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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 1999 (09/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 175535 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de julio de 1999 de Luya Viejo, provincia de Luya, departamento de Amazo- nas, respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de regidor que desempeña Demetrio Fernández Vela, al no haberse cumplido con remitir la documentación sustentato- ria requerida para el caso. Artículo Segundo.- Declarar que Demetrio Fernán- dez Vela continúa desempeñando el cargo de regidor del Concejo Distrital de Luya Viejo, conforme a ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera para el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA, BRINGAS VILLAR, MUÑOZ ARCE, HERNANDEZ CANELO, DE VALDIVIA CANO, TRUJILLANO, Secretario General 8981 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar proce- sos judiciales contra presuntos res- ponsables de delitos contra la inscrip- ción electoral, la administración y la fe pública RESOLUCION JEFATURAL Nº 193-99-JEF/RENIEC Lima, 6 de julio de 1999 Visto el Informe Nº 157-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 10 de junio de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe del Visto se desprende que personas no identifi- cadas habrían incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban pro- barse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad de los ciudadanos Elmer Reymundo Alberto Aran- da, Isabel Josefina Chiarella Rojas y Juliana Quispe Hua- mán; Que, el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra la administra- ción pública y contra la fe pública, en las modalidades de falsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado en los Artículos 416º, 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que corres- pondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitándose al Ministerio Público y la Dirección de la Policía Nacional del Perú, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificación de los sujetos que han suplantado a los ciudadanos Elmer Reymundo Alberto Aranda, Isabel Josefina Chiarella Rojas y Juliana Quispe Huamán; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encarga- do de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, para que en nombre y representa- ción de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resultenresponsables, por presunto delito contra la administración pública y la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 8872 RESOLUCION JEFATURAL Nº 194-99-JEF/RENIEC Lima, 6 de julio de 1999 Visto el Informe Nº 174-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 25 de junio de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe del Visto se desprende que persona que dice lla- marse Pedro Raymund Taqueda Vargas y/o Pedro Takeda Rivasplata ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, utilizando sustento documental pre- suntamente falsificado; Que, el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra la fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica e impropia, previsto y sancionado en los Artículos 427º y 428º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra quien resulte responsable en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encarga- do de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, para que en nombre y representa- ción de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra la persona que dice llamarse Pedro Raymund Taqueda Vargas y/o Pedro Takeda Rivasplata y quien resulte responsable, por presun- to delito contra la inscripción electoral y la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 8923 RESOLUCION JEFATURAL Nº 195-99-JEF/RENIEC Lima, 6 de julio de 1999 Visto el Informe Nº 167-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 23 de junio de 1999.