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Pág. 182139 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de diciembre de 1999 A.2.2 DE LOS DUEÑOS, CONSIGNATARIOS O CONSIGNANTES 1. Los dueños, consignatarios o consignantes de mer- cancías que son objeto de regímenes, operaciones y desti- nos aduaneros especiales o de excepción, presentan ante la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera la siguiente documentación: a) Copia simple de la Libreta Electoral o D.N.I. para el caso de personas naturales. Tratándose de personas jurí- dicas, se deberá presentar copia del Testimonio de Escri- tura Pública de Constitución de la empresa inscrita en los Registros Públicos, en la que conste como uno de sus fines la realización de regímenes, operaciones o destinos adua- neros especiales o de excepción. b) Copia fotostática autenticada por el fedatario de SUNAT de su inscripción en el Registro Unico de Contri- buyentes (RUC). c) Copia de Licencia Municipal de Funcionamiento. d) Declaración Jurada de la persona natural o de cada uno de los Directores cuando se trate de personas jurídi- cas, y del representante legal ante ADUANAS, donde conste su domicilio legal, así como no haber sido conde- nado por delitos dolosos y no haber sido declarado insol- vente según Anexo 4 ó 5 según sea el caso. e) Copia simple del Acta correspondiente por el que la empresa nombra el representante legal ante ADUANAS encargado de suscribir la documentación aduanera. f) Declaración Jurada de su plan anual de importacio- nes y/o exportaciones que tenga previsto realizar en el período del ejercicio fiscal en curso, según Anexo 6. g)Carta Fianza a favor de ADUANAS en la forma, monto y plazo establecidos en el numeral 3 subsiguiente. 2. Los representantes legales ante ADUANAS de los dueños, consignatarios o consignantes de las mercancías deben estar acreditados para lo cual registrarán su firma ante la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera o ante la Intendencia de Aduana de la jurisdicción en donde efectúan sus trámites. En este último caso deberá remitirse a la Intendencia Nacional de Técnica Aduane- ra. DE LA GARANTIA (DUEÑOS O CONSIGNATA- RIOS) 3. Los dueños o consignatarios deben otorgar una Carta Fianza a favor de la Superintendencia Nacional de Aduanas expresada en dólares americanos de los Esta- dos Unidos de Norteamérica con vigencia de un año, cuyo monto será igual al 45% del promedio obtenido de la suma del valor FOB de todas las importaciones proyec- tadas en el ejercicio fiscal, detallado en el Plan Anual de Importaciones, entre el número de embarques a efec- tuar. Los exportadores no estarán obligados a constituir garantía a favor de ADUANAS. A.2.3 DE LOS DESPACHADORES OFICIALES 1. Para la autorización como Despachador Oficial, se debe presentar ante la División de Trámite Documenta- rio la siguiente documentación: a) Resolución o documento oficial emitido por el Organismo Público correspondiente mediante el cual se designe al Despachador Oficial que lo representará ante ADUANAS para la suscripción de la documentación aduanera. b) Declaración Jurada del Despachador Oficial donde conste su domicilio legal, su condición de ciudadano en ejercicio, así como no haber sido condenado por delitos dolosos según Anexo 4 . c) Copia fotostática autenticada por el Fedatario de SUNAT de la inscripción del Organismo Público en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC). 2. El Despachador Oficial asignado deberá registrar su firma ante la Intendencia Nacional de Técnica Adua- nera o ante la Intendencia de Aduana de la jurisdicción en donde efectúan sus trámites para estar autorizados. En este último caso la firma debe ser remitida a la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, asignándo- sele mediante Oficio el código correspondiente. Si el Organismo Público solicitante ya cuenta con código,ADUANAS comunica mediante oficio la aceptación del Despachador Oficial asignado. A.2.4 DE LAS INSTITUCIONES BENEFICAS, EDUCACIONALES, DE SALUD O APOYO SOCIAL 1. Para la inscripción como institución benéfica re- ceptora de donaciones provenientes del exterior se pre- sentará ante la División de Trámite Documentario lo siguiente: a) Constancia de Inscripción en el Registro de Dona- ciones de la Secretaría Técnica de Cooperación Interna- cional del Ministerio de la Presidencia b) RUC como entidad receptora de donaciones emiti- do por SUNAT c) Testimonio de la Escritura Pública de Constitución donde figuran sus fines y objetivos, debidamente inscrita en Registros Públicos con una antigüedad no mayor de tres meses. d) Nómina de Consejo Directivo vigente con nombres completos y documentos de identidad. e) Declaración Jurada del representante legal según Anexo 4 donde conste su domicilio legal así como no haber sido condenado por delito doloso. f) Documento de identificación de los representantes. g) Licencia Municipal de Funcionamiento La Iglesia católica y sus jurisdicciones, Arzobispados, Obispados, Prelaturas, Vicariatos Apostólicos y Confe- rencia Episcopal están exceptuados de la inscripción en el Registro de Donaciones. A.3 DE LOS CONCESIONARIOS POSTALES DEL REGISTRO ASIGNACION DE CODIGO 1. Los Concesionarios Postales presentan ante la División de Trámite Documentario de la Sede Central, los siguientes documentos: a) Solicitud con carácter de declaración jurada según Anexo 11 donde señale: - Domicilio - Número de Licencia Municipal de Funcionamiento del local o locales donde vaya a operar - Datos de inscripción de la empresa en los Registros Públicos y nombre del representante legal en el caso de personas jurídicas b) Copia simple del Contrato de Concesión del Servicio Postal Internacional suscrito con el Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción c) Copia de la Escritura Pública de Constitución de la empresa en el caso de personas jurídicas d) Carta Fianza a favor de ADUANAS, con vigencia anual a fin de garantizar el cumplimiento de sus obliga- ciones por un monto de US$ 20,000.00 (veinte mil dólares americanos) CAMBIO DE REPRESENTANTE 2. Los Concesionarios Postales deben comunicar a la INTA el cambio de representante dentro de los cinco (5) días de producido el hecho, adjuntando: a) Copia de la Libreta Electoral o DNI b) Copia del poder otorgado por el Concesionario Postal para actuar como representante legal o apodera- do c) Declaración Jurada según Anexo 4 A.4 DE LAS AGENCIAS DE CARGA INTERNA- CIONAL DEL REGISTRO ASIGNACION DE CODIGO 1. Las Agencias de Carga Internacional presentan ante la División de Trámite Documentario de la Sede Central, los siguientes documentos: a) Solicitud según Anexo 18 suscrita por el Gerente y/o Director.