Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 1999 (24/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 24 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 22º.- Acciones de Saneamiento Legal. Los organos o responsables designados por la Gerencia de Titulacion ejecutaran, directamente o a traves de terceros, las acciones de saneamiento legal establecidas en el informe que se sujetara a las particularidades seguidamente descritas: a) Urbanizaciones Populares que no cuentan con organizaciones representativas con personeria juridica: Si la Urbanizacion Popular no contara con una organizacion representativa con personeria juridica o se encontrase en tramite de inscripcion en el Registro de Personas Juridicas, se brindara asesoramiento para el inicio y la culminacion del tramite. b) Organizaciones representativas de Urbanizaciones Populares en litigio: Si el Informe determina la existencia de litigios entre la Urbanizacion Popular y terceros respecto a su propiedad, que resulten relevantes, debera suspenderse el procedimiento de formalizacion hasta la culminacion de los procesos judiciales respectivos. c) Urbanizaciones Populares con habilitacion MORDAZA aprobada: Si la Urbanizacion Popular cuenta con resolucion consentida de autoridad municipal competente que apruebe los estudios preliminares o definitivos de su proyecto de habilitacion MORDAZA de fecha anterior al 21 de noviembre de 1,997, fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 26878, se aplicara lo establecido por el Articulo 9º inciso b) y por el Articulo 16º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC y el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 013-99-MTC. d) Urbanizaciones Populares sin habilitacion MORDAZA aprobada: Si la Urbanizacion Popular no contara con habilitacion MORDAZA aprobada por la municipalidad competente, se brindara apoyo tecnico y legal para el inicio y tramitacion del procedimiento ante la misma, ya sea para la aprobacion de habilitacion MORDAZA nueva o para la regularizacion de habilitacion MORDAZA ejecutada, incluyendo el levantamiento de los planos correspondientes, con el fin de posibilitar la inscripcion de sus habilitaciones urbanas en el Registro Predial MORDAZA y culminar la formalizacion de la propiedad individual de sus socios o asociados, segun corresponda. TITULO IV DEL MORDAZA 2: FORMALIZACION INDIVIDUAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 23º.- MORDAZA 2: Formalizacion Individual. El MORDAZA de Formalizacion Individual de la Propiedad en Urbanizaciones Populares constituye la etapa en la cual COFOPRI realiza las siguientes acciones: a) Difusion de la Formalizacion Individual; b) Recepcion de la documentacion entregada por las respectivas organizaciones representativas y consolidacion de dicha informacion con los datos de la habilitacion urbana; c) Recopilacion de documentacion y verificacion de informacion lote por lote; d) Revision de la informacion y documentacion recibida; e) Asesoramiento y apoyo para facilitar la inscripcion en el Registro Predial MORDAZA de los derechos de propiedad de los Titulares. CAPITULO II DIFUSION DE LA FORMALIZACION INDIVIDUAL Articulo 24º.- Difusion de la Formalizacion Individual. La difusion de la formalizacion individual consiste en coordinar con los representantes de las organizaciones representativas de las Urbanizaciones Populares para informar a sus socios o asociados, segun corresponda, de las siguientes actividades: a) De la verificacion de datos y recopilacion de informacion complementaria; b) De la revision de la documentacion presentada por los Titulares de cada lote para permitir su inscripcion en el Registro Predial MORDAZA o para determinar los posibles problemas que impidan el registro de los contratos; c) De la publicacion de la relacion de Titulares sin impedimento para obtener la inscripcion de su derecho de propiedad; d) De los documentos de formalizacion y de los Instrumentos de Inscripcion o Rectificacion de Titulos de Propiedad; e) De la toma de firmas en forma masiva;

f) De la entrega de los Titulos de Propiedad inscritos en el Registro Predial Urbano. Articulo 25º.- Responsabilidad de la Difusion de la Formalizacion Individual. La difusion de las actividades a que se refiere el articulo anterior es de responsabilidad de la Gerencia de MORDAZA en coordinacion con la Gerencia de Titulacion a traves de la Jefatura de Formalizacion de Habilitaciones Urbanas; o, segun sea el caso, sera responsabilidad de las Gerencias Zonales o de las Jefaturas de las Oficinas de Jurisdiccion Ampliada. CAPITULO III RECEPCION Y RECOPILACION DE INFORMACION Y DOCUMENTACION Articulo 26º.- Recepcion de la documentacion entregada por las organizaciones representativas de las Urbanizaciones Populares. COFOPRI recabara la documentacion entregada por las organizaciones representativas de las Urbanizaciones Populares, con el objeto de: a) Identificar a los Titulares de cada lote; b) Evaluar la correspondencia de la informacion consignada en los documentos de adjudicacion o contratos de transferencia o en los padrones de pobladores, con los Planos de Trazado y Lotizacion aprobados e inscritos en el MORDAZA de Formalizacion Integral; c) Identificar los lotes que seran objeto de formalizacion por encontrarse comprendidos dentro de la habilitacion MORDAZA aprobada y no encontrarse registrados; d) Identificar las posibles deficiencias de los documentos de adjudicacion o contratos de transferencia, a fin de complementar la informacion contenida en los mismos a traves de la verificacion de datos; e) Consolidar la informacion contenida en los padrones y en la documentacion complementaria necesaria para la elaboracion de los documentos de formalizacion. Articulo 27º.- Recopilacion de informacion y documentacion individual. Adicionalmente a la informacion y documentacion proporcionada por las organizaciones representativas de las Urbanizaciones Populares, las brigadas de verificacion de COFOPRI efectuaran, lote por lote, el levantamiento de informacion y documentacion, incluyendo copias legibles de los documentos de identidad de los Titulares de los lotes y copias u originales de cualquier documento relacionado con la propiedad de cada Titular. La recopilacion es responsabilidad de la Gerencia de MORDAZA previa coordinacion con la Gerencia de Titulacion, a fin de determinar los recursos involucrados. La Jefatura de Formalizacion de Habilitaciones Urbanas, las Gerencias Zonales y las Jefaturas de las Oficinas de Jurisdiccion Ampliada, se encargaran de designar uno o mas abogados responsables de brindar asesoria legal a los Titulares al momento de la verificacion de datos. Mediante Resolucion de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones se establecen las caracteristicas y el contenido de las fichas de verificacion requeridas. Articulo 28º.- Declaracion Jurada de Estado Civil. En caso que los Titulares no puedan acreditar mediante documento publico su estado civil, bastara la MORDAZA de una Declaracion Jurada. La Declaracion Jurada se otorgara de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 25035 ­ Ley de Simplificacion Administrativa. Mediante Resolucion de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones se establecen las caracteristicas y el contenido de los formatos de Declaracion Jurada requeridos. Articulo 29º.- Declaracion Jurada de Veracidad En todos los casos en que se presente documentacion para subsanar deficiencias o complementar informacion contenida en los documentos de adjudicacion o transferencia, el socio o asociado debera presentar una Declaracion Jurada de Veracidad, de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 25035 ­ Ley de Simplificacion Administrativa. Mediante Resolucion de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones se establecen las caracteristicas y el contenido del Formato de Declaracion Jurada. CAPITULO IV DE LA REVISION DE LA DOCUMENTACION E INSCRIPCION DEL DERECHO DE PROPIEDAD INDIVIDUAL Articulo 30º.- Revision de la documentacion. La Jefatura de Formalizacion de Habilitaciones Urbanas revisara si los documentos de adjudicacion o transferencia entregados por la organizacion representativa y por cada Titular, cumple con los requisitos necesarios para obtener la

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