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Pág. 174420 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de junio de 1999 les programadas, de modo de perseguir e investigar im- parcialmente el delito, garantizar el estricto cumplimien- to de la ley y los derechos fundamentales de las personas; que, lo precedente motiva la conveniencia de dotar de personal a dicha Fiscalía, debiéndose para tal efecto programar un Rol de Turno Mensual de los Fiscales Adjuntos Provinciales, que en número de cuatro apoya- rán al Fiscal Provincial Penal de Turno Permanente; Que, para viabilizar el Despacho de los Fiscales Pro- vinciales, avocados a la calificación de denuncias y atesta- dos y expedición de dictámenes, urge constituir un grupo de Fiscales Adjuntos Provinciales que se encargue de las diligencias con reos libres o reos en cárcel que se practican tanto en el Palacio de Justicia del Cono Norte como en los establecimientos penales; asimismo, determinar un rol de turno mensual, con rotación semanal interna, de estos Adjuntos dedicados exclusivamente a dicha tarea, de manera que siempre cada Fiscalía Provincial cuente con un Adjunto independientemente del otro que integra el grupo de los que asistirán a las diligencias judiciales o a los turnos permanentes; Que, frente al hecho que los Juzgados Penales de este Distrito tienen que laborar simultáneamente con varios Fiscales Provinciales Penales, deviene oportuno designar cuatro Fiscales Adjuntos Provinciales para trabajar con los Juzgados de reos libres y dos para los de reos en cárcel, los que indistintamente atenderán las diligencias en los juzgados que se les asigne; Que, para la óptima marcha de esta técnica de trabajo se hace necesario llevar un puntual y ordenado control de todas las diligencias que programe cada juzgado de la jurisdicción (1 a 15), en consecuencia, diariamente debe elaborarse un consolidado a través del SIATF, listado que se distribuirá a los señores Fiscales que intervendrán en las mismas, con el propósito que conozcan la hora, secre- tario y diligencia a actuarse, permitiendo de esta manera que el justiciable reciba atención oportuna y se adminis- tre pronta y cumplida administración de justicia; Que, para asegurar el normal desarrollo de las activi- dades del despacho del Fiscal de turno y no afectar al usuario, es importante designar a un Fiscal de apoyo que se encargue de este Despacho durante el turno y el día de descanso del Fiscal correspondiente; debiéndose progra- mar un Rol de Turno Mensual con este propósito; Que, existiendo un Módulo Fiscal en la sede de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte y requiriéndose dar celeridad a los expedientes que los órganos jurisdiccionales derivan a las Fiscalías Provinciales Penales para recabar rúbrica, por mero trámite, en relación al señalamiento de diligencias como instructivas, preventivas, testimoniales, confrontaciones, inspecciones oculares, lecturas de senten- cia; etc.; resulta pertinente que ese trámite de rúbrica se realice en el Módulo Fiscal por Fiscales que la Fiscalía Superior Encargada de la Gestión de Gobierno designe, por cuanto respecto a autos judiciales que atañen al fondo de la causa, como son los de no ha lugar a la apertura de instrucción, expedición del mandato de comparecencia, concesión de libertad provisional, sentencias absolutorias, etc., los expedientes serán rubricados por el Fiscal que conoce origina riamente el proceso; Que, para determinar si la producción de las Fiscalías Provinciales Penales del Cono Norte es uniforme, resulta vital que éstas semanalmente remitan a la Fiscalía Supe- rior Encargada de la Gestión de Gobierno un informe estadístico acerca de la producción de cada Fiscal Provin- cial, Adjunto Provincial y Asistente de Función Fiscal; Que, en el marco del proceso de reorganización del Ministerio Público, es política de su Comisión Ejecutiva promover la celeridad y eficacia de la persecución del delito y la oportuna atención de los usuarios del servicio de justicia; Que, teniendo en cuenta la carga procesal constituida por atestados policiales y expedientes para calificar y dicta- minar respectivamente, es oportuno formar un grupo de asistentes de función fiscal, en número de nueve, los mismas que además de laborar en la Fiscalía donde se encuentran asignados, cumplan las funciones que señale el Fiscal Supe- rior Encargado de la Gestión de Gobierno para que apoyen en las tareas de calificación y emisión de dictámenes; Que, estando al Acuerdo Nº 3716 adoptado por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, en sesión de la fecha y con dispensa de la lectura del acta, dejándose constancia que el doctor Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo y miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, no se encuentra presente, y en uso delas atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Facultar, en vía de regulariza- ción, al Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Go- bierno del Distrito Judicial del Cono Norte, a: 1.- Elaborar roles de turnos mensuales de los Fiscales Adjuntos Provinciales para la atención de las diligencias judiciales con reos libres y reos en cárcel. 2.- Elaborar roles de turno de Fiscales Adjuntos Pro- vinciales que prestarán apoyo a la Fiscalía Provincial Penal de turno ininterrumpido. 3.- Confeccionar un rol de turno de Fiscales que se encarguen del despacho del Fiscal en los días que éste atienda el turno ininterrumpido y durante el día de su descanso. 4.- Designar un Fiscal que se ocupe de rubricar los expedientes remitidos por los órganos jurisdiccionales en los que se señale diligencias judiciales, con excepción de autos que se pronuncien sobre el fondo de las causas. 5.- Llevar control diario, a través del SIATF, de las diligencias judiciales señaladas por los quince Juzgados Penales de la jurisdicción; sirviendo el listado que se elabore al respecto para que los Fiscales Adjuntos Provinciales que operan con los Juzgados de reos libres o reos en cárcel, atiendan ordenadamente las diligencias programadas. 6.- Controlar la producción semanal de las Fiscalías Provin- ciales Penales, para cuyo efecto éstas emitirán un informe estadístico de los producido por el Despacho, por el Fiscal Adjunto Provincial y por cada Asistente de Función Fiscal. 7.- Constituir un grupo de nueve Asistentes de Fun- ción Fiscal para que además de cumplir labor en la Fiscalía donde se encuentran, atiendan las funciones que les asigne el Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Gobierno, referida al apoyo que deben prestar a la tarea de calificación de atestados policiales y dictaminar expe- dientes; bajo los requisitos de producción y condiciones de labor que establezca el precitado Fiscal Superior. Artículo Segundo.- El Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, adoptará las medidas necesarias, en el área de su competencia, para la ejecución de la presente resolución. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presen- te resolución a los señores, Presidente de la Corte Supre- ma de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Secretario Ejecuti- vo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte y Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial del Cono Norte, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ-HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 8068 CONASEV Modifican artículo del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores RESOLUCION CONASEV Nº 062-99-EF/94.10 Lima, 16 de junio de 1999