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Pág. 168372 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de enero de 1999 El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15m., y el acabado será con mezcla cemento-arena fina, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y con- finando sus bordes se construirán sardineles de concreto de calidad de f ' c=210 k./cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conec- tarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Adecuación Urbanística para Limitados Físicos aprobado por Resolución Ministerial Nº 1378-78- VC-3500 del 21 de diciembre de 1978. Obras sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL, debiendo poner en conoci- miento de dicha compañía, la fecha de inicio y término de las obras. Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primaria y secundaria de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. Instalaciones telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compa- ñía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- Autorízase la inscripción indivi- dualizada de los lotes que conforman la presente habilita- ción, de conformidad con la Memoria Descriptiva correspon- diente al Plano Aprobado que se encuentra debidamente visado y de acuerdo al siguiente detalle: Mz. A : 44 Lotes :6,954.99 m2 Mz. B : 25 Lotes :4,319.09 m2 Mz. C : 15 Lotes :2,305.09 m2 Mz. D : 28 Lotes :4,038.08 m2 Mz. E : 02 Lotes :240.00 m2 Total : 114 Lotes :17,858.15 m2 Artículo Cuarto.- Considérese esta habilitación con construcción simultánea, debiendo solicitar previamente las respectivas autorizaciones y licencias de construcción a la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo Quinto.- Inscríbase definitivamente el área de 2,860.20 m2 destinado a recreación pública a nombre de la Municipalidad Distrital de Ate y el área de 509.25 m2 a favor del Ministerio de Educación. Artículo Sexto.- Establecer la condición de indivisibi- lidad de los lotes aprobados, así como la obligación de seguir el trámite para la aprobación de la recepción de obras a la culminación de las obras de habilitación, para su anexión al casco urbano. Artículo Sétimo.- Dispóngase que la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, estará a cargo de la parte interesada. Artículo Octavo.- Transcríbase esta resolución a los Registros Públicos, al Ministerio de Educación y a la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PAJUELO ROLDAN Alcalde 0061 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0735 Ate, 28 de diciembre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATEVISTO: El Expediente Nº 2063-98 presentado por el Sr. Clemen- te Flores Llantoy en su calidad de Director Gerente de la Compañía Inmobiliaria, Constructora y de Transporte Es- trella Andina S.A., por el cual solicita acogerse al trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno de 10,025.00 m2 constituido por el Lote 129-C de la Parcelación del ex fundo La Estrella, ubicado a la altura del km. 9 y ½ de la Carretera Central del distrito de Ate, provincia y departa- mento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 27 de febrero de 1998 y en mérito al Acuerdo Nº 10 de la Sesión Nº 13-96 de fecha 2.5.96 la Municipalidad Metropolitana de Lima emite la Resolución Nº 014-98-MML-DMDU-DGO aprobando los Estudios Pre- liminares de Habilitación Urbana en vías de regularización para Uso Residencial de Densidad Media R-4 del terreno de 10,025.00 m2, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 3º y Segunda Disposición Transitoria y Complementaria de la Ley Gene- ral de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, a partir de la fecha de su vigencia, esto es, del 21 de noviembre de 1997, es competencia de las Municipalidades Distritales, en el ám- bito de su respectiva circunscripción territorial, conocer y aprobar las solicitudes de habilitación urbana, incluyendo los casos de regularización de habilitaciones pendientes o en trámite; Que, en tal sentido, la Municipalidad Metropolitana de Lima carecía de competencia para emitir el 27 de febrero de 1998 la Resolución Nº 014-98-MML-DMDU-DGO, por cuan- to a esa fecha ya se encontraba vigente la Ley Nº 26878 que confiere esta atribución a la Municipalidad Distrital de Ate al tratarse de un terreno ubicado dentro de su jurisdicción deviniendo dicha resolución en nula ipso jure al haber sido dictada por órgano incompetente, tal como lo prevé el inciso a) del Art. 43º del D.S. Nº 02-94-JUS, tomándose como válido el Acuerdo Nº 10 tomado en Sesión Nº 13-96 de fecha 9 de mayo de 1996 de la Comisión de Habilitación Urbana de la Municipalidad Metropolitana de Lima que acordó aprobar los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para Uso de Vivienda R-4 calificándolo como obras Tipo B, teniendo en cuenta que fue expedido en fecha cuando dicha comisión todavía era competente para pronunciarse; Que, en la inspección practicada se verificó que la lotización se encuentra consolidada en un 80%, corresponde a los planos presentados y cuenta con la factibilidad de suministro de los servicios de agua, alcantarillado y energía eléctrica según consta de las cartas presentadas y se refiere con Informes Nºs. 060 y 081-98-OGO-DCUyN-DAT-MDA; Que, la zonificación vigente asignada al terreno en el Plano de Zonificación del distrito, corresponde a Uso Resi- dencial de Densidad Media R-4, conforme se acredita con el Certificado de Zonificación y Vías Nº 322-95-MML/SMDU- DMDU expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la parte interesada ha cumplido con presentar todos los documentos requeridos para el presente trámite por el Artículo 5º de la Ley Nº 26878, tal como se señala con Informe Nº 134-98-AL-DCUyN-DAT-MDA, así como ha cancelado el pago de déficit de aportes de 1,175 m2 para Recreación Pública mediante Comprobante de Pago Nº 21510 de fecha 7 de agosto de 1996 expedido por Serpar; de 200.50 m2 para el Ministerio de Educación mediante la Factura Nº 001-001733 expedida por el Ministerio de Edu- cación e igualmente cancelado el pago del 1% del costo de Obras de Pavimentación por concepto de Revisión y Control de Obras con Comprobante de Pago Nº 53415-98 expedido por la Municipalidad Distrital de Ate; Que a pesar del tiempo transcurrido desde la fecha de vigencia de la Ley Nº 26878 y las cartas reiterativas cursa- das para la conformación de la Comisión Técnica de Habi- litación Urbana tal como lo requiere la acotada ley, aún no se ha conformado dicha comisión, por la falta de designación de algunos de sus representantes; Que, desde la fecha de presentación del Expediente Nº 2063 (18 de febrero de 1998) se ha vencido con exceso el plazo establecido por el Artículo 14º del D.S. Nº 011-98-