NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (28/09/1998)
CANTIDAD DE PAGINAS: 36
TEXTO PAGINA: 28
Pág. 164474 tl~(Inlj c’IM’A:L~l~rlM~ Lima, lunes 2X de seliemhtx dc 19% De la ASOCIACION : 1. Ejecutar las actividades previstas dentro del pro&~ama piloto, que incluyan los traba.jos de campo, monitoreo. registro primario de información, etc. 2. Aportar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades de campo contempladas en el prob~ama piloto. 3. Gestionar los recursos económicos necesarios para el desarrollo del programa piloto. De LA UNALM: 1. Proponer, con,juntamente con la ASOCIACION, el proyec-2 p;;a;! desarrollo del pro&Tama piloto, para su aprobación por 2. Ejecutar el programa piloto en todas sus etapas de desarrollo con la participación activa de la ASOClACI( IN. 3. Gestionar los recursos econ~imicos necesarios para el desarrollo del programa piloto. 4. Capacitar en forma permanente a los pescadores artesa- nales en temas de manejo y explotaciún de recursos hidrobioló- gicos hentónicos y otros relacionados con el recurso concha de abanico. 5. Presentar semestralmente al MIPE los informes de avan- ce de la ejecución del probvama piloto, incluyendo la propuesta para la ejecución del programa dc manejo y explotación del recurso concha de abanico en la había de Tortugas; así como el informe final 6. Proporcionar al MIPE, DirecciGn Nacional de Extracción, copias de las publicaciones que se pudiesen generar como rcsul- tado de la ejecución del proyecto piloto. CLAUSULA QUINTA: DE LA VIGENCIA El presente Convenio rige a partir de la fecha de su iuscrip- ción y tendrá una duración de dos (2) arios, renovables de acuerdo a los resultados del programa piloto y por acuerdo de las partes. CLAUSULA SEXTA: DE LA MODIFICACION Y RE- SOLUCION DEL CONVENIO El Convenio de acuerdo a su desarrollo podrá ser mod~fícado y/o renovado al tkrmino de su vigencia, previa evaluaclon de los resultados y por acuerdo de las partes. El Convenio podrá ser resuelto si alguna de lai partes incumplieran con una o varias de sus cláusulas; a solicitud de alguna de las partes, cursando cnmunicacion notarial previa con una anticipación de quince ( 15 I días: por caso fortuito o de fuerza mayor; o por mutuo acuerdo. CLAUSULA SEPTIMA: DISPOSICIONES FINALES I,os aspectos que no se hayan contemplado en las cliíusulas anterioresy que sean para una mejor ejecución del Convenio. así como cualauicr duda o controversia sobre su aplicación o eiecn- ción, serán determinados de comun acuerdo pk las partes. En fe de conformidad con los &-minas y condiciones que anteceden, las partes iirman cl presente Convemo en tres originales del mismo tenor lgualmentc válidos, en la ciudad de Lima a los 25 días de setiembre dt- mil novecientos nowntiocho.ción pesquera durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante la Resolución Ministerial N” 371-94-W de fecha 14 de setiembre de 1994 se otorgó, entre otras, a la empresa P.E.E.A. MAJESA S.R.L.. permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada “JEQUETEPEQUE 7” con Matrícula W SE-3514-PM. de 180 TM de capacidad de bodega para dedicarse a la extracción de recursos hidrohiolúgrcos de consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de 112 pulgada (13 mm.); Que mediante el escrito del visto la empresa PESQUERA ALEJANDRIA S.A., acredita la posesión de la embarcación pesquera denominada “JEQUETEPEQUE 7”, razón por la cual solicita el cambio de nombre del titular del permiso de pesca; Que de la evaluación efectuada a los documentos proporcio- nados por la recurrente se ha determinado que ha cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento N” 3, rorrcspon- diente a la Dirección Nacional de Extracción del Texto Unico de Procedimwntos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo y OO I -9%PE; Estando a lo informado por la Dirección de Administración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 43” inciso c), numeral 1) del Decreto Ley N” 25977 Ley General de Pesca, los Artículos 47” y 138” de su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N” 01.94.PE, y la Resoluci6n Ministerial N” 20O-9%I’E que actuahza el Decreto Supremo N” 008-97-W; y, En uso de las atribuciones conferidas por cl Decreto Supre- mo N” 010.YS-PF. JI SF RESUFI VF: 1 L ,A, Artículo l”.- Autorizar el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de bandera nacional que se indica a continuación en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado: W de R.M. Fecha Nueva Titular Nombre de la EmbarcaciónCapacidad de N” de Bodega (m3) Matricula 371.94.PE 14 9 94 PESQUERA ‘JEQUETEPEOUE 7’ 196 36 SE-3514.PM ALEJANDRIA S A Artículo 2“.- Dejar sin efecto la t&kridad del permiso de pesca que fue otorgado a la empresa P.E.E.A. MAJESA S.R.L., a través de la Resolución Ministerial N” 371-94.PE de fecha 14 de setiembre de 1994, para operar la embarcación pesquera denomi- nada “JEQUETEPEQUE 7” de Matrícula N” SE-3514-PM. Artículo 3”.- Incorporar a la empresa PESQUERA ALE- JANDRIA S.A.. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación “JEQUETEI’EQUE 7” al literal Al del Anexo 1 y al Anexo VII de la Resolución Ministerial N” 200.9% PE, que actualiza el Decreto Supremo N” 00%97-PE, retirando ala empresa P.E.E.A. MAJESA S.R.L. y al Resoluci6n Mini&- rial N” 371.94-PE consignadas cn dichos anexos. Artículo 4”.- Transcríbase la presente Resoluaon Directo- ral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesque- ría de Tumbes, Piura, Chiclayo. Trlljillo. Chimhote, Pisco. Are-II mquipa, uo y 1 acna. Regístrese. comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extracción 11078LUIS SHIMAKUKURO MIYASA’I’O Por el MIPE SAUL CORAQUILLO R0I)KlGUE.Z Por la ASOCIACION FRANCISCO I)ELGADO DE LA FLOR BANDARAWO Por LA 1 ;NAL.M 11075 PROMUDEH Autorizan cambio de nombre de titular ’ Aceptan renuncia de Gerente de Plani- de Permiso de Pesca Para operar em-barcación de bandera nacionalficación y Presupuesto del PRONAA RESOLUCION DIRECTORAL N” 29%98.PWDNE Lima, 25 de sctiemhre de 1998RESOLUCION SUPREMA W OSl-9%PROMUDEH Lima, 25 de setlemhre de 1998 CONSIDERANDO: Visto el escrito con Registro N” CE-206002 de fecha 1 de ~ setiembre de 1998, presentado por la empresa PESQLERAQue, mediante Resolución Suprema N” OX-Y&PROMU- ALEJANDRIA S.A.DEH, de fecha 24 de junio de 199X, se desi@ al Ing. Luis Eliseo Pérez Sandoval en el cargo de Gerente dc Planificación y Presu- CONSIDERANDO:puesto del Programa Nacional de Asistencia Aliment.aria PRONAA; Que el Artículo 47” del Reglamento de la Ley General de Que. asimismo, con Resoluctón Suprema W 047.W-PRO- Pesca, aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94.PE, vstahlece MUDEH, de fecha 31 de julio dc 1998, se nombra al citado que la transferencia de la propIedad o posesión de la embarca- funcionario corno Gerente General .4dministrativo de este Orga-