Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 1999 (19/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 19 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

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ca en la Central Termica Tecnofil de propiedad de la solicitante, la que tiene una capacidad instalada total de 1 905 kW; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 042-99EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a TECNOFIL S.A., que se identificara con Codigo Nº 33094399, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica Tecnofil, de propiedad de la empresa solicitante, que operara en el distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La empresa autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 4736

conforme el cual se autoriza el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la Direccion Ejecutiva de la COPRI, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, entre los dias 22 y 29 de junio de 1999, a fin de que asista al evento referido en el primer considerando de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje de la persona MORDAZA mencionada se efectuaran con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 002, Direccion Ejecutiva FOPRI - COPRI, del pliego 018 del Ministerio de Pesqueria de acuerdo con el siguiente detalle: - Pasajes : US$ 731.60 - Viaticos : US$ 1,980.00 - Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuesen su denominacion o clase. Articulo 4º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Pesqueria. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 8061

Declaran inadmisible reconsideracion contra resolucion que establecio montos de pago de derecho de pesca a cargo de armadores de embarcaciones de mayor escala
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 198-99-PE MORDAZA, 17 de junio de 1999 Visto los escritos de registro Nºs. 2368001, 2212003 y 2208003 de fechas 29 de MORDAZA y 3 de MORDAZA de 1999, a traves de los cuales la ASOCIACION DE ARMADORES DE NUEVAS EMBARCACIONES PESQUERAS, la SOCIEDAD NACIONAL DE ARMADORES PESQUEROS y la ASOCIACION DE ARMADORES PESQUEROS DEL PERU interponen recurso de reconsideracion contra la Resolucion Ministerial Nº 132-99-PE; CONSIDERANDO: Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 132-99PE de fecha 9 de MORDAZA de 1999, se establecieron los montos de pago del derecho de pesca que deben pagar por el presente ano los armadores de embarcaciones pesqueras de mayor escala, con permiso de pesca vigente, habiendose establecido montos diferenciados en funcion a los recursos autorizados en sus correspondientes permisos de pesca, disponiendose, asimismo, que dichos pagos por el presente ano, se realizaran unicamente por el 50% del total de los derechos; Que a traves del escrito del visto la ASOCIACION DE ARMADORES DE NUEVAS EMBARCACIONES PESQUERAS, la SOCIEDAD NACIONAL DE ARMADORES PESQUEROS y la ASOCIACION DE ARMADORES PESQUEROS DEL PERU, interponen recurso de reconsideracion contra la Resolucion Ministerial citada en el considerando anterior; Que la Resolucion Ministerial citada en el primer considerando es de caracter general, toda vez que hace referencia a una pluralidad abstracta de supuestos normativos, en consecuencia, no es recurrible mediante el recurso de reconsideracion en la via administrativa, en virtud de la inexistencia de las derogaciones singulares de dichas normas, no siendo de aplicacion el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, en razon que existen otros cauces procesales para cuestionar la validez de la resolucion

PESQUERIA
Ratifican Acuerdo que autorizo viaje de Director Ejecutivo de la COPRI a los EE.UU. para asistir a evento sobre privatizacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 095-99-PE MORDAZA, 18 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo adoptado en sesion de fecha 27 de MORDAZA de 1999, la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI autorizo el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la Direccion Ejecutiva de la COPRI, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, entre los dias 22 y 29 de junio de 1999, a fin de que asista al evento "Privatex 1999, The Privatization Global Exposition"; Que, a traves de la Directiva Nº 01-98-DE-COPRI aprobada por Acuerdo adoptado por la COPRI en su sesion de fecha 20 de enero de 1998, se aprobaron las disposiciones sobre viajes y viaticos de los miembros de los Comites Especiales, Juntas Liquidadoras y Direccion Ejecutiva de la COPRI; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del Numeral 2.2 de la Directiva referida en el considerando anterior; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI,

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