Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 1998 (15/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Vicepresidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Paita, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2".- Designar, a partir de la fecha, al Arq. SOONG ME1 EYLEEN TAY AYON, como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Paita, en representacion del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11913 RESOLUCION MINISTERIAL No 296~9%PROMUDEH MORDAZA, 14 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo N" 866. se transfirio al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, el Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiendose asimismo la transferencia al referido instituto, de las Beneficencias Publicas del MORDAZA y
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Social? los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; Que la Ley de Creacion del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo N" 26918, establece que los Directores de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social, continuan en sus funciones, mientras no MORDAZA expresamente removidos de sus cargos, resultando necesario dejar sin efecto la designacion del Vicepresidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao y designar al MORDAZA miembro del Directorio en representacion del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; De conformidad con el Decreto Legislativo N" 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo N" 893 - Ley N" 26918 y Decreto Supremo N" 002-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo l".- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion del Ing. MORDAZA MORDAZA SERTILLANGE MAILLOT, como Vicepresidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2".- Designar, a partir de la fecha, a don MORDAZA MORDAZA FANO MORDAZA como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao? en representacion del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11915

Declaran improcedente impugnach contra la R.M. N" 259-98-PROMUDEH
RESOLUCION MINISTERIAL W 298-9%PROMUDEH MORDAZA, 14 de octubre de 1998 Vistos el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Pinin Pintado, contra la Resolucion Ministerial N" 259-9%PROMUDEH, de fecha 15 de setiembre de 1998; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial N" 259-9&PROMUDEH, se autorizo ala Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, a iniciar las acciones judiciales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA Pinin Pintado, ex servidora contratada de la Unidad Ejecutora COOPOP Chiclayo de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular COOPOP, al haberse evidenciado indicios razonables de la existencia de responsabilidad civil en el ejercicio de sus funciones; Que contra la mencionada resolucion y dentro del termino de ley, la recurrente interpone recurso de reconsideracion, argumentando que las irregularidades encontradas fueron cometidas con anterioridad a su ingreso ala Unidad Ejecutora COOPOP - Chiclayo, que durante el ejercicio de sus funciones dio estricto cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, reconociendo por su parte la comision de algunas transgresiones a las Normas Generales del Sistema de Tesoreria, sin embargo considera que no son irregularidades que hayan causado perjuicio economico a la entidad ni un enriquecimiento ilicito por su parte; Que de la revision y analisis de los fundamentos expuestos en el recurso interpuesto, se evidencia que el acto que autoriza a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, a iniciar acciones judiciales contra la recurrente, constituye un acto preparatorio que se emite para hacer posible un acto posterior, y en consecuencia no

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