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Pág. 182144 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de diciembre de 1999 1. Si el Almacén Aduanero se encuentra incurso en causal de suspensión del inciso a) del Artículo 105° del D.Leg. Nº 809, se notifica al interesado otorgándole un plazo de tres (3) días para que presente sus descargos. De no presentarlos o de ser insuficientes se procede a aplicar la sanción mediante Resolución. Tratándose de causal de cancelación, ésta es aplicada mediante Resolución. 2. En caso que el personal de la Intendencia Nacional de Fiscalización Aduanera detecta en visitas de audito- ría, la comisión de las infracciones sancionadas con suspensión procede a notificar a la Agencia de Aduana otorgándole un plazo de tres días hábiles a fin que presente sus descargos. De no presentar las pruebas de descargo o si fueren insuficientes se remite el Informe y los documentos pertinentes a Intendencia Nacional de Técnica Aduanera para la aplicación de la sanción. 3. La impugnación de las sanciones impuestas a los Almacenes Aduaneros es resuelta conforme a lo señala- do en el Procedimiento de Recursos Administrativos de los Agentes Económicos OATJ-PG.02 de la Oficina de Asesoría Técnico Jurídica de la Sede. 4. Sin perjuicio de lo dispuesto en los numerales precedentes, en los casos que existan indicios que presu- man la comisión de ilícitos tipificados en la Ley Nº 26461 “Ley de Delitos Aduaneros”, se elabora un informe técni- co legal por el área que lo establezca el cual será elevado al Procurador Público de Aduanas el que formula la respectiva denuncia penal ante la autoridad competen- te. X. REGISTROS 1. El módulo “Operadores” del SIGAD, proporciona información que prueba el cumplimiento del presente procedimiento específico. Las intendencias de Aduana deben registrar en el SIGAD: - Las Sanciones que hayan quedado firmes de los Operadores de Comercio - Los Errores cometidos de buena fe de los Operadores de Comercio 2. La División de Control de Operadores y Liberacio- nes lleva: a) Relación de Informes de Operadores b) Infracciones y Sanciones de Operadores c) Relación de Operadores Autorizados - Directorio de Despachadores de Aduana Agencias de Aduana Instituciones Benéficas Dueños o Consignatarios Despachadores Oficiales - Directorio de Almacenes Aduaneros Depósitos Aduaneros Terminales de Almacenamiento - Directorio de Concesionarios Postales - Directorio de Agentes de Carga d) Registro de Carnés emitidos e) Registro de Control de Fianzas f) Registro de Firmas de Operadores XI. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS (No Aplica) ANEXOS 1. Acta de Visita de Verificación - Almacenes Aduane- ros 2. Acta de Visita de Verificación - Agencias de Aduana 3. Declaración Jurada de Infraestructura de Agencia de Aduana 4. Declaración Jurada Agente de Aduana Persona Natural 5. Declaración Jurada de cada director o gerente de Agencia de Aduana Persona Jurídica 6. Declaración Jurada de Plan Anual de Importaciones de dueños, consignatarios o consignantes. 7. Declaración Jurada del Movimeinto Operacional para cálculo de la garantía (Agentes de Aduana) 8. Declaración Jurada por la que la empresa presenta a su personal a fin de obtener carné de Aduanas, asumien- do la responsabilidad por los actos en que participen 9. Declaración Jurada de no haber sido condenado por delitos dolosos presentada por el personal a que se refiere el Anexo anterior 10. Declaración Jurada que remiten las Agencias de Aduana producto de la autorrevisión 11. Declaración Jurada del Concesionario Postal para la obtención del Registro y asignación de Código 12. Cuadro resumen del ingreso y salida de mercancías y mercancías en abandono legal de (Almacenes Aduane- ros) 13. Relación de las mercancías caídas en abandono legal (Almacenes Aduaneros) 14. Solicitud par el Registro de las Agencias de Carga Internacional AGENTE DE ADUANA - PERSONA NATURAL TRAMITE DOCUMENTARIO DIVISION DE CONTROL DE OPERADORES Y LIBERACIONES USUARIO SOLICITUD CARTA FIANZA FORMATO 1 COMPROBANTE- SUNAT FORMATO 2 COPIA TITULO AGENTEREVISION DOCUMENTARIA SUBSANACONFORME NOSIASIGNACION CODIGO ACREDITACION REPRESENTANTE EN REG. FIRMAS VISITA DE VERIFICACIONACTA DE VERIFICACION CONFORME NOERROR SUBSANABLE DATOS FALSOS RETIRO CODIGO RESOLUCION MULTASIINFORME Y RESOLUCION AUTORITATIVANO ABANDONO INFORME Y RESOLUCION AUTORITATIVA