Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 1999 (06/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES
VISTO:

MORDAZA, miercoles 6 de enero de 1999

El desnivel con relacion a la calzada terminada sera de 0.15m., y el acabado sera con mezcla cemento-arena fina, en proporcion 1:2 de un centimetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construira un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogenea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confinando sus bordes se construiran sardineles de concreto de calidad de f ' c=210 k./cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construiran rampas peatonales, que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Adecuacion Urbanistica para Limitados Fisicos aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1378-78VC-3500 del 21 de diciembre de 1978. Obras sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con los Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que seran aprobados por SEDAPAL, debiendo poner en conocimiento de dicha compania, la fecha de inicio y termino de las obras. Electricidad.- Los interesados deberan solicitar a LUZ DEL SUR la instalacion de las redes primaria y secundaria de energia electrica publica y domiciliaria, los cuales seran ejecutados de acuerdo a los planes de expansion de dicha compania. Instalaciones telefonicas.- Para las instalaciones telefonicas la parte interesada debera coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compania, para la instalacion de ductos, camaras y la reserva de areas para centrales. Articulo Tercero.- Autorizase la inscripcion individualizada de los lotes que conforman la presente habilitacion, de conformidad con la Memoria Descriptiva correspondiente al Plano Aprobado que se encuentra debidamente visado y de acuerdo al siguiente detalle: Mz. Mz. Mz. Mz. Mz. A B C D E : : : : : : 44 25 15 28 02 114 Lotes Lotes Lotes Lotes Lotes Lotes : : : : : 6,954.99 4,319.09 2,305.09 4,038.08 240.00 m2 m2 m2 m2 m2

El Expediente Nº 2063-98 presentado por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Director Gerente de la Compania Inmobiliaria, Constructora y de Transporte MORDAZA MORDAZA S.A., por el cual solicita acogerse al tramite de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno de 10,025.00 m2 constituido por el Lote 129-C de la Parcelacion del ex fundo La MORDAZA, ubicado a la altura del km. 9 y ½ de la Carretera Central del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 27 de febrero de 1998 y en merito al Acuerdo Nº 10 de la Sesion Nº 13-96 de fecha 2.5.96 la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA emite la Resolucion Nº 014-98-MML-DMDU-DGO aprobando los Estudios Preliminares de Habilitacion MORDAZA en vias de regularizacion para Uso Residencial de Densidad Media R-4 del terreno de 10,025.00 m2, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; De acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 3º y MORDAZA Disposicion Transitoria y Complementaria de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, a partir de la fecha de su vigencia, esto es, del 21 de noviembre de 1997, es competencia de las Municipalidades Distritales, en el ambito de su respectiva circunscripcion territorial, conocer y aprobar las solicitudes de habilitacion MORDAZA, incluyendo los casos de regularizacion de habilitaciones pendientes o en tramite; Que, en tal sentido, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA carecia de competencia para emitir el 27 de febrero de 1998 la Resolucion Nº 014-98-MML-DMDU-DGO, por cuanto a esa fecha ya se encontraba vigente la Ley Nº 26878 que confiere esta atribucion a la Municipalidad Distrital de Ate al tratarse de un terreno ubicado dentro de su jurisdiccion deviniendo dicha resolucion en nula ipso jure al haber sido dictada por organo incompetente, tal como lo preve el inciso a) del Art. 43º del D.S. Nº 02-94-JUS, tomandose como valido el Acuerdo Nº 10 tomado en Sesion Nº 13-96 de fecha 9 de MORDAZA de 1996 de la Comision de Habilitacion MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que acordo aprobar los Estudios Preliminares de Habilitacion MORDAZA para Uso de Vivienda R-4 calificandolo como obras MORDAZA B, teniendo en cuenta que fue expedido en fecha cuando dicha comision todavia era competente para pronunciarse; Que, en la inspeccion practicada se verifico que la lotizacion se encuentra consolidada en un 80%, corresponde a los planos presentados y cuenta con la factibilidad de suministro de los servicios de agua, alcantarillado y energia electrica segun consta de las cartas presentadas y se refiere con Informes Nºs. 060 y 081-98-OGO-DCUyN-DAT-MDA; Que, la zonificacion vigente asignada al terreno en el Plano de Zonificacion del distrito, corresponde a Uso Residencial de Densidad Media R-4, conforme se acredita con el Certificado de Zonificacion y Vias Nº 322-95-MML/SMDUDMDU expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la parte interesada ha cumplido con presentar todos los documentos requeridos para el presente tramite por el Articulo 5º de la Ley Nº 26878, tal como se senala con Informe Nº 134-98-AL-DCUyN-DAT-MDA, asi como ha cancelado el pago de deficit de aportes de 1,175 m2 para Recreacion Publica mediante Comprobante de Pago Nº 21510 de fecha 7 de agosto de 1996 expedido por Serpar; de 200.50 m2 para el Ministerio de Educacion mediante la Factura Nº 001-001733 expedida por el Ministerio de Educacion e igualmente cancelado el pago del 1% del costo de Obras de Pavimentacion por concepto de Revision y Control de Obras con Comprobante de Pago Nº 53415-98 expedido por la Municipalidad Distrital de Ate; Que a pesar del tiempo transcurrido desde la fecha de vigencia de la Ley Nº 26878 y las cartas reiterativas cursadas para la conformacion de la Comision Tecnica de Habilitacion MORDAZA tal como lo requiere la acotada ley, aun no se ha conformado dicha comision, por la falta de designacion de algunos de sus representantes; Que, desde la fecha de MORDAZA del Expediente Nº 2063 (18 de febrero de 1998) se ha vencido con exceso el plazo establecido por el Articulo 14º del D.S. Nº 011-98-

Total

:17,858.15 m2

Articulo Cuarto.- Considerese esta habilitacion con construccion simultanea, debiendo solicitar previamente las respectivas autorizaciones y licencias de construccion a la Municipalidad Distrital de Ate. Articulo Quinto.- Inscribase definitivamente el area de 2,860.20 m2 destinado a recreacion publica a nombre de la Municipalidad Distrital de Ate y el area de 509.25 m2 a favor del Ministerio de Educacion. Articulo Sexto.- Establecer la condicion de indivisibilidad de los lotes aprobados, asi como la obligacion de seguir el tramite para la aprobacion de la recepcion de obras a la culminacion de las obras de habilitacion, para su anexion al casco urbano. Articulo Setimo.- Dispongase que la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, estara a cargo de la parte interesada. Articulo Octavo.- Transcribase esta resolucion a los Registros Publicos, al Ministerio de Educacion y a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0061 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0735 Ate, 28 de diciembre de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE

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