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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 1999 (06/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

Pág. 168373 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de enero de 1999 MTC, siendo de aplicación el silencio administrativo positi- vo a que se refiere el Artículo 4º de la Ley Nº 26878, tal como se desprende del Informe Nº 251-98-DCUyN-DAT-MDA, contándose en todo caso con el dictamen favorable emitido por la Comisión Municipal de Habilitación Urbana de la Municipalidad Distrital de Ate en su Sesión 05 del 21.12.98 constituida al amparo del Decreto de Alcaldía Nº 031-97, así como con el Acuerdo Nº 10 de la Sesión Nº 13-96 de la Comisión de Habilitación Urbana de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y las Leyes Nº 26878 y Nº 26664; RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por aprobada, en vías de regularización, la Habilitación Urbana para Uso Residen- cial de Densidad Media R-4, del terreno constituido por el Lote 129-C de la Parcelación del ex fundo La Estrella y que cuenta con un área de DIEZ MIL VEINTICINCO METROS CUADRADOS (10,025.00 M2) ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, conforme al Plano signado con el Nº 033-98-DCUyN-DAT-MDA y con el siguien- te cuadro de áreas: Area Bruta : 10,025.00 m2 100% Area Util : 7,964.45 m2 79.45% Area de Vías : 2,060.55 m2 20.55% Los déficit de aportes para Recreación Pública de 1,102.75 M2 y de Educación de 200.50 m2 han sido redimidos en dinero. Artículo Segundo.- Autorízase a los recurrentes para ejecutar las obras de Habilitación Urbana, teniendo en cuenta lo siguiente: Pavimentos.- Las obras de pavimentación se sujeta- rán a la Calificación B-4 con las siguientes características: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2". Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactado, proveniente de cantera seleccionada, que contenga propor- ciones adecuadas de material, gruesos (con diámetros máxi- mo de 1½"), finos y ligantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2" de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f ' c=140k./cm2 de 0.15 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamen- te compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m. y el acabado será con mezcla cemento-arena fina, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardi- nel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas.En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y con- finando sus bordes se construirán sardineles de concreto de calidad de f ' c=210 k./cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conec- tarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Adecuación Urbanística para Limitados Físicos aprobada por Resolución Ministerial Nº 1378-78- VC-3500 del 21 de diciembre de 1978. Obras sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL, debiendo poner en conoci- miento de dicha compañía, la fecha de inicio y término de las obras. Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primaria y secundaria de energía eléctrica pública y domiciliaria, las cuales serán ejecutadas de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. Instalaciones telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas la interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras, y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- Autorízase la inscripción indivi- dualizada de los lotes que conforman la presente habilita- ción, de conformidad con la Memoria Descriptiva correspon- diente al plano aprobado que se encuentra debidamente visada y de acuerdo al siguiente detalle: Mz. C : 27 Lotes : 4,181.21 m2 Mz. E : 26 Lotes : 3,783.24 m2 Total : 53 Lotes :7,964.45 m2 Artículo Cuarto.- Considérese esta habilitación con construcción simultánea, debiendo solicitar previamente las respectivas autorizaciones y licencias de construcción a la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo Quinto.- Establecer la condición de indivisi- bilidad de los lotes aprobados, así como la obligación de seguir el trámite para la aprobación de la recepción de obras a la culminación de las obras de habilitación, para su anexión al casco urbano. Artículo Sexto.- Dispóngase que la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, estará a cargo de la parte interesada. Artículo Sétimo.- Transcríbase esta resolución a los Registros Públicos y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PAJUELO ROLDAN Alcalde 0062 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Autorizan a Cooperativa ejecutar obras de habilitación urbana RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 876-98-MSMP San Martín de Porres, 7 de octubre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO, el Expediente Nº A-1790-98 seguido por la Asociación de Vivienda Urbanización Coopip para la apro-