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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (07/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 169643 NORMAS LEGALES Lima, domingo 7 de febrero de 1999 POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1726 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Disponen aplicar al presente año mon- tos establecidos para los arbitrios mu- nicipales en el ejercicio 1998 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-99 Chaclacayo, 30 de enero de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chaclacayo, en sesión ordina- ria de fecha 29 de enero de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanzas Municipales Nºs. 005 y 007- 98, se aprobaron los Arbitrios de Seguridad Vecinal, Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario respectiva- mente, aplicables en la jurisdicción de este distrito. Que, mediante Informe Nº 006-99-DM/MCH, la Dirección Municipal ha establecido que es política de la actual gestión, no variar los montos establecidos en las citadas ordenanzas para el presente ejercicio presupuestal, por lo que propone la ampliación de su vigencia. Que, en tal sentido el Concejo Distrital de Chaclacayo, ha considerado conveniente la aprobación de dicha propuesta. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, ha aprobado por unanimidad la siguiente: O R D E N A N Z A Artículo Primero.- Aplíquese para el ejercicio 1999, los mismos importes establecidos por concepto de Arbi- trios de Seguridad Vecinal, Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario fijados para el ejercicio 1998 en las Ordenanzas Municipales Nºs. 005 y 007-98-MCH, respectivamente. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas, el estricto cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIA DELIA VERGARA PEREZ Alcaldesa 1612 Aprueban el Reglamento de Sesiones de Concejo de la Municipalidad EDICTO Nº 001-99-MCH Chaclacayo, 19 de enero de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO POR CUANTO: En sesión ordinaria de Concejo de fecha 19 de enero, aprobó el proyecto de Reglamento de Sesiones de Concejo presentado por el Despacho de Alcaldía.CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 005-96 de fecha 15 de enero, se aprobó el Reglamento de Sesiones de Concejo. Que, es función de la Alcaldía, proponer al Concejo Municipal, el proyecto de Reglamento de Sesiones de Concejo. Que, el actual Concejo ve por conveniente la dación de un nuevo Reglamento de Sesiones de Concejo, concorda- do con las disposiciones legales vigentes. En uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y por unanimidad. ACORDO: APROBAR el Reglamento de Sesiones de Concejo de la Municipalidad de Chaclacayo; que consta de cinco títulos y 82 artículos, los mismos que forman parte del presente edicto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIA DELIA VERGARA PEREZ Alcaldesa REGLAMENTO DE SESIONES DE CONCEJO – MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO TITULO I Artículo 1º .- El Alcalde convoca y preside las Sesiones de Concejo, En los casos de Licencia o impedimento temporal del Alcalde, lo hace el Teniente Alcalde y por impedimento de éste el Regidor que designe el Alcalde, en caso de ausencia del Alcalde. Se entiende impedimento temporal, la ausencia de la jurisdicción metropolitana o la imposibilidad física para el ejercicio de la función. Artículo 2º .-El Secretario General del Concejo, es un funcionario de la máxima jerarquía administrativa y de la municipalidad designado por el Alcalde y tiene las si- guientes funciones: a. Citar a Sesiones de Concejo, con 48 horas de antici- pación. b. Asistir a las Sesiones de Concejo. c. Llevar las Actas de las Sesiones del Concejo suscri- birlas con el Alcalde. d. Dar forma final a las Ordenanzas, Edictos, Acuerdos y Resoluciones del Concejo, de conformidad con las deci- siones del Concejo , y suscribirlos con el Alcalde. e. Tramitar y suscribir el Despacho del Concejo. f. Disponer la atención de los pedidos y solicitudes de informe que formulen los señores Regidores, remitiéndo- los a la repartición municipal correspondientes. El funcionario administrativo responsable dispondrá su atención en el más breve plazo, bajo responsabilidad. g. Dirigir las unidades que integra la Secretaría Gene- ral del Concejo, para su mejor funcionamiento y adecuado apoyo. h. Consignar la agenda en las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias presentadas con 48 horas de anticipa- ción por parte de los señores Regidores. Artículo 3º .-El quórum para las Sesiones de Concejo es de más de la mitad de sus miembros hábiles. No son miembros hábiles quienes se encuentran con Licencia concedida por el Concejo en los casos establecidos por ley. Artículo 4º .-En caso de enfermedad u otro impedi- mento temporal no mayor de tres meses, el Alcalde y los Regidores de Concejo solicitarán Licencia por escrito expresando la causa. Las solicitudes de Licencia serán puestas en conocimiento del Concejo en la Sesión inme- diata siguiente. Artículo 5º .-Las citaciones serán escritas y publica- das en lugar visible de la Municipalidad. Cuando las circunstancias lo requieran, la citación podrá hacerse por periódico o cualquier otro medio de difusión idóneo. Artículo 6º .-A la hora señalada en la convocatoria, el Alcalde dispondrá pasar lista. De no haber quórum, se pasará una segunda lista 10 minutos después, si tampoco se lograra quórum, se asentará por el Secretario la respec- tiva constancia, anotando los nombres de quienes han asistido, de los que se encontraban en uso de licencia,