Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 1999 (24/08/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 24 de agosto de 1999

Vistos, la Hoja de Recomendacion Nº 040-99-CG/NTE del 16 de agosto de 1999, respecto a la procedencia de otorgar autorizacion al Subproyecto Control de la Contaminacion Ambiental de Origen Minero Metalurgico en el MORDAZA del Mantaro, del Ministerio de Energia y Minas, para la ampliacion del alcance del servicio de auditoria externa de la firma auditora MORDAZA y MORDAZA Contadores Publicos Sociedad Civil, a fin de que examine los estados financieros y otros aspectos operativos del ejercicio economico enero-marzo 1999, contando con las visaciones de la Gerencia de Supervision y Desarrollo, Normas Tecnicas y Secretaria Tecnico Juridica y de Etica. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Contraloria Nº 014-99-CG de fecha 16 de febrero de 1999, resultado del Concurso Publico de Meritos Nº 01-99-CG; se designo a la Sociedad de Auditoria MORDAZA y MORDAZA Contadores Publicos de Sociedad Civil, para examinar los estados financieros y otros aspectos operativos del periodo 1998 del Subproyecto Control de la Contaminacion Ambiental de Origen Minero Metalurgico en el MORDAZA del Mantaro, del Ministerio de Energia y Minas - Prestamos BID ATN/NMCP 4885-PE; Que, el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, administrador de los fondos donados por los gobiernos del Reino de Noruega y Canada, y el Gobierno del Peru, suscribieron los Convenios de Cooperacion Tecnica no Reembolsable Nº ATN/ NM-CP-4885-PE; cuyo financiamiento asciende a US$ 1.425.00 millones de Dolares Americanos, con la finalidad de ofrecer a las autoridades del Gobierno del Peru, opciones de inversion para reducir la contaminacion ambiental en el MORDAZA del Mantaro a consecuencia de las actividades minero metalurgicas, habiendose extendido la ejecucion del mismo hasta el 31 de marzo de 1999; Que, dentro de los requisitos de auditoria del citado Organismo se contempla que las Cooperaciones Tecnicas no reembolsables de menos de US$ 1.5 millones, pueden presentar la evaluacion de sus estados financieros al final del periodo de ejecucion del proyecto, al haberse simplificado los requisitos de auditoria externa, con el fin de facilitar el cumplimiento de esta obligacion; Que, mediante carta del 8 de junio de 1999, el citado organismo financiador, ha requerido al Subproyecto la MORDAZA de estados finales auditados para el 17 de setiembre proximo, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la seccion 3.03(b) del Convenio; Que, existe el requerimiento del Subproyecto Control de Contaminacion Ambiental de Origen Minero Metalurgico en el MORDAZA del Mantaro del Ministerio de Energia y Minas, de ampliar el alcance del servicio de auditoria, para el examen a los estados financieros y otros aspectos operativos del periodo enero-marzo 1999; Que, mediante acta de entendimiento suscrita el 12 de MORDAZA de 1999, se determinan los objetivos del examen y monto de honorarios profesionales a sufragarse, esta en proporcion con lo desembolsado para el periodo 1998; debiendose contemplar en la addenda a suscribirse la composicion del equipo auditor, fechas de entrega y cantidad de los informes a emitirse, asi como la MORDAZA de las cartas fianza que respaldan el adelanto de honorarios y fiel cumplimiento contractual, aspectos que garantizan la calidad del trabajo a realizarse; Que, en merito a lo expuesto, resulta pertinente otorgar la autorizacion solicitada, teniendo en cuenta que la firma auditora ha recibido toda la informacion actualizada de las operaciones al evaluar el periodo 1998 del Subproyecto Control de la Contaminacion Ambiental de Origen Minero Metalurgico en el MORDAZA del Mantaro del Ministerio de Energia y Minas y cumplido con las estipulaciones del contrato, aspectos que favorecen la ejecucion del trabajo a efectuarse; Que, la entidad conformara una comision especial que se encargara de cautelar el cumplimiento del contrato, la que mantendra informada a la Contraloria General de la Republica de las incidencias en su ejecucion, ademas alcanzara la evaluacion de su cumplimiento, segun lo previsto en el Articulo 44º del Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria; Que, es necesario encargar a las Unidades de Normas Tecnicas y Planificacion y Supervision del Sistema Nacional de Control de la Gerencia de Supervision y Desarrollo, las coordinaciones y procedimientos supletorios que deben aplicarse para formalizar lo autorizado en la presente Resolucion, asi como la supervision del examen a efectuarse, respectivamente; Estando a las conclusiones y recomendaciones del documento de vistos y de conformidad con el Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 162-93-CG del 19 de noviembre de 1993 y los Articulos 19º y 24º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Subproyecto Control de la Contaminacion Ambiental de Origen Minero Metalurgico en el MORDAZA del Mantaro del Ministerio de Energia y Minas, la ampliacion del alcance del servicio de auditoria externa de la firma auditora MORDAZA y MORDAZA Contadores Publicos Sociedad Civil, para examinar los estados financieros y otros aspectos opera-

tivos del ejercicio economico enero-marzo 1999, debiendo suscribirse la addenda al contrato correspondiente, incluyendo los aspectos senalados en el MORDAZA considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- La entidad autorizada en el articulo anterior, debera conformar la comision especial a que se refiere el octavo considerando de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a las Unidades de Normas Tecnicas y Planificacion y Supervision del Sistema Nacional de Control de la Gerencia de Supervision y Desarrollo, las coordinaciones y procedimientos supletorios que deben aplicarse para formalizar lo autorizado en la presente resolucion, asi como la supervision del examen a efectuarse en la citada entidad, respectivamente. Articulo Cuarto.- La firma auditora designada durante el desempeno de su labor se sujetara a las normas consignadas en el Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria y a las demas disposiciones referidas al Sistema Nacional de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 10893

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aceptan renuncia de Gerente de Administracion y Finanzas
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 42-99/DP MORDAZA, 20 de agosto de 1999 Vistos, la carta de fecha 19 de agosto de 1999, mediante la cual MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cuzcano formula renuncia al cargo de Gerente de Administracion y Finanzas de la Defensoria del Pueblo que ha venido desempenando; asi como los memorandos Nº 363-99-GG-DP del Gerente General y Nº 53399/GP del Gerente de Personal; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 161º de la Constitucion Politica del Peru se aprobo la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520 y, mediante la Resolucion Defensorial Nº 32-99/DP su vigente Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, la Ley Nº 26602 dispone que el personal de la Defensoria del Pueblo esta comprendido en el regimen laboral de la actividad privada; Que, con Resolucion Defensorial Nº 6-98/DP de 30 de enero de 1998, se designo Gerente de Administracion y Finanzas de la Defensoria del Pueblo a la senora Magister en Administracion Publica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cuzcano; Que, mediante carta de fecha 19 de agosto de 1999, la citada funcionaria ha presentado renuncia al cargo a partir del 27 de agosto de 1999, acordandose exonerarla del plazo de preaviso establecido por ley, de conformidad con el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 003-97-TR Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral; En concordancia con el D.L. Nº 25515; en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, de conformidad con los Articulos 6º y 7º incisos a), k) y l) del Reglamento aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 32-99/DP y estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ACEPTAR, la renuncia de la senora Magister en Administracion Publica MORDAZA MORDAZA MORDAZA CUZCANO al cargo de Gerente de Administracion y Finanzas de la Defensoria del Pueblo a partir del 27 de agosto de 1999, dandole las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Personal proceda a efectuar el calculo y pago de los beneficios sociales que correspondan a la funcionaria referida en el articulo anterior, dentro del plazo de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SANTISTEVAN DE MORDAZA Defensor del Pueblo 10894

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