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Pág. 174415 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de junio de 1999 ARTICULO VIII Los dos Países se notificarán por la vía diplomática el debido cumplimiento de los procedimientos internos pre- vistos por sus respectivas legislaciones nacionales para la entrada en vigor del presente Acuerdo. El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de recepción de la segunda notificación. El presente Acuerdo tendrá la duración de cinco años y será prorrogado tácitamente de año en año, salvo en caso de denuncia de parte de una de las Partes Contra- tantes, que se efectuará por la vía diplomática tres meses antes de su vencimiento. La denuncia del Acuerdo no influirá en la realización de los programas y de los proyectos formalizados durante el período de validez del Acuerdo mismo, a menos que las Partes no concuerden lo contrario. En fe de lo cual, los suscritos, debidamente autoriza- dos por los respectivos Gobiernos, firmaron el presente Acuerdo. Hecho en Lima el día 9 del mes de febrero del año 1999 en dos originales en los idiomas español e italiano, siendo ambos textos igualmente válidos. POR EL GOBIERNO DE LA POR EL GOBIERNO DE REPUBLICA DEL PERU LA REPUBLICA ITALIANA 8056 Autorizan al Ministerio de Justicia efec- tuar pago de cuota al ILANUD RESOLUCION SUPREMA Nº 267-99-RE Lima, 18 de junio de 1999 VISTO: El Oficio Nº 453-99-JUS/OGED-ODCT, de 3 de mayo de 1999, de la Oficina General de Economía y Desarrollo del Ministerio de Justicia, en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la autorización para el pago de la cuota 1999 al Instituto Latinoamericano de las Nacio- nes Unidas para la prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente (ILANUD); CONSIDERANDO: Que, el Artículo 14º numeral 14.3 de la Ley Nº 27013, Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999, permite a las Entidades del Sector Público pagar, con cargo a sus recursos, las cuotas del Gobierno Peruano a los Organis- mos Internacionales de los cuales el Perú es país miem- bro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los Organismos Internacionales priorizados que permitan elevar la imagen del Perú en el exterior, poten- ciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomá- ticas, acrecentar el beneficio de los flujos de Cooperación de Asistencia Técnica Internacional, recuperar el derecho a voto, así como llevar la dirección de algunos organismos en los cuales el Perú ha llegado a acceder a la Secretaría; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota a la mencionada Organización Internacional, con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Justicia a efectuar el pago de hasta DIEZ MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 10,000.00), al Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente (ILANUD), por concepto del pago de la cuota año 1999. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 8062 Autorizan el pago de cuotas y/o contribuciones a diversos organismos internacionales RESOLUCION SUPREMA Nº 268-99-RE Lima, 18 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas adeudadas a los Organismos Internacionales prio- rizados, de manera que permita elevar la imagen del Perú en el exterior, potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas, acrecentar el beneficio de los Flujos de Cooperación y Asistencia Técnica Internacio- nal, así como recuperar el derecho a voto; Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de las cuotas a los Organismos Internacionales priorizados, con cargo al presupuesto asignado al Ministerio de Rela- ciones Exteriores para el ejercicio presupuestal 1999, en la Función 13 Relaciones Exteriores, Programa 045 Polí- tica Exterior, Subprograma 0119 Cooperación Interna- cional, Actividad 00165 Coordinación y Participación en Asuntos y Organismos Internacionales, Componente 0182 Atención de Cuotas Internacionales, Meta 01488 Pago Aportes a Organismos Internacionales, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específica 42 Cuotas Internacionales; Que, la cancelación de las cuotas priorizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, serán atendidas de acuerdo a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con el Artículo 14º de la Ley Nº 27013 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio 1999-; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pago de las cuotas y/o contribuciones a los Organismos Internacionales que fi- guran en la relación establecida por el Ministerio de Relaciones Exteriores que se detalla a continuación, por el importe de DOS MILLONES DOSCIENTOS SETEN- TICINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTISEIS Y 00/ 100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AME- RICA (US$ 2'275,756.00): ORGANISMO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL (OMI) 35,000.00 Pago de la cuota 1994 FONDO ESPECIAL MULTILATERAL DEL CIDI (FEMCIDI) 85,200.00 Pago cuota 1999 SISTEMA ECONOMICO LATINOAMERICANO (SELA) 337,643.00 Pago de la cuota ordinaria de 1999 y pago de la primera cuota del Plan Global de Pagos de la Deuda Reestructurada COMISION PERMANENTE DEL PACIFICO SUR (CPPS) 180,664.00 Pago de la cuota 1999 FONDO FIDUCIARIO DEL PACIFICO SUDESTE (FF/PSE) 100,000.00 Pago de adeudos