Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1999 (30/12/1999)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 1999

- Av. Larco Nº 261, provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, - Av. Grau Nº 154, provincia y departamento de Piura. Articulo Segundo.- Dejese sin efecto las Resoluciones de autorizacion emitidas por esta Superintendencia en su oportunidad. Registrese y comuniquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 16233

Articulo 1º- Autorizar a la empresa Plan de Ahorro . Previo EAFC S.A. la administracion del programa denominado "277", bajo el Sistema de Certificado de Compra con Proveedor Predeterminado, cuyas caracteristicas son las siguientes: CARACTERISTICAS DEL PROGRAMA
Denominacion Objeto 277 Adjudicar a cada asociado un certificado de compra en dolares americanos, destinado obligatoriamente a la compra electrodomesticos nuevos indicados en las disposiciones generales del contrato. De US$ 1 000 hasta US$ 1 500 48 24 meses Hasta el 5,9% (incluye IGV) del valor del Certificado de Compra, siendo facultad de la Administradora dividir el pago hasta en dos (2) armadas. A la entrega del bien adjudicado, el asociado debera haber cancelado la totalidad de la cuota de inscripcion. Equivalente al valor del Certificado de Compra dividido entre el numero de meses de duracion del grupo.

CONASEV
Otorgan autorizacion a empresa para administrar programa bajo el sistema de certificado de compra con proveedor determinado
RESOLUCION GERENCIAL Nº 017-99-EF/94.55 MORDAZA, 27 de diciembre de 1999 VISTOS: El expediente Nº 1999/00619 presentado por la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. y el Memorandum N° 057-99-EF/94.55.2, de fecha 21 de diciembre de 1999, presentado por la Subgerencia de Fondos; con la opinion favorable del Responsable Legal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 2° del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, corresponde a esta Comision Nacional reglamentar y controlar las actividades de las empresas administradoras de fondos colectivos; Que, mediante Resolucion CONASEV N° 206-86-EF/ 94.10 se autorizo a la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. a funcionar como empresa administradora de fondos colectivos; Que, con fecha 23 de noviembre de 1999, la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. solicito a CONASEV la autorizacion del programa denominado "277", el cual tiene previsto operar bajo el Sistema de Certificado de Compra con Proveedor Predeterminado; Que, luego de evaluada la documentacion presentada por la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. en cumplimiento de lo dispuesto en los Articulos 13º y 15º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, y al haberse verificado el cumplimiento de lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, corresponde proceder a la autorizacion del programa denominado "277"; Que, a fin de flexibilizar la operatividad de los programas por parte de las empresas administradoras de fondos colectivos, CONASEV permite establecer como valor de certificado de compra un rango; sin embargo a efectos de un adecuado control por parte de las empresas administradoras y de CONASEV, resulta necesario limitar a un determinado numero de valores, los certificados de compra a ofrecer por grupo; y, Estando a lo dispuesto en el Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolucion CONASEV N° 730-97-EF/94.10; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-98-EF; y a las facultades otorgadas a la Gerencia de Intermediarios y Fondos, mediante Acuerdo N° 118-99 del Directorio de esta Institucion, reunido en sesion de fecha 6 de MORDAZA de 1999;

Valor del Certificado Numero de Asociados Duracion del Grupo Cuota de Inscripcion

Cuota Capital

Cuota de Administracion Hasta el 12% del valor del Certificado de Compra prorrateado entre el numero de meses de duracion del grupo. Cuota de Seguro de MORDAZA Hasta el 2% del valor del Certificado de Compra prorrateado entre el numero de meses de duracion del grupo. Cuota Total Equivalente a la suma de la cuota capital, mas la cuota de administracion y cuota de seguro de vida. Dos (2): Una (1) por sorteo y una (1) por remate. El importe de las adjudicaciones no podra exceder al total de lo mensualmente recaudado. - Remate maximo: Hasta el 100% de la deuda. - Remate minimo: Una (1) cuota total.

Numero y modalidad de Adjudicaciones

Utilizacion de los Remates Las cuotas capital provenientes de las propuestas ganadoras en los remates pasaran a incrementar el Fondo Colectivo, permitiendo adjudicaciones extras cada vez que acumule una suma que permita la adjudicacion de un Certificado de Compra del valor MORDAZA incluido en el grupo.

Articulo 2º- Aprobar el modelo de contrato de admi. nistracion de fondos colectivos a ser utilizado por la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. en el programa denominado "277". Articulo 3º.- Previamente a la formacion de cada grupo, la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. informara a CONASEV los montos de los certificados de compra a ser utilizados, no debiendo exceder en ningun caso, de un MORDAZA de cinco (5) valores dentro del rango del valor del certificado de compra aprobado. Articulo 4º.- Inscribir la presente resolucion en el Registro de Empresas Administradoras de Fondos Colectivos de esta Comision Nacional. Articulo 5º.-La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 6º.-Transcribir la presente resolucion a Plan de Ahorro Previo EAFC S.A. y a la Asociacion de Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (ADEAFCO). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Intermediarios y Fondos Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 16179

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