Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 1999 (12/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 12 de MORDAZA de 1999

· Desde la Plaza Mayor por el Jr. MORDAZA de Superunda hasta la Av. Tacna · Por el Jr. MORDAZA hasta Cinco Esquinas · Por el Jr. MORDAZA hasta MORDAZA Cristo · Por el Jr. de la Union hasta la Plaza San MORDAZA y Paseo de la Republica · Por el Jr. Carabaya hasta Paseo de la Republica · Del MORDAZA de Piedra: Por el Jr. MORDAZA, Chiclayo hasta el final de la Alameda de los Descalzos. · Por el Jr. MORDAZA y Av. MORDAZA MORDAZA hasta la MORDAZA de Presa y entorno · Del MORDAZA Balta: Por el Jr. Hualgayoc y Paseo de Aguas. 1. Objetivos de los Corredores Turisticos Monumentales - Recuperar Monumentos, calles y espacios publicos y urbanisticos de valor monumental, ambiental y paisajista del Centro Historico para su uso con fines turisticos y culturales preponderantemente. - Reordenar el sistema vial interior del centro, jerarquizando y especializando sus componentes con agentes de seguridad e informacion turistica ­ cultural. - Alentar la inversion en usos complementarios al turismo, haciendola atractiva al sector privado a traves de regimenes especiales. - Promover la realizacion de actividades y la construccion de establecimientos turisticos y recreativos en el area (servicios turisticos, hoteles, hostales, penas folcloricas, galerias feriales artesanales, centro gastronomicos, centros de espectaculos, entre otros). - Recuperar la apariencia original de las fachadas, de sus calles, eliminando todo elemento que este fuera de contexto. - Poner en valor las edificaciones existentes en el Centro Historico destinadas a las actividades de Culto. - Poner en valor las edificaciones destinadas a ser de uso civico, cultural e institucional en el Centro Historico. - Promover los usos compatibles referidos a turismo, cultura, recreacion, actividades institucionales de culto y funciones de especializacion. - Difundir nuestros valores patrimoniales a traves de un equipamiento basico de informacion turistica, monumental que de seguridad y servicio a los visitantes y usuarios de estos Corredores. 2. Tratamiento de Intervenciones en los Corredores Turisticos - Monumentales Por tratarse de areas de valor Historico Monumental el tratamiento es de conservacion de la volumetria existente, liberacion de elementos distorsionantes, recuperacion de frentes y secciones viales primigenias, recuperacion de MORDAZA tradicionales y retiro de agregados. Rediseno de fachadas para recuperar dimensiones originales de vanos, de puertas y ventanas. Implementar mobiliario adecuado y propicio para un uso turistico recreacional y cultural. Cuando se trate de Monumentos Historicos deberan ser intervenidos de acuerdo a la reglamentacion especifica. LOS USOS Y ACTIVIDADES URBANAS A DARSE EN LOS CIRCUITOS TURISTICOS MONUMENTALES DE DETALLAN EN EL ANEXO Nº 002-PCL. ORDENANZA REGLAMENTARIA DEL PLAN DEL CERCADO, DEL CENTRO HISTORICO DE MORDAZA Y SU MORDAZA DE INFLUENCIA AL 2010 (PLAN MAESTRO CENTRO DE LIMA) ANEXO Nº 003-PCL: LINEAMIENTOS BASICOS ORIENTADORES PARA LAS ZONAS DE TRATAMIENTO DEL CENTRO HISTORICO DE MORDAZA 1. MORDAZA El presente estudio contiene las normas que permitan intervenir el Centro Historico de MORDAZA, considerado como un Area de Tratamiento integral; los monumentos, espacios urbanos y la MORDAZA de valor monumental con MORDAZA de conservacion y funciones heterogeneas son reguladas con instrucciones de manejo, de administracion y gestion.

Se tiene como objetivo la Conservacion y Revalorizacion de la totalidad del Centro Historico, interviniendo tanto el espacio construido no solamente en sus edificaciones y espacios monumentales, sino extendiendo las funciones de control a la nueva edificacion, a los usos y funcionamiento de establecimientos, asi como al tratamiento de espacios y edificios que sin tener valor monumental son conformantes y definen el caracter del Centro Historico. Complementa y desarrolla la Ordenanza Nº 062-94 que en su Articulo 1º, inciso (h) puntualiza la necesidad de intervenirlos con tratamientos diferentes y proyectos urbanos complementarios. 2. AMBITO DE APLICACION El area MORDAZA correspondiente al Centro Historico delimitada por R.S. Nº 2900-72-DE y la Ordenanza Nº 06294 (segun plano correspondiente), que involucra areas del distrito del Cercado y del MORDAZA, y perifericamente pequenas areas de San MORDAZA de Lurigancho, El MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Brena, ubica en su interior el area declarada Patrimonio Cultural de la Humanidad por la UNESCO en 1971, y que para todos los efectos de estas normas se mantiene vigente. Es el area objeto de intervencion la que ha quedado delimitada por el "Centro Historico de Lima", identificada por su evolucion historica MORDAZA de mas de cinco siglos por el grado de homogeneidad MORDAZA y arquitectonica de sus edificaciones, por el valor monumental que mantiene, por sus patrones de asentamiento, caracteristicas de uso y por indicadores de MORDAZA social, economico y de medio ambiente, asi como de su potencial de desarrollo y atraccion para inversiones de MORDAZA turistico, cultural, institucional, comercial y de vivienda. Al delimitar esta Area para efectos de su Conservacion, Mantenimiento y Revalorizacion se define los tipos de uso de suelo compatibles con el valor monumental del area a que puedan destinarse las edificaciones, espacios publicos y privados, con la finalidad de proporcionar el control y manejo de tales usos tanto para la nueva edificacion como para el otorgamiento de licencias de funcionamiento, aprobando o suprimiendo aquellas que no son concordantes o compatibles con el medio en que se ubican. Esta area sera intervenida con tratamientos diferenciados, sus espacios y componentes seran objeto de control de obras e intervenciones que se consoliden finalmente como planes globales y proyectos especificos que en suma conduzcan a la recuperacion integral del Centro Historico. 3. ZONAS DE TRATAMIENTO Dentro de esta area se identifican 22 Zonas de Tratamiento que quedan definidas en el Plano Nº 002-MMLIMP y que acompanados del Anexo Nº 002-PCL de Indices de Usos y Actividades Urbanas normara cada una de ellas. Las Zonas de Tratamiento han quedado definidas por el MORDAZA de actividades predominantes que se vienen dando o se trata de consolidar, por considerar que la actividad alli desarrollada, debidamente reglamentada, incentivada y llevada a cabo por la inversion publica o privada debe generar un efecto difusor y de aliento a la Recuperacion del Centro Historico. Son las siguientes: ZT1.ZT2.ZT3.ZT4.ZT5.ZT6.ZT7.ZT8.ZT9.ZT10.ZT11.ZT12.ZT13.ZT14.ZT15.ZT16.ZT17.ZT18.Zona de Gobierno; MORDAZA Financiera; MORDAZA Cultural; Comercio Central; MORDAZA Hotelera; MORDAZA Civico, Cultural, Judicial; MORDAZA Comercial y Turistica; Cocharcas; Cinco Esquinas; Plazuela Cercado; MORDAZA Perdida; MORDAZA Clara; Monserrate; Washington; Entorno de Av. Grau-Colmena; MORDAZA Paisajista; MORDAZA Monumental; Eje MORDAZA, MORDAZA y Prolongacion Tacna;

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