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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (15/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 67

Pág. 172233 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de abril de 1999 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Designan Jefa de la Unidad de Ejecu- ción Coactiva de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 100-99/MDR-AL-EJ Rímac, 8 de marzo de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26979, de Procedimiento de Ejecución Coactiva,dispone que las entidades de la Administración Públi- ca, procederán en un plazo de sesenta días, a convocar a Concur- so Público de Méritos para la designación del Ejecutor y Auxilia- res Coactivos; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 018-99-MDR, de fecha 28 de enero de 1999, se declaró la nulidad de la Resolución de Alcaldía Nº 3130-98-MDR, de fecha 17 de diciembre de 1998, que designaba al Ejecutor y Auxiliares Coactivos de la Munici- palidad Distrital del Rímac; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-99-MDR se nombró la Comisión de Evaluación del Concurso Público de Méritos para designar al Ejecutor y Auxiliares Coactivos de la municipalidad; Que, mediante Carta Nº 034-99-MDR/DA, la comisión antes mencionada, comunicó a la Alcaldía el resultado del concurso referido, dando como ganadora de la plaza de Ejecutora a la Dra. Magnolia Marlene Padilla Rosas, y de Auxiliares Coactivos a Juan Alberti Luna Luna y Ana Marina de la Guarda Ramírez; Que, dichos resultados fueron publicados en el Diario Oficial El Peruano el día 8 de marzo de 1999; Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 26979; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha a la Dra. MAGNOLIA MARLENE PADILLA ROSAS como JEFA DE LA UNIDAD DE EJECUCION COACTIVA de la Municipa- lidad del Rímac, Nivel F-1, dependiente de la Dirección Munici- pal, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha a los señores JUAN ALBERTI LUNA LUNA y ANA MARINA DE LA GUARDA RAMIREZ como AUXILIARES COACTIVOS de la Municipalidad del Rímac, nivel STA, dependientes de la Direc- ción Municipal. Artículo Tercero.- Los citados funcionarios tendrán dere- cho a percibir las remuneraciones que correspondan con arreglo a la normatividad de la materia. Artículo Cuarto.- El egreso que origine la presente reso- lución se afectará a la partida específica del presupuesto municipal.Artículo Quinto.- La Dirección Municipal y la Dirección de Administración se encargarán de velar por el fiel cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 4906 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 14-99-MSI Por Oficio Nº 291-99-SG/MSI, la Municipalidad de San Isidro solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 14-99-MSI, publicado en nuestra edición del día 13 de abril de 1999, en la página 172102. DICE: "Artículo 1º.- DECLARAR en Situación de Urgencia hasta un plazo de ciento veinte (120) días calendario los Servicios Municipales de Ornato, Limpieza Pública, Técnico Especializa- do, Servicios Administrativos, Vigilancia Municipal, Relleno Sanitario y Recursos Humanos." DEBE DECIR: "Artículo 1º.- DECLARAR en Situación de Urgencia hasta un plazo de ciento veinte (120) días calendario los Servicios Municipales de Ornato, Limpieza Pública, Parques y Jardines, Técnico Especializado, Servicios Administrativos, Vigilancia Municipal, Relleno Sanitario y Recursos Humanos." 4939 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban exoneración de Concurso Público para la contratación del Servi- cio de Mantenimiento, Decoración de Parques y Jardines y Poda RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 627-99-CDSB-A San Borja, 13 de abril de 1999PAGO POR DERECHO DE TRAMITE ADMINISTRATIVO DE RECEPCION DE OBRAS DE HABILITACION URBANA Y REGULARIZACION DE HABILITA- CION URBANA EJECUTADA VIVIENDA - HASTA 150 LOTES DE MAXIMO 180 M2 S/. 15% UIT VIV.- MAYOR DE 150 Y MENOR DE 500 LOTES DE MAXIMO 180 M2 S/. 20% UIT VIVIENDA MAYOR DE 500 LOTES MAYORES DE 180 M2 S/. 30% UIT VIV. Y/O VIV. TALLER - HASTA 150 LOTES MAYORES DE 180 M2 S/. 15% UIT VIV. Y/O VIV. TALLER MAYORES DE 150 LOTES MAY. DE 180 M2 S/. 20% UIT VIV. TALLER Y/O COMERCIAL - HASTA 20 LOTES MAY. DE 450 M2 S/. 15% UIT INDUSTRIAL Y/O COMERCIAL LOTE UNICO S/. 20% UIT PAGO POR DERECHO DE TRAMITE ADMINISTRATIVO DE RECEPCION DE APROBACION DE HABILITACION URBANA NUEVA PAGO POR INSPECCION OCULAR PARA TRAMITE DE HABILITACIONES URBANAS HABILITACIONES URBANAS NUEVAS S/. 30% UIT REGULARIZACION DE HABILITACION URBANA (Según Cuadro) RECEPCION DE OBRAS (Según Cuadro) VIVIENDA - HASTA 150 LOTES DE MAXIMO 180 M2 S/. 5% UIT VIV.- MAYOR DE 150 Y MENOR DE 500 LOTES DE MAXIMO 180 M2 S/. 10% UIT VIVIENDA MAYOR DE 500 LOTES MAYORES DE 180 M2 S/. 15% UIT VIV. Y/O VIV. TALLER - HASTA 150 LOTES MAYORES DE 180 M2 S/. 8% UIT VIV. Y/O VIV. TALLERES - MAYORES DE 150 LOTES MAY. DE 180 M2 S/. 10% UIT VIV. TALLER Y/O COMERCIAL - HASTA 20 LOTES MAY. DE 450 M2 S/. 10% UIT INDUSTRIAL Y/O COMERCIAL LOTE UNICO S/. 5% UIT 4639