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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (02/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 173819 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de junio de 1999 De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Ley Nº 25862 - Ley Orgánica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los profesionales del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, que a continuación se indican, durante los días 24 al 28 de mayo de 1999, a la ciudad de México - Estado Federal de México de los Estados Unidos Mexica- nos, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución: - César Segovia Angulo - Hernán Vargas Arias - Horacio Ruiz Santos - Hayine Gusukuma Lozano Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán sufragados por la Unión Internacional de Telecomunicaciones, no irrogando gasto alguno para el Estado Peruano. Artículo 3º.- La presente resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuesen su clase o denominación, a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 7144 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 234-99-MTC/15.03 Lima, 28 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, en el marco del Acuerdo Administrativo de Co- operación Técnica Nº 1-96, suscrito entre el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y la Unión Internacional de Telecomunicaciones, se elaboró y aprobó el Anexo Nº 2 denominado "Proyecto PER/97/018 Plan Nacional de Telecomunicaciones", en cuyo numeral 8) se considera, como componente del presupuesto del proyecto, una asignación específica para el financiamien- to de la capacitación (pasantías) en temas relacionados con los Planes Técnicos de Telecomunicaciones confor- mantes del Plan Nacional de Telecomunicaciones; Que, el Ministerio es responsable de la elaboración del Plan Nacional de Telecomunicaciones, documento que es aprobado por Resolución Suprema y actualizado en perío- dos no mayores de cinco (5) años, para cuyo efecto se ha encargado a un grupo de profesionales de la Dirección General de Telecomunicaciones su revisión y actualiza- ción; Que, la Administración Peruana de Telecomunica- ciones, en coordinación con la Unión Internacional de Telecomunicaciones, ha gestionado la ejecución de las pasantías previstas, ante la administración competente en materia de telecomunicaciones de Chile y Argentina, para dos profesionales del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, cuya labor está relacionada con el objetivo y metas del Proyecto: "Plan Nacional de Telecomunicaciones"; Que, la Unión Internacional de Telecomunicaciones, como parte de lo dispuesto en el Anexo Nº 2, financiará la totalidad de los gastos que origine el viaje de los profe- sionales asignados, por tanto no se irrogará gastos al Estado Peruano; Que, en consecuencia, resulta pertinente expedir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes pro- fesionales del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, durante los días 31 de mayo al4 de junio de 1999, a las ciudades de Santiago - República de Chile y Buenos Aires - República de Argentina, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución: - Elizabeth Susan Chiang Tello, de la Dirección Gene- ral de Telecomunicaciones - María Ochoa la Torre, de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán sufragados por la Unión Internacional de Telecomunicaciones, no irrogando gasto alguno para el Estado Peruano. Artículo 3º.- La presente resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuesen su clase o denominación, a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 7141 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de delitos contra la fe pública RESOLUCION MINISTERIAL Nº 233-99-MTC/15.18 Lima, 28 de mayo de 1999 VISTOS; el Expediente de Registro Nº 17740011 de fecha 9 de marzo de 1999, Oficio Nº 123-99-CTAR-ANCASH/ DRTCVC-CT, Informe Nº 02-99-CTAR-ANCASH/DRTCVC- CT-Lc, Oficio Nº 385-98-CTAR-ANCASH/DTCVC-CT, so- bre falsificación de Licencias de Conducir. CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de la Resolución Directoral Nº 665-96-M/C/15.15, la Dirección General de Circulación Te- rrestre inició el Canje de Licencias de Conducir, cuyo proce- so se ha detectado que algunos de los citados documentos presentados por los usuarios contienen irregularidades; Que, la Dirección Regional de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción de Ancash, conforme se desprende de los documentos que obran en los antece- dentes que sustenta la presente resolución, sostienen que luego de proceder a la verificación de las licencias, ha determinado que las numeraciones de las mismas, perte- necen a otras personas que resultan ser los verdaderos titulares, conforme se encuentra registrado en la Base de Datos de Conductores y Antecedentes Registrales, resul- tando por tanto falsas las siguientes: APELLIDOS Y NOMBRES L.C. Cat. 1.- ALCARRAZ ZEVALLOS; Gustavo Fernando E-014018 2-B2 2.- SOBENES ATUNCAR; Jhonny Rafael E-005119 2D Que, los hechos descritos constituyen delito contra la fe pública conforme lo tipifica el Código Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Público de este Minis- terio para que inicie las acciones legales correspondientes; teniendo en cuenta el Informe Legal Nº 110-99-MTC/ 15.18.05.AL.MST; De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspon- dientes contra las personas citadas en la parte conside- rativa de la presente resolución y los que resulten respon- sables, por los hechos descritos precedentemente, debien- do la Dirección General de Circulación Terrestre remitir- le los antecedentes del caso.