NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (28/09/1998)
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Pág. 164452 cl mm &wa 1 Lima, lunes 28 de setiembre de 1998 El monto de la garantía de seriedad de oferta será estable- cido en las Bases, de acuerdo a la importancia técnica, económi- ca u operativa del bien o servicio a adquirir o contratar. En ningún caso será menor al cinco por ciento (5%) ni mayor al diezpor ciento (10%) del monto establecido por la Ley de Presupues- to para cada proceso de selección. En las adjudicaciones directas que no requieren de publica- cion y en las de menor cuantía, bastara la presentación de una declaración jurada comprometiéndose a mantener la oferta po~ el plazo a que se refiere el primer párrafo del presente artículo,bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Esta-do por espacio de dos años en caso de incumplimiento. Artículo 40”.- Garantía de fiel cumplimiento La garantía de fiel cumplimiento del contrato será entrega- da a la Entidad por el postor ganador antes de la suscripción del contrato y como requisito indispensable para poder suscribirlo. La garantía será por un monto suficiente para cubrir las pena- lidades previstas en la proforma del contrato o las señaladas en el Artículo X2”, y deberá tener vigencia por el plazo de ejecución y hasta la liquidación del contrato. La Entidad contratanttt podrá eximir de la necesidad de garantía en las asesorías, en consultorías diferentes a las de obras, o en contratos de servicios profesionales, siempre que secumpla con alguna de las siguientes condiciones: a) Que el pago sea periodico contra servicios prestados o; b) Que el pago se realice contra prestaciones ejecutadas. Dicha exoneración se establecerá expresamente en las Bases. En los casos de adjudicaciones directas que no requieren de publicación y de las de menor cuantía bastará la presentación de una declaración jurada comprometiéndose a cumplir con elobjeto del contrato, bajo sancion de quedar inhabilitado para contratar con el Estado por espacio de dos años en caso deincumplimiento. En los contratos de arrendamiento de bienes, siempre que no implique la opción de compra, no es de aplicación lo dispuesto por el presente artículo. Artículo 41”.- Garantía de Seriedad de Cumplimiento El otorgamiento de la Buena Pro, en caso que la propuesta económica fuese inferior al valor referencia1 en mas del diez por ciento (10% ), estará condicionado a la presentación, previa a la suscripción del contrato, de una Garantía de Seriedad de Cum- plimiento adiciona1 y con idéntico objeto al de la Garantía de Fiel Cumplimiento por la diferencia entre el noventa por ciento (90% i del valor referencial y el monto de la respectiva propuesta económica, con sujeción a la siguiente escala: a) Si la propuesta economica fuese inferior en más del diez por ciento ( 10%) al valor referencial, la Garantía de Seriedad de Cumplimiento se extenderá por una suma equivaIente a dos (2) veces el monto de esa diferencia. b) Si la propuesta económica fuese inferior en más del treinta por ciento (30%) al valor referencial, la Garantía deSeriedad de Cumplimiento se extenderá por una suma equiva-lente a tres (3) veces el monto de esa diferencia. La Garantía de Seriedad de Cumplimiento se mantendrá vigente por el plazo de ejecución y hasta la liquidación del Contrato En los contratos de arrendamiento de bienes, siempre que no impliquen la opción de compra, y en los procesos de selección de adjudicacion directa que no requiere publicación y de menor cuantía, no será de aplicaciún 10 dispuesto por el presente artículo. Artículo 42”.- Ejecución de garantías La garantía de fiel cumplimiento será ejecutada para cubrir las penalidades establecidas en el Artículo 82” o en el contrato,cuando el incumplimiento del Contratista haya quedado deter- minado mediante decisión o resolución administrativa o laudoarbitral, consentidos y luego de descontar los adeudos quepudiera tener la Entidad con el Contratista. La garantía de seriedad de cumplimiento será ejecutada cuando la resolución contractual, por causa imputable al Con-tratista, haya quedado determinada mediante decisión o reso- lución administrativa o laudo arbitral, consentidos. La Entidad ejecutará las garantías si éstas no fuesen reno- vadas oportunamente por el Contratista. Capítulo III: De la Adjudickión Directa y la de Menor Cuantía Artículo 43”.- Aplicación de la Adjudicación Directa El procedimiento de adjudicación directa se aplica en los casos establecidos en la Ley de Presupuesto del Sector Público, y además: a) En los procesos de menor cuantía para la contratación de obras y consultoría de obras; b) En el arrendamiento de bienes; siempre que no implique opción de compra; y, c) En la contratación de expertos independientes para que asesoren a los Comités Especiales en licitaciones y concursos públicos o para que los integren.La máxima autoridad administrativa de la Entidad estable- cerá cuál será el órgano encargado de dichos procesos, el mismoque convocará en cada caso a un representante del área usuaria. Si el área usuaria declinase participar en dicho proceso, ésteserá enteramente llevado a cabo por funcionarios del órgano encargado. Artículo 44”.-Adjudicaciones Directas de Menor Cuantía El procedimiento de menor cuantía es aplicable en lo si- guientes casos: a) En las adquisiciones o contrataciones cuyo monto sea igual o inferior a la décima parte del límite máximo establecidoen la Ley Anual de Presupuesto para la adjudicación directa; siendo responsable el órgano que ejecuta la adquisición o contra-tación. b) Entre Entidades del Estado, cuando se trate de ejecución de obras, siendo el responsable el órgano que ejecuta la adqui-sición 0 contratación. c) En las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Artículo 19” de la Ley; siendo el responsable de las mismas lamáxima autoridad administrativa de la Entidad. d) En las adquisiciones de insumos directos realizadas por las empresas del Estado a que se refiere la Segunda Disposición Transitoria de la Ley, siendo el responsable de dichas adquisi-ciones el Directorio. e) En situaciones de emergencia declaradas conforme a Ley. En estos supuestos, para la adjudicación bastará la evalua- ción favorable de la propuesta o cotización del bien o servicio que satisfaga las especificaciones técnicas definidas con anteriori- dad en los términos de referencia o lineamientos, los mismos que constituyen las Bases del proceso. La ejecución de los contratos derivados de este proceso de selección se regulan por la Ley, el Reglamento y demás normascomplementarias. Artículo 45”.- Etapas del proceso de adjudicación di- recta Las etapas en un proceso de adjudicación directa o de menor cuantía para la contratación de obras y consultoría de obras, son las siguientes: a) Convocatoria b) Venta o Entrega de Bases, según corresponda c) Presentación de propuestas d) Evaluación de propuestas e) Adjudicación Entre la convocatoria y la fecha de presentación de las propuestas existirá un plazo no menor de cinco (5) días. Artículo 46”.- Contenido de la convocatoria de adju- dicaciones directas En la convocatoria de toda adjudicación directa se deberá indicar lo siguiente: a) La denominación de la Entidad que convoca;b) La descripción básica de los bienes, servicios u obras a ejecutarse; c) Las oficinas donde se pueden recabar las Bases, cuando corresponda; d) La fecha prevista para la presentación de las propuestas; e) La fecha prevista para el anuncio de los resultados; y, f) El valor referencial. Artículo 47”.- Publicación de convocatoria para ad- judicaciones directas Es obligatoria la publicación de la convocatoria para un proceso de adjudicación directa cuando el monto de la adquisi- ción o contratación sea mayor al cincuenta por ciento (50%) de lo establecido para dicho proceso en la Ley de Presupuesto del Sector Público. A fin de garantizar la publicidad de las adjudicaciones directas cuya convocatoria no requiere de publicación, de confor-midad con lo establecido en el párrafo precedente, éstas deberán ser notificadas por cualquier medio de transmisión de datos a laComisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa (PROM- PYME), la cual consolidará la información recibida y la remitirá a la Comisión de Pequeña y Microempresa del Congreso de la República. Artículo 48”.- De las Bases El órgano encargado elaborará los términos de referencia o los lineamientos conforme a los requerimientos del área usua- ria, o el expediente técnico en los casos de obras y consultoría de obras, los mismos que se constituirán en las Bases del proceso.Estos deberán ser autorizados según los niveles de aprobación que haya establecido para ello la más alta autoridad de laEntidad. Los postores interesados recabarán las Bases en el lugar establecido en la convocatoria, o éstas les serán entregadas conla invitación a participar en el proceso, según corres En las adjudicaciones directas que no requieren Cronda. e publica- ción y en las de menor cuantía para el caso de obras y consulto-