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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 1999 (07/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 168442 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de enero de 1999 Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento y fines. Regístrese, publíquese y cúmplase. JAVIER KANASHIRO YWAMOTO Alcalde 0129 Autorizan a empresa ejecutar obras de habilitación urbana de terreno para uso de vivienda RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1006-98-MDSMP San Martín de Porres, 22 de diciembre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El Expediente Nº C-3331-98 seguido por la Promoto- ra de Inmuebles CASAPRO S.R. Ltda. para la aprobación de la Habilitación Urbana, en Vía de Regularización, para Uso de Vivienda, del terreno de 34,774.75 m2, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 240-95-MML/SMDU- DMDU, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana en Vías de Regu- larización para Uso de Vivienda, del terreno de 34,774.75 m2 ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que, la acotada resolución se aprobó en mérito al Anteproyec- to signado con el Nº 177-95-MLM/DGO-DHU, sujetándose a la calificación otorgada por la Comisión Técnica Calificadora de Habilitación Urbana como tipo "B-4", debiéndose tener en cuenta los requisitos y observaciones, que señalan en el Acuerdo Nº 08 tomado en Sesión Nº 24-95 de fecha 6 de julio de 1995 de la citada comisión; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 3º y Segunda Disposición Transitoria y Complementaria de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, a partir de la fecha de su vigencia, esto es del 21 de noviembre de 1997, es competencia de las Municipalidades Distritales, en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial, conocer y aprobar las solicitudes de Habilitación Urbana, incluyendo los casos de Regularización de Habilitaciones pendientes o en trámite; Que, el inciso b) del Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 011- 98-MTC, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, permite dar por cumplida la Etapa de Aprobación de la Habilitación Urbana, cuando se cuente con resolución consentida de la autoridad competente que apruebe los Estudios Preliminares y/o Estudios Definitivos del Proyecto de Habilitación Urbana; Que, en el caso de autos la Promotora de Inmuebles Casapro S.R.Ltda., cuenta con la Resolución de Alcaldía Nº 240-95-MLM/ SMDU-DMDU, emitida por autoridad competente y con la cual aprobó sus Estudios Preliminares, por lo que es procedente dar por cumplida la Etapa de Aprobación de la Habilitación Urbana en mérito al dispositivo legal referido en el considerando prece- dente y al haberse cumplido con presentar los requisitos especi- ficados en el Art. 5º de la Ley Nº 26878, y el Art. 27º del Decreto de Alcaldía Nº 007-98-AL-MDSMP, el cual aprueba el Reglamen- to de Procedimientos Administrativos de Habilitación Urbana tal como se da cuenta con el Informe Nº 122-98-CVHU/MD.SMP- DDU e igualmente con los recibos de haber cancelado en Tesore- ría del Municipio, Recibo Nº 565570 del 28 de diciembre de 1998, por concepto de inspección ocular y Recibo Nº 565567 del 28 de diciembre de 1998, por concepto de derechos administrativos; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, así como a lo dispuesto en las Leyes Nºs. 26878 y 26664; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dése por cumplida la Etapa de Aproba- ción de Habilitación Urbana para Uso de Vivienda del terreno de 34,774.75 m2 ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Autorízase a la Promotora de Inmue- bles Casapro S.R.Ltda., para ejecutar las obras de Habilitación Urbana de acuerdo al plano de lotización aprobado por la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima por Resolución Nº 240-95-MLM/ SMDU-DMDU, materia de la presente aprobación en base al siguiente detalle de áreas: - Area bruta total : 34,774.754 m2 - Area neta : 34,774.75 m2APORTES: - Recreación Pública: (11%) R.N.C. : 3,825.22 m2 Proyecto : 3,642.88 m2 Déficit : 182.34 m2 - Educación: (2%) R.N.C. : 695.50 m2 Proyecto : 695.50 m2 Déficit : 0.00 m2 Artículo Tercero.- Las características de las obras son las siguientes: CALZADAS Las calzadas podrán ser del tipo rígido del tipo flexible. Las dimensiones y características de las componentes de las calzadas, serán las que resulten del diseño estructural, que deberá ser aprobado por la Comisión Técnica de Habilitación Urbana, tomando en cuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo del terreno de fundación. En caso de pavimentos flexibles, se considerará un sardinel sumergido de concreto con f ' c = 210 k./cm2, en el borde de la pista expuesta. En cada etapa de la construcción se deberá efectuar los controles de calidad de conformidad a las Normas Técnicas existentes. VEREDA Serán de concreto con resistencia a la compresión f ' c = 140 k./ cm2, de 0.10 m. de espesor y será colocada sobre una base de material seleccionado con ancho mínimo de 0.10 m. debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada será de 0.15 m. y su acabado debe ser con mezcla cemento - arena fina, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor, bruñado a cada 1.0 m., con juntas de 3/4" cada 5.00 m.l. En los extremos expuestos y/o en contacto con las calzadas, se construirán simultáneamente a las veredas, los sardineles de veredas de 0.15 x 0.30 m. RAMPAS PEATONALES Serán de concreto con f ' c = 140 k./cm2, debiendo ajustarse a lo establecido por el Reglamento Nacional de Construcciones. OBRAS SANITARIAS Serán ejecutadas de conformidad con el Proyecto de Agua Potable y Alcantarillado que deben ser aprobados por SEDAPAL, debiendo poner en conocimiento de dicha compañía, la fecha de inicio y término de las obras. ELECTRICIDAD Los interesados deberán solicitar a EDELNOR la instalación de las redes primarias y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, las cuales serán ejecutadas de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. INSTALACIONES TELEFONICAS Para las instalaciones telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Cuarto.- Exonérese del pago por concepto de défi- cit de aportes reglamentarios, en mérito a lo dispuesto en el numeral II-XIV-7.2 del Reglamento Nacional de Construcciones. Artículo Quinto.- Autorícese la inscripción individualizada de los lotes que conforman la presente habilitación, de conformidad con la Memoria Descriptiva y Plano que, debidamente sellados y firma- dos, forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Sexto.- Considérese la presente habilitación con cons- trucción simultánea. Los propietarios de los lotes deberán solicitar previamente las respectivas autorizaciones y licencias de construc- ción a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Séptimo.- Inscríbase en forma definitiva a favor de la Municipalidad de San Martín de Porres, las áreas de aporte reglamentario al uso de vivienda para Recreación Pública de 3,642.88 m2, conforme aparece en el plano materia de aprobación de esta resolución. Artículo Octavo.- Inscríbase en forma definitiva a favor del Ministerio de Educación las áreas de Aporte para Educación de 695.50 m2, sobre el área destinada a vivienda. Artículo Noveno.- La publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano estará a cargo de los interesados. Artículo Décimo.- Transcríbase la presente resolución a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción y a la Munici- palidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento y fines. Regístrese, publíquese y cúmplase. JAVIER KANASHIRO YWAMOTO Alcalde 00134