Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1999 (30/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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A.2.2 DE LOS DUENOS, CONSIGNATARIOS O CONSIGNANTES 1. Los duenos, consignatarios o consignantes de mercancias que son objeto de regimenes, operaciones y destinos aduaneros especiales o de excepcion, presentan ante la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera la siguiente documentacion: a) MORDAZA simple de la Libreta Electoral o D.N.I. para el caso de personas naturales. Tratandose de personas juridicas, se debera presentar MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica de Constitucion de la empresa inscrita en los Registros Publicos, en la que conste como uno de sus fines la realizacion de regimenes, operaciones o destinos aduaneros especiales o de excepcion. b) MORDAZA fotostatica autenticada por el fedatario de SUNAT de su inscripcion en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC). c) MORDAZA de Licencia Municipal de Funcionamiento. d) Declaracion Jurada de la persona natural o de cada uno de los Directores cuando se trate de personas juridicas, y del representante legal ante ADUANAS, donde conste su domicilio legal, asi como no haber sido condenado por delitos dolosos y no haber sido declarado insolvente segun Anexo 4 o 5 segun sea el caso. e) MORDAZA simple del Acta correspondiente por el que la empresa nombra el representante legal ante ADUANAS encargado de suscribir la documentacion aduanera. f) Declaracion Jurada de su plan anual de importaciones y/o exportaciones que tenga previsto realizar en el periodo del ejercicio fiscal en curso, segun Anexo 6. g)Carta Fianza a favor de ADUANAS en la forma, monto y plazo establecidos en el numeral 3 subsiguiente. 2. Los representantes legales ante ADUANAS de los duenos, consignatarios o consignantes de las mercancias deben estar acreditados para lo cual registraran su firma ante la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera o ante la Intendencia de Aduana de la jurisdiccion en donde efectuan sus tramites. En este ultimo caso debera remitirse a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera. DE LA GARANTIA (DUENOS O CONSIGNATARIOS) 3. Los duenos o consignatarios deben otorgar una Carta Fianza a favor de la Superintendencia Nacional de Aduanas expresada en dolares americanos de los Estados Unidos de Norteamerica con vigencia de un ano, cuyo monto sera igual al 45% del promedio obtenido de la suma del valor FOB de todas las importaciones proyectadas en el ejercicio fiscal, detallado en el Plan Anual de Importaciones, entre el numero de embarques a efectuar. Los exportadores no estaran obligados a constituir garantia a favor de ADUANAS. A.2.3 DE LOS DESPACHADORES OFICIALES 1. Para la autorizacion como Despachador Oficial, se debe presentar ante la Division de Tramite Documentario la siguiente documentacion: a) Resolucion o documento oficial emitido por el Organismo Publico correspondiente mediante el cual se designe al Despachador Oficial que lo representara ante ADUANAS para la suscripcion de la documentacion aduanera. b) Declaracion Jurada del Despachador Oficial donde conste su domicilio legal, su condicion de ciudadano en ejercicio, asi como no haber sido condenado por delitos dolosos segun Anexo 4. c) MORDAZA fotostatica autenticada por el Fedatario de SUNAT de la inscripcion del Organismo Publico en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC). 2. El Despachador Oficial asignado debera registrar su firma ante la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera o ante la Intendencia de Aduana de la jurisdiccion en donde efectuan sus tramites para estar autorizados. En este ultimo caso la firma debe ser remitida a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, asignandosele mediante Oficio el codigo correspondiente. Si el Organismo Publico solicitante ya cuenta con codigo,

ADUANAS comunica mediante oficio la aceptacion del Despachador Oficial asignado. A.2.4 DE LAS INSTITUCIONES BENEFICAS, EDUCACIONALES, DE SALUD O APOYO SOCIAL 1. Para la inscripcion como institucion benefica receptora de donaciones provenientes del exterior se presentara ante la Division de Tramite Documentario lo siguiente: a) MORDAZA de Inscripcion en el Registro de Donaciones de la Secretaria Tecnica de Cooperacion Internacional del Ministerio de la Presidencia b) RUC como entidad receptora de donaciones emitido por SUNAT c) Testimonio de la Escritura Publica de Constitucion donde figuran sus fines y objetivos, debidamente inscrita en Registros Publicos con una antiguedad no mayor de tres meses. d) Nomina de Consejo Directivo vigente con nombres completos y documentos de identidad. e) Declaracion Jurada del representante legal segun Anexo 4 donde conste su domicilio legal asi como no haber sido condenado por delito doloso. f) Documento de identificacion de los representantes. g) Licencia Municipal de Funcionamiento La Iglesia catolica y sus jurisdicciones, Arzobispados, Obispados, Prelaturas, Vicariatos Apostolicos y Conferencia Episcopal estan exceptuados de la inscripcion en el Registro de Donaciones. A.3 DE LOS CONCESIONARIOS POSTALES DEL REGISTRO ASIGNACION DE CODIGO 1. Los Concesionarios Postales presentan ante la Division de Tramite Documentario de la Sede Central, los siguientes documentos: a) Solicitud con caracter de declaracion jurada segun Anexo 11 donde senale: - Domicilio - Numero de Licencia Municipal de Funcionamiento del local o locales donde vaya a operar - Datos de inscripcion de la empresa en los Registros Publicos y nombre del representante legal en el caso de personas juridicas b) MORDAZA simple del Contrato de Concesion del Servicio Postal Internacional suscrito con el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion c) MORDAZA de la Escritura Publica de Constitucion de la empresa en el caso de personas juridicas d) Carta Fianza a favor de ADUANAS, con vigencia anual a fin de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones por un monto de US$ 20,000.00 (veinte mil dolares americanos) CAMBIO DE REPRESENTANTE 2. Los Concesionarios Postales deben comunicar a la INTA el cambio de representante dentro de los cinco (5) dias de producido el hecho, adjuntando: a) MORDAZA de la Libreta Electoral o DNI b) MORDAZA del poder otorgado por el Concesionario Postal para actuar como representante legal o apoderado c) Declaracion Jurada segun Anexo 4 A.4 DE LAS AGENCIAS DE CARGA INTERNACIONAL DEL REGISTRO ASIGNACION DE CODIGO 1. Las Agencias de Carga Internacional presentan ante la Division de Tramite Documentario de la Sede Central, los siguientes documentos: a) Solicitud segun Anexo 18 suscrita por el Gerente y/o Director.

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