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Pág. 175536 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe del Visto se desprende que personas no identifi- cadas habrían incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban pro- barse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad de los ciudadanos Felícitas González Gutiérrez, Walter Pimentel Peralta, Marino Ignacio Huamán Palomi- no, Raúl Arizaca Chana y Pablo Yanque Checca; Que, el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra la fe pública, en las modalidades de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los Artículos 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que corres- pondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitándose al Ministerio Público y la Dirección de la Policía Nacional del Perú, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificación de los sujetos que han suplantado a los ciudadanos Felícitas González Gutiérrez, Walter Pimentel Peralta, Marino Ig- nacio Huamán Palomino, Raúl Arizaca Chana y Pablo Yanque Checca; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encarga- do de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, para que en nombre y representa- ción de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la administración pública y la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 8924 RESOLUCION JEFATURAL Nº 196-99-JEF/RENIEC Lima, 6 de julio de 1999 Visto el Informe Nº 158-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 4 de junio de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe del Visto se desprende que la ciudadana Lucy Magdalena Rojas Uriol ha incurrido en comportamiento de hacer insertar en documento público (Formulario de Iden- tidad) hechos falsos con el objeto de suplantar la identidad de la ciudadana Julie Maricruz Rojas Uriol; Que, el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra la fe pública, en las modalidades de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los Artículos 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que corres- pondan contra Lucy Magdalena Rojas Uriol en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encarga- do de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, para que en nombre y representa- ción de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra Lucy Magdalena Rojas Uriol, por presunto delito contra la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 8925 RESOLUCION JEFATURAL Nº 197-99-JEF/RENIEC Lima, 6 de julio de 1999 Visto el Informe Nº 166-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 10 de junio de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe del Visto se desprende que personas no identifi- cadas habrían incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a suplan- tar la identidad de los ciudadanos Manuel Rodolfo Mal- donado García, Antonio Bravo Murgia, Teresa del Pilar Nishioka Juárez, Norma Arrobo Samaniego, Gumercin- do Quispe Moroquilca, Daniel Romero Zaavedra, Fer- nando Santiago Salazar Calderón, Teófilo Vidal Mendo- za Rompe, Patricia Nicol Lalupu Ramos, Esequiel Celve- rio Sapacayo Papel, Roberto Carlos López Mendoza y Aniceto Suma Tecse; Que, el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra la administra- ción pública y contra la fe pública, en las modalidades de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los Artículos 416º, 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que corres- pondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitándose al Ministerio Público y la Dirección de la Policía Nacional del Perú, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificación de los sujetos que han suplantado a los ciudadanos Manuel Rodolfo Maldonado García, Antonio Bravo Murgia, Teresa del Pilar Nishioka Juárez, Norma Arrobo Samaniego, Gu- mercindo Quispe Moroquilca, Daniel Romero Zaavedra, Fernando Santiago Salazar Calderón, Teófilo Vidal Mendo- za Rompe, Patricia Nicol Lalupu Ramos, Esequiel Celverio Sapacayo Papel, Roberto Carlos López Mendoza y Aniceto Suma Tecse; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encarga- do de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, para que en nombre y representa- ción de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la administración pública y la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural.