TEXTO PAGINA: 46
Pág. 176560 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de agosto de 1999 ♦ Del Segundo Semestre; desde el 1 de julio al último día hábil del mes de diciembre, debiendo ejecutarse la evaluación en la Primera quincena del mes de enero del siguiente año. 7.- DISPOSICIONES DE CARACTER ESPECI- FICO 7.1 El proceso de evaluación tendrá una puntuación total sobre cien (100) puntos y comprenderá las siguientes etapas: a) Evaluación Curricular, equivalente a una máximo de 27 puntos. b) Evaluación Sicotécnica y de Entrevista Personal, equivalente a un máximo de 8 puntos. c) Evaluación de Conocimientos, equivalente a un máximo de 50 puntos. d) Evaluación del Rendimiento Laboral, equivalente a una máximo de 15 puntos. La referida puntuación será aplicada teniendo en cuenta los grupos ocupacionales correspondientes. 7.2 La Evaluación Curricular, tiene por objeto calificar los niveles de formación educativa, la capacita- ción debidamente acreditada a través de los documentos que obren en el legajo personal, la experiencia adquirida en los años de servicios así como los méritos y deméritos ocurridos en la carrera administrativa. a) Nivel Educativo ; está dirigido a evaluar las etapas del sistema educativo conforme a los niveles correspon- dientes y se acredita mediante los certificados, títulos, grado o nivel alcanzado. Su ponderación máxima es de doce (12) puntos. DIRECTIVO AUXILIAR Y NIVEL EDUCATIVO PROFESIONAL TECNICO OBREROS TITULO PROFESIONAL 12 - - - - UNIVESITARIO GRADO BACHILLER 10 - - - - UNIVERSITARIO TITULO INST.SUP.TECNOLOG. 08 - - - - ESTUDIOS CONCLUIDOS (UNIVERSITARIO, SUPERIOR, - - 12 - - TECNOLOGICO) ESTUDIOS UNIVERSITARIOS - - 10 12 SUPERIORES NO CONCLUIDOS SECUNDARIA COMPLETA - - 08 11 SECUNDARIA INCOMPLETA - - - - 10 PRIMARIA COMPLETA - - - - 09 PRIMARIA INCOMPLETA - - - - 08 b) Capacitación ; está dirigido a calificar los conoci- mientos, aptitudes, prácticas y habilidades relacionadas con el quehacer de la Administración Pública y que se acreditan con certificados y constancias cuya antigüedad no sea mayor de seis (6) meses a la fecha en que se toma la evaluación. En eventos de capacitación en los cuales no se acredite el número de horas lectivas realizadas, se considera como máximo el computo de horas los días sábado de dos (2) horas lectivas diarias. Se excluye para el cómputo de horas los días sábado y domingo. Cuando se especifique que la capacitación es a tiem- po completo, se calificará cuatro (4) horas lectivas diarias como máximo, sin incluir los días sábado y domingo. Su ponderación alcanza un máximo de ocho (8) puntos según como se indica: DIRECTIVOS Y GRUPO Un (1) punto por cada veinte (20) horas lectivas PROFESIONAL TECNICO Un (1) punto por cada quince (15) horas lectivas AUXILIAR/OBRERO Un (1) punto por cada diez (10) horas lectivasc) Tiempo de servicios; Califica los servicios presta- dos a la Administración pública, en su calidad de emplea- do y obrero. Su ponderación máxima es de tres (3) puntos, sobre la base de la siguiente escala: Más de 12 años de servicios :03 puntos Más de 08 a 12 años de servicios :02 puntos Más de 04 a 08 años de servicios :01 punto d) Méritos y Deméritos ; están referidos a la conduc- ta del trabajador dentro de las normas establecidas y al desempeño cabal de las funciones consideradas en el semestre correspondiente. Los Acuerdos de Concejo, las Resoluciones, Memorán- dum o Carta de Felicitación emitida por el titular de la Entidad o Jefe inmediato (con rango Directivo) a favor del servidor, tendrá la siguiente puntuación Dos (2) dos puntos por Acuerdo de Concejo y un (1) punto por Resolu- ción de Alcaldía y 0.5 de punto por otros documentos, hasta un máximo de cuatro (4) puntos. Estos puntajes son acumulables. Los deméritos están constituidos por las sanciones impuestas al servidor municipal en el ejercicio de sus funciones. Tienen la propiedad de restar en forma acumu- lativa la puntuación lograda en los anteriores factores: ♦ Apertura de proceso administrativo con medida disciplinaria: menos 5 puntos. ♦ Amonestación escrita de su Jefe inmediato superior: menos 4 puntos. ♦ Más de cinco inasistencia no consecutivas en el Semestre : menos 3 puntos. ♦ Más de 15 de tardanzas en el semestre: menos 2 puntos. 7.3 La Evaluación de Conocimientos, busca evaluar los conocimientos teóricos- prácticos necesa- rios para desempeñar eficientemente las funciones que desempeñan en los diferentes grupos ocupacionales, Comprende factores relacionados con las normas, siste- mas administrativos y documentos de gestión - tecnolo- gía (informática) que rigen la vida institucional, así como el grado de cultura general de los servidores municipales. Consistirá en preguntas sobre aspectos genéricos re- lacionados con la Constitución Política del Perú, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público - Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por D. S. Nº 005-90 PCM, Ley de Simplificación Administrativa y su Reglamento, Ley Or- gánica de Municipalidades, Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobados por D.S. Nº 02-94, dispositivos relacionados con el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) Ley de Tributa- ción Municipal - D.L. Nº 776 Ley Marco de Gestión Presupuestaria y Ley de Presupuesto del año en ejercicio de Presupuesto y sus Directivas para los Gobiernos Loca- les, Reglamento de Organización y Funciones de la Muni- cipalidad de Villa El Salvador y otros documentos de gestión Municipal. El examen de conocimientos para el personal obrero se relacionará mayormente con las funciones específicas de las áreas operativas en que labora. El puntaje máximo de esta prueba será de 50 puntos. 7.4 Evaluación Sicotécnica y Entrevista Perso- nal, está dirigida a contar con la información referida a las aptitudes, actitudes, equilibrio emocional del servidor municipal. El puntaje máximo para esta prueba es de ocho (08) puntos. 7.5 Evaluación del Rendimiento laboral, estará referida a los factores de calidad de trabajo, iniciativa y creatividad, trabajo en equipo, responsabilidad - orden – cumplimiento, mejora y desarrollo personal. Cada uno de estos factores tienen un máximo de tres (3) puntos califi- cado según la escala que se detalla: