Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1999 (30/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de diciembre de 1999

c) MORDAZA autenticada del ultimo recibo de pago del Impuesto al Patrimonio Predial tratandose de bienes inmuebles. d) MORDAZA autenticada de la MORDAZA de inscripcion tratandose de bienes inscritos en Registros Especiales. En los demas casos de bienes muebles con valor comercial no inscribibles se presentara MORDAZA autenticada del instrumento en que consta el titulo de propiedad Si el bien mueble o inmueble se encuentra valorizado en nuevos soles el MORDAZA de cambio aplicable sera el vigente al primer dia habil del mes en que se acredita el patrimonio sin perjuicio de aplicar los ajustes pertinentes que acredita el interesado. Para las Agencias de Aduana Persona Juridica El patrimonio podra estar representado por la cifra del capital social para cuyo caso deberan presentar el testimonio de la Escritura Publica de Constitucion o de Modificacion segun el caso con el MORDAZA de su inscripcion en los Registros Publicos. Si la cifra del capital se encuentra expresada en nuevos soles se aplicaran las siguientes reglas: a) Agencias constituidas en el ano fiscal anterior el MORDAZA de cambio aplicable sera el vigente al 31 de diciembre de ese ejercicio b) Agencias constituidas en el ejercicio fiscal vigente el MORDAZA de cambio a la fecha del contrato social c) En caso de aumentos de capital durante el presente ejercicio el MORDAZA de cambio sera el vigente a la fecha de celebracion del acuerdo de aumento. Si la cifra del capital social no es suficiente para cumplir con la obligacion de acreditar el monto de patrimonio exigible los interesados presentaran MORDAZA autenticada de la Declaracion Jurada del Impuesto a la Renta personas juridicas presentada ante la SUNAT en la que se aprecie el patrimonio cubriendo el monto exigido. DE LA INFRAESTRUCTURA DE LAS AGENCIAS DE ADUANA 14. Los requisitos de infraestructura exigibles a las agencias de aduana, persona natural o juridica, para obtener la autorizacion de operacion en las diferentes Intendencias de Aduana del MORDAZA, son los siguientes: a) Oficina con area no menor a 50 m2. b)Contar con equipos de seguridad y contra incendios adecuados para garantizar el resguardo de la documentacion. c) Contar con sistema telefonico y telefax. d)Contar con equipos de computo necesarios para interconectarse con ADUANAS. 15. Las agencias de aduana destinaran al interior de su oficina o en locales externos, un area para el uso exclusivo del archivo, con las seguridades necesarias para la custodia de la documentacion. En el MORDAZA caso la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera emitira un Oficio de Aceptacion. DE LA AMPLIACION DE JURISDICCION 16. Los Despachadores de Aduana que deseen operar en las diferentes Intendencias de Aduana de la Republica, deberan solicitarlo a traves de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, adjuntando el Anexo 3, constituyendo en la nueva jurisdiccion aduanera un domicilio legal, con un local que debera contar con los requisitos senalados en los numerales 14 y 15 del rubro anterior. 17. En el caso que la agencia de aduana opte por designar un representante para sus distintas jurisdicciones; presentara MORDAZA legalizada del Acta de Acuerdo de Directorio (Sociedades Anonimas) por la que se le designa representante en la nueva jurisdiccion. 18. Cumplida la MORDAZA de los documentos MORDAZA mencionados por la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera en un plazo MORDAZA de 10 dias contados desde la MORDAZA de la solicitud, autorizara la ampliacion de jurisdiccion, haciendolo de conocimiento via SIGAD a la Intendencia de Aduana que corresponda.

19. Para los casos en que la ampliacion de jurisdiccion sea solicitada por un dueno o consignatario, sera de aplicacion lo dispuesto en el siguiente numeral. ACREDITACION DE REPRESENTANTE LEGAL 20. Las Agencias de Aduana persona natural o juridica, a efectos de acreditar a su representante legal deben presentar a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera los siguientes documentos: a) Declaracion Jurada manifestando su residencia en el MORDAZA, su condicion de ciudadano en ejercicio y carencia de antecedentes penales por delitos dolosos, segun Anexo 4. b) MORDAZA autenticada por el Director de la Escuela Nacional de Aduanas del Titulo de Agente de Aduana expedido por dicha escuela. c) MORDAZA del Acta de Directorio o de la Junta General de Accionistas en la que conste el nombramiento del representante legal y su designacion como miembro del Directorio en el caso de Sociedad Anonima, o de socio tratandose de Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada debera presentarse MORDAZA simple del Testimonio de Escritura Publica en la que conste la calidad de socio del representante legal. En ambos casos, debera estar inscrito en los Registros Publicos. d) MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica donde conste el mandato debidamente perfeccionado para el caso de la agencia de aduana persona natural debidamente inscrito en Registros Publicos. 21. Se requerira ademas que se apersonen a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera o a la Intendencia de Aduana de la jurisdiccion en donde ejerceran sus actividades, para registrar su firma. En este ultimo caso, la firma debera remitirse a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera. 22. Para que dichas agencias de aduana acrediten a sus auxiliares que intervengan en tramites y gestiones ante ADUANAS deberan presentar ante la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera una declaracion jurada de cada auxiliar manifestando su residencia en el MORDAZA, su condicion de ciudadano en ejercicio y carencia de antecedentes penales por delitos dolosos, segun Anexo 4. CAMBIO DE REPRESENTANTE LEGAL 23. Los Despachadores de Aduana que soliciten ante la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera el cambio de acreditacion del representante legal, deben adjuntar a su solicitud los siguientes documentos: a) Los que se consignan en el numeral 20 del rubro A.2.1 del presente procedimiento correspondiente al MORDAZA representante legal. b) Carne de identidad expedido por ADUANAS del representante legal revocado. CAMBIO DE DOMICILIO LEGAL, DE ACCIONISTAS O SOCIOS, DE PERSONERIA JURIDICA O RAZON SOCIAL 24. Las agencias de aduana deberan comunicar a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera el cambio de domicilio legal, o el cambio de accionistas o el cambio de razon social dentro de los cinco (5) dias habiles de producido este, adjuntando el Anexo 3 o 5 segun corresponda. 25. Comprobado el cumplimiento de los requisitos se dispone la realizacion de una visita de verificacion la que sera efectuada por personal de la Division de Control de Operadores y Liberaciones, sin perjuicio de delegar tal actividad a las Intendencias de Aduana de la Republica mediante comunicacion oficial. 26. Para el cambio de personeria juridica o razon social la agencia de aduana debera presentar Testimonio de Escritura Publica debidamente inscrita en Registros Publicos, MORDAZA del Comprobante de Informacion Registrada emitida por SUNAT y Garantia en la que se consigne la nueva razon social. De ser conforme se expedira la respectiva Resolucion de Autorizacion.

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