Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 1999 (19/06/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

Pag. 174406

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de junio de 1999

res, Belgica, consistente en 444 paquetes conteniendo ropa usada, material para zapateria, calzados, juguetes, maquina para escribir, anteojos, jabon, implementos de cocina, material educativo, mantas, colgadores, panales, implemento medico, leche en polvo, agendas, linoleo, camas, sillas de ruedas, con un valor estimado de US$ 1.000,00 y un peso MORDAZA de 7.717,00 k., a favor de la Congregacion Nuestra Senora MORDAZA, la que sera distribuida en forma gratuita a traves de la Parroquia El MORDAZA en Chincha, Policlinica MORDAZA MORDAZA y Colegio MORDAZA MORDAZA en MORDAZA MORDAZA, Asociacion de Combatientes del Peru - ASCOP y el Comite Ayudando con MORDAZA en Lima. Articulo Segundo.- Dejar expresa MORDAZA que queda prohibida la venta o la recepcion de dinero como condicion para la entrega de los bienes donados. Articulo Tercero.- Disponer que la recurrente remita a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA del Acta de Entrega o Recepcion de la donacion recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ORLANDINI Secretario General 7989 RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL Nº 050-99-PCM MORDAZA, 16 de junio de 1999 Visto el Expediente Nº 2985-99 presentado por la Congregacion de Religiosas Hijas de MORDAZA MORDAZA, sobre aprobacion de donacion. CONSIDERANDO: Que mediante Certificado de Donacion, legalizado por el Consulado General del Peru en MORDAZA, la Congregacion Hijas de MORDAZA MORDAZA, con sede en MORDAZA, MORDAZA, efectua la donacion de un vehiculo a favor de la Congregacion de Religiosas Hijas de MORDAZA Ana; Que segun Conocimiento de Embarque Nº CNIU70624294 de fecha 6 de febrero de 1999 extendido por la Compania Chilena de Navegacion Interoceanica S.A., se consigna que la mercaderia donada ha sido embarcada en el Puerto Maritimo de Yokohama, Japon, a bordo del vapor Pacific Explorer, con destino al Puerto Maritimo del Callao, Peru; Que la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion ha comunicado mediante Oficio Nº 1059-99MTC/15.18 e Informe Tecnico Nº 052-99-MTC/15.18.05 recibidos el 8 de junio de 1999, que dicho vehiculo se encuentra apto para transitar en las Rutas de la Red Vial Nacional, previa inscripcion en el Registro de Propiedad Vehicular; Que la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la importacion de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentran inafectas al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809 respectivamente; Que, en consecuencia, es procedente que la Presidencia del Consejo de Ministros apruebe la donacion solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Legislativo Nº 821, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujecion a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 041-94-PCM y Resolucion Ministerial Nº 03996-PCM; Con la opinion favorable de la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional, y el visto MORDAZA de la

Oficina de Asesoria Juridica de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la donacion efectuada por la Congregacion Hijas de MORDAZA MORDAZA, con sede en MORDAZA, MORDAZA, consistente en 1 Vehiculo MORDAZA Toyota, Modelo Hi-Lux 4x4 LN166L-PRMDS, Color MORDAZA Oscuro Metalico, Ano 1999, Chasis LN1660023838, Motor 3L-4707784, con un valor CIF de US$ 12.143,10 y un peso aproximado de 1.630,00 k., a favor de la Congregacion de Religiosas Hijas de MORDAZA MORDAZA, la que sera destinada al Puericultorio MORDAZA MORDAZA MORDAZA Amorin de MORDAZA para apoyar las actividades que realiza en beneficio de las personas de escasos recursos economicos. Articulo Segundo.- Dejar expresa MORDAZA que queda prohibida la venta o la recepcion de dinero como condicion para la entrega de los bienes donados. Articulo Tercero.- Disponer que la recurrente remita a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA del Acta de Entrega o Recepcion de la donacion recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ORLANDINI Secretario General 7990

Amplian alcances de resolucion que aprobo donacion a favor de entidad religiosa
RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL Nº 051-99-PCM MORDAZA, 16 de junio de 1999 Visto el Expediente Nº 3743-99 presentado por Caritas del Peru, sobre ampliacion de la Resolucion del Secretario General Nº 032-99-PCM sobre aprobacion de donacion. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 032-99-PCM del 11 de MORDAZA de 1999 se aprobo la donacion efectuada por Emmaus Jokioinen RY., con sede en Jokioinen, Finlandia, a favor de Caritas del Peru; Que, Caritas del Peru, con documento s/n de fecha 4 de junio de 1999, ha solicitado ampliar los alcances de la citada Resolucion del Secretario General, por cuanto el donante inicialmente no considero en la respectiva Carta de Donacion articulos diversos, que fueran enviados conjuntamente con la donacion aprobada y consignada en el Conocimiento de Embarque Nº HAMDN507 de fecha 29 de enero de 1999, extendido por la Compania P&O Nedlloyd, y embarcada en el puerto de Hamburgo a bordo del vapor NEDLLOYD MORDAZA CLE9713, con destino al Puerto Maritimo del Callao, Peru; Que, teniendo en cuenta lo mencionado en el considerando precedente, dicha mercaderia fue retenida por la Intendencia de la Aduana Maritima del Callao por no haber sido declarada oportunamente, conforme consta en el Acta de Retencion Nº 62-99ADUANAS/01211 emitida por la Superintendencia Nacional de Aduanas; Que la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la importacion de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentran inafectas al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.