98RLW-DSRA-1-PE'l'T.CWICA, de la Coordinacion del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural de Ica, del que aparece que en la visita inspectiva al predio se constato que se encuentra con cultivos de esparragos, arvejas, pallar, vainita, garbanzo, terrenos con cobertura arborea y terreno de uso no MORDAZA, que comprende areas de caminos, bordos, acequias, construcciones e instalaciones, que el predio cuenta con infraestructura de riego y que es conducido directamente por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alferrano concluyendo en que estando incorporada ala produccion el area total adjudicada, procede levantar la reserva de dominio; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Jurfdica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley N" 25902;

RESOLUCION MINISTERIAL N=' 0525.98-AG MORDAZA, 12 de octubre de 1998 VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre adjudicacion de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral N" 18018 del distrito y provincia de Sullana, departamento de MORDAZA, otorgado a favor de don MORDAZA MORDAZA Orejuela Orejuela. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral N" 0484-91-RGSF¿APE-DRA, de 25 de noviembre de 1991, la ex Unidad Agraria Departamental II - MORDAZA, entre otros extremos, adjudico a titulo oneroso a don MORDAZA MORDAZA Orejuela Orejuela la superficie de 5 ha. 1,100 m2 con Unidad Catastral N" 18018 de terrenos eriazos del distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; Que posteriormente mediante Resolucion Secretarial Regional IV' 061-92-REGION GRAIJ-SRAPE, de 19 de febrero de 1992, la Secretaria Regional de Asuntos Productivos Extractivos de la Region Grau aprolk la precitada resolucion y dispuso el otorgamiento del correspondiente contrato de colmpraventa con reserva de dominio a favor de don MORDAZA MORDAZA Orejuela Orejuela, suscribiendose el Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos N" 05592-RG-SRAPEDRA, de 16 de setiembre de 1992 corriente a fojas 36; Que mediante Oficio IV' 1539.98-AG-PET'I-DAL, de 21 , de MORDAZA de 1996, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial I'itulacion de Tierras y Catastro Rural remite el expediente a esta instancia para proceder al levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado sobre el referido pmdio; Que el Articulo 18" del Decreto Supremo N' Oll-97-AG, prescribe que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con arreglo a la legislacion anterior a dicha ley para desarrollar proyectos de naturaleza agraria que hayan :umplido con ejecutar las obras dentro del plazo contractu.al, solicitaran a la respectiva dependencia del Ministerio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a Favor del Estado, que se dispondra mediante Resolucion Ministerial previa constatacion de la ejecucion de las obras le acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que el contrato de compraventa otorgado al interesado estipula que la adjudicacion se hace con fines de explotacion pecuaria, objetivo que se encuentra cumplido a tenor del Informe Tecnico N" 064-91-RG-AG-UAD-II-PIURA-CDRCFI-UAGE, de 3 de MORDAZA de 1991, de fojas 17, que senala prtevia inspeccion ocular, que el predio esta conduciendo y explotado con fines pecuarios por don MORDAZA MORDAZA Orejuela Orejuela mediante la crianza de ganado vacuno de engorde y dle leche, ganado lanar y las respectivas instalaciones para desarrollar la explotacion; I n f o r m e T e c n i c o N" Que igualmente el 076.97.CTAR.RG.DRA.AACH.SENASA-J, de 15 dediciembre de 1997, de fojas 39, senala, como resultado de la inspeccion ocular al predio, que se constato la existencia de un cerco perimetrico de postes de MORDAZA y alambre de puas, porton de metal, 3 almacenes, 1 guardiania, 6 MORDAZA de engorde de ganado bovino con sus respectivos comederos y bebederos, 4 construidos de material noble, 40 toretes cebu

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