Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 1999 (06/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de enero de 1999
22,000.00 m2 13,735.34 m2 2,420.00 m2 5,844.66 m2 100% 62.43% 11% 26.57%

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban habilitaciones urbanas para uso residencial de densidad media de diversos terrenos del distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0728 Ate, 28 de diciembre de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 12769-98 presentado por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Director Gerente de la Compania Inmobiliaria, Constructora y de Transporte MORDAZA MORDAZA S.A., por el cual solicita acogerse al tramite de regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno de 22,000.00 m2 constituido por las Parcelas Nºs. 10664 y 10665 del ex fundo La MORDAZA Baja, ubicado a la altura del km. 13.3 de la Carretera Central del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en la inspeccion practicada se verifico que la lotizacion tiene un grado de consolidacion de viviendas de un 60% y cuenta con luz provisional y con la factibilidad de suministro de los servicios de agua, alcantarillado y energia electrica segun consta de las cartas presentadas, habiendose verificado in situ que la consolidacion en el terreno corresponde a los planos presentados, segun se refiere con Informe Nº 078-98-OGO-DCUyN-DAT-MDA; Que, la parte interesada ha cumplido con presentar todos los documentos requeridos para el presente tramite por el Articulo 5º de la Ley Nº 26878, tal como se senala con Informe Nº 144-98-AL-DCUyN-DAT-MDA e igualmente ha cancelado el pago del 1% del costo de obras de pavimentacion por concepto de Revision y Control de Obras con Comprobante de Pago Nº 53415-98; Que, a pesar del tiempo transcurrido desde la fecha de vigencia de la Ley Nº 26878 y las cartas reiterativas cursadas para la conformacion de la Comision Tecnica de Habilitacion MORDAZA tal como lo requiere la acotada ley, aun no se ha conformado dicha comision, por la falta de designacion de algunos de sus representantes; Que, desde la fecha de MORDAZA del Expediente Nº 12769 (18 de febrero de 1998), se ha vencido en exceso el plazo establecido por el Articulo 14º del D.S. Nº 011-98-MTC siendo de aplicacion el silencio administrativo positivo a que se refiere el Articulo 4º de la Ley Nº 26878, conforme se desprende del Informe Nº 252-98-DCUyN-DAT-MDA, contandose en todo caso con el dictamen favorable emitido por la Comision Municipal de Habilitacion MORDAZA en su Sesion Nº 05 del 21.12.98 constituida al MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 031-97; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y las Leyes Nº 26878 y Nº 26664; RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por aprobada, en vias de regularizacion, la Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno de VEINTIDOS MIL METROS CUADRADOS (22,000.00 m2) constituido por las Parcelas Nºs. 10664 y 10665 del ex fundo La MORDAZA Baja ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, conforme al Plano signado con el Nº 034-98-DCUyN-DAT-MDA y con el siguiente cuadro de areas:

Area Bruta : Area Util : - Vivienda : 13,295.34 m2 - Educacion : 440.00 m2 Are Recreacion Publica : Area de Vias :

Articulo Segundo.- Autorizase a los recurrentes para ejecutar las obras de Habilitacion MORDAZA, teniendo en cuenta lo siguiente: Pavimentos.- Las obras de pavimentacion se sujetaran a la Calificacion B-4 con las siguientes caracteristicas: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, sera necesario efectuar una evaluacion de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos organicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adicion de materia granular, mezclandose con riegos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice C.B.R. minimo de 20. Las particulas solidas de esta MORDAZA tendran un diametro MORDAZA de 2". Base.- Posterior a la MORDAZA anterior debe colocarse una MORDAZA de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactado, proveniente de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material, gruesos (con diametros MORDAZA de 1 1/2"), finos y ligantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice de C.B.R. de 80. Se procurara una superficie MORDAZA y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicacion de una futura MORDAZA asfaltica de 2" de espesor. Superficie de rodadura.- Estara constituida por una MORDAZA asfaltica en caliente de 2" de espesor como minimo, que se aplicara previa imprimacion de la superficie de base con asfalto liquido RC-250. Aceras.- Seran de concreto de calidad de f 'c = 140 k./cm2 de 0.15 m. de espesor y su colocacion se efectuara sobre un terraplen de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relacion a la calzada terminada sera de 0.15 m., y el acabado sera con mezcla cemento - MORDAZA fina, en proporcion 1:2 de un centimetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construira un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogenea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confinando sus bordes se construiran sardineles de concreto de calidad de f 'c = 210 k./cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construiran rampas peatonales, que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Adecuacion Urbanistica para Limitados Fisicos aprobada por Resolucion Ministerial Nº 1378-78VC-3500 del 21 de diciembre de 1978. Obras sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con los Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que seran aprobados por SEDAPAL, debiendo poner en conocimiento de dicha compania, la fecha de inicio y termino de las obras. Electricidad.- Los interesados deberan solicitar a LUZ DEL SUR la instalacion de las redes primaria y secundaria de energia electrica publica y domiciliaria, las cuales seran ejecutadas de acuerdo a los planes de expansion de dicha compania. Instalaciones telefonicas.- Para las instalaciones telefonicas, la interesada debera coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compania, para la instalacion de ductos y camaras, y la reserva de areas para centrales. Articulo Tercero.- Autorizase la inscripcion individualizada de los lotes que conforman la presente habilitacion, de conformidad con la Memoria Descriptiva correspondiente al plano aprobado que se encuentra debidamente visada y de acuerdo al siguiente detalle:

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