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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 1999 (09/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 175531 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, el concejo referido en sesión de fecha 14 de mayo del presente año, por mayoría del número legal de sus miem- bros, acordó declarar la vacancia del cargo de la regidora Rosa De La Cruz Delgado, por las causales de inasistencia injustificada a cinco (5) sesiones ordinarias consecutivas de Concejo y cambio de domicilio fuera de la circunscripción del distrito, tal como aparece de fojas 48 a 53; Que, del análisis de autos se advierte que las citaciones a sesiones de Concejo de fechas 30 de marzo; 9, 22, 30 de abril; 4 y 14 de mayo del año en curso, cuyas copias obran a fojas 4, 6, 7, 8, 10 y 11, respectivamente; no se prueba que hayan sido notificadas a la regidora en referencia con las debidas formalidades, vulnerándose normas del debido proceso; toda vez que en los documentos que obran en autos no aparece la firma de recepción de la citada regidora, o que se haya utilizado cualquier otro medio eficaz que permite el Código Procesal Civil que acredite en forma fehaciente que tuvo conocimiento de la convocatoria a cada una de las sesiones de Concejo; Que, para declarar la vacancia de la regidora en men- ción, el Concejo recurrente alega que la regidora Rosa De La Cruz Delgado ha cambiado de domicilio fuera de la circuns- cripción del distrito de Yauyos; afirmación que no está probada, por lo que carece de sustento; en consecuencia, no está acreditado con prueba idónea y suficiente que la regidora Rosa De La Cruz Delgado haya variado de domici- lio fuera de la circunscripción del distrito de Yauyos El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de revisión interpuesto por Rosa De La Cruz Delgado contra la Resolución de Alcaldía Nº 003-99-MDY, de fecha 17 de mayo del año en curso del Concejo Distrital de Yauyos, provincia de Jauja, departamento de Junín; en consecuencia, NULA la Resolución de Alcaldía Nº 003-99-MDY y NULO el Acuerdo de Concejo que declara la vacancia de la regidora Rosa De La Cruz Delgado aprobado en sesión ordinaria de fecha 14 de mayo del año en curso del citado Concejo. Artículo Segundo.- Declarar que Rosa De La Cruz Delgado debe continuar ejerciendo el cargo de regidora en el Concejo Distrital de Yauyos, provincia de Jauja, departa- mento de Junín, por el período 1999-2002 conforme a ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías necesarias para el cumplimien- to de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 8975 Convocan a candidato no proclamado para que asuma cargo de regidor del Concejo Provincial de Chincheros RESOLUCION Nº 1072-99-JNE Lima, 8 de julio de 1999 Visto, el recurso de revisión recibido el 30 de junio del año en curso, interpuesta por el ciudadano Marcial Erazo Torres, quien solicita la revisión de lo actuado en relación al pedido de vacancia del cargo de regidor que ejerce Pascual Huamanñahui Alegría por existir en su contra condena por delito doloso, que fue declarado improcedente por el Concejo Provincial de Chincheros; CONSIDERANDO: Que, de autos aparece que el Concejo Provincial de Chincheros en sesión de fecha 26 de mayo del año en curso, en la cual participaron el alcalde y 8 regidores, acordó por mayoría de votos de cinco (5) regidores la improcedencia del pedido para declarar la vacancia del cargo de regidor quedesempeña Pascual Huamanñahui Alegría; y tres, (3) regi- dores opinaron que el pedido se remita al Jurado Nacional de Elecciones para que se pronuncie; posteriormente, se expidió la Resolución de Alcaldía Nº 28-99-A-MPCH-AP, que declara improcedente la solicitud de vacancia del citado regidor; Que, del estudio de autos aparece que Pascual Hua- manñahui Alegría fue sentenciado a la pena privativa de libertad de tres (3) años con el carácter de suspendida por igual término por el Juzgado Mixto de la provincia de Chincheros el 12 de noviembre de 1998, en el proceso penal seguido en su contra por la comisión de delito contra el patrimonio en la modalidad de hurto agravado, en agravio del Ministerio de Energía y Minas, tal como consta de las copias certificadas de fojas 17 a 23; posteriormente, la Sala Especializada en lo penal de la Corte Superior de Justicia de Apurímac en fecha 27 de enero del año en curso confirma la sentencia que condena a Pascual Huamanñahui Alegría e integrándola fijaron en un año el período de prueba, tal como aparece de fojas 26; por lo tanto, Pascual Huamanñ- ahui Alegría se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida por el Artículo 26º numeral 3 concordante con el Artículo 23º numeral 9 de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26491; Que, el proceso penal seguido contra Pascual Hua- manñahui Alegría es de trámite sumario, habiendo conclui- do dicho proceso con la resolución emitida por Sala Especia- lizada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Apurímac; Que, ante la existencia probada de una causal de vacancia de un alcalde o regidor de Concejo, el Jurado Nacional de Elecciones debe proceder a declararla, aún en caso de existir pronunciamiento contrario del concejo municipal; de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º literal u) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 28º numeral 2 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y el Artículo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 en caso de vacancia de regidores son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el Jurado Electoral Espe- cial de Chincheros corresponde asumir el cargo de regidor a Guido Desiderio Medina Laura, candidato no proclamado integrante de la agrupación independiente "Movimiento Independiente Somos Perú"; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones conferidas mediante el Artículo 5º, literal u) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de revisión interpuesto por Marcial Erazo Torres contra el acuerdo del Concejo Provincial de Chincheros que declara improcedente el pedido de vacancia del cargo del regidor Pascual Huamanñahui Alegría; en consecuencia NULO el acuerdo de concejo de fecha 26 de mayo del año en curso, respecto al pedido de declaratoria de vacancia del cargo de regidor de Pascual Huamanñahui Alegría, y NULA la Resolución de Alcaldía Nº 28-99-A-MPCH-AP, de fecha 1 de junio del presente año. Artículo Segundo.- Declarar la vacancia del cargo de regidor del Concejo Provincial de Chincheros que desempe- ña Pascual Huamanñahui Alegría, por haber sido senten- ciado por la comisión de delito doloso por el Juzgado Mixto de la provincia de Chincheros el 12 de noviembre de 1998, a la pena privativa de libertad de tres (3) años con el carácter de suspendida; resolución confirmada en fecha 27 de enero del año en curso por la Sala Especializada en lo penal de la Corte Superior de Justicia de Apurímac que integrándola fijó el período de prueba de un (1) año. Artículo Tercero.- Convocar a Guido Desiderio Medi- na Laura, candidato no proclamado de la agrupación inde- pendiente "Movimiento Independiente Somos Perú", para que asume el cargo de regidor del Concejo Provincial de Chincheros, quien previamente deberá juramentar el cargo que asume ante el alcalde del citado concejo, por vacancia del cargo de regidor de Pascual Huamanñahui; para com- pletar el período 1999-2002 conforme a ley. Artículo Cuarto.- Otorgar a Guido Desiderio Medina Laura la correspondiente credencial. Artículo Quinto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución.