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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (24/08/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 177163 NORMAS LEGALES Lima, martes 24 de agosto de 1999 Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 10875 RELACIONES EXTERIORES Oficializan el seminario "Un Derecho Mercantil Uniforme para el Siglo XXI", a realizarse en las ciudades de Lima y Cusco RESOLUCION SUPREMA Nº 371-99-RE Lima, 20 de agosto de 1999 Teniendo en cuenta la comunicación del Instituto Iberoame- ricano de Derecho Internacional Económico (INIDIE), de 24 de mayo de 1999, mediante la cual solicita la oficialización del II Seminario Internacional "Un Derecho Mercantil Uniforme para el Siglo XXI", organizado por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) y el Instituto Iberoamericano de Derecho Internacional Económico (INIDIE), evento a realizarse en las ciudades de Lima, el 20 de agosto y el Cusco del 23 al 25 de agosto de 1999; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2038, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 12 de agosto de 1999; De conformidad con el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 25 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el II Seminario Internacional "Un Derecho Mercantil Uniforme para el Siglo XXI", organizado por la Comi- sión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Interna- cional (CNUDMI) y el Instituto Iberoamericano de Derecho Internacional Económico (INIDIE), evento a realizarse en las ciudades de Lima, el 20 de agosto y el Cusco del 23 al 25 de agosto de 1999. 2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 10914 Delegan facultades a embajador para suscribir Addendum al Convenio para la lucha contra las moscas de la fruta en zonas fronterizas, suscrito con el Gobierno de Chile RESOLUCION SUPREMA Nº 372-99-RE Lima, 23 de agosto de 1999 Visto el Memorándum (SSA-SUR-CHI) Nº 919, de 11 de agosto de 1999, de la Dirección de América del Sur del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiendo suscribirse el "Addendum al Convenio entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de Chile para la Lucha contra las Moscas de la Fruta en las Zonas Fronterizas de ambos países" ;De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Delegar en la persona del señor Jorge Colunge Villacorta, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Chile, las facultades suficientes para suscribir en representación del Gobierno del Perú, el "Addendum al Convenio entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de Chile para la Lucha contra las Moscas de la Fruta en las Zonas Fronterizas de ambos países" . 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Jorge Colunge Villacorta, Embajador Extraordinario y Plenipo- tenciario del Perú en Chile. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 10915 M T C Aprueban Reglamento de Formaliza- ción de la Propiedad Informal en Urba- nizaciones Populares DECRETO SUPREMO Nº 031-99-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26557 y Decreto Legislativo Nº 803 - Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complemen- tado por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI, como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un Programa de Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, en adelante Ley COFOPRI; Que, el literal a) del Artículo 3º de la Ley COFOPRI establece la ejecución del Programa de Formalización de la Propiedad en Urbanizaciones Populares, comprendiendo las acciones de regu- larización de la habilitación urbana y promoción del acceso al Registro de la Propiedad Predial; Que, el literal a.5) del Artículo 3º de la Ley COFOPRI, dispone que COFOPRI debe establecer sus procedimientos, las características de los títulos y otros instrumentos que otorgue, y sus reglamentos mediante Decreto Supremo, Directivas o Reso- luciones de Gerencia General; Que, la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urba- nas, norma el procedimiento simplificado para la aprobación de las habilitaciones urbanas nuevas y la regularización de aque- llas habilitaciones ejecutadas que no hayan culminado con los trámites municipales respectivos y cuenten con viviendas ya construidas sobre terrenos de propiedad de asociaciones de vivienda y pro vivienda, cooperativas de vivienda u otra forma asociativa con fines de vivienda; Que, los literales a.1, a.2, a.3.4. y d) del Artículo 3º de la Ley COFOPRI, establecen la competencia de COFOPRI para forma- lizar la propiedad informal en Urbanizaciones Populares; Que, resulta conveniente aprobar un reglamento que regule los Procedimientos Administrativos de Formalización de la Propiedad en Urbanizaciones Populares; Que, el reglamento deberá recoger los mecanismos simplifi- cados y desregulados empleados por COFOPRI, que incremen- ten el valor de los predios como consecuencia de su regulariza- ción, permitan a los beneficiarios acceder al crédito para mejorar sus viviendas, y, además, sistematice y unifique en un sólo cuerpo legal las directivas emitidas por COFOPRI relacionadas con la Formalización de la Propiedad en Urbanizaciones Popu- lares, con el fin de reducir los costos de acceso de los usuarios a la información legal sobre la referida materia; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 8) de la Constitución Política; DECRETA: Artículo 1º- Apruébase el Reglamento de Formalización de la Propiedad Informal en Urbanizaciones Populares a cargo de