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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (20/06/1999)

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Pág. 174438 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de junio de 1999 miento de los Aspectos de Género en los Proyectos FIDA Asociados a PROCASUR, del 20 al 26 de junio de 1999, en la ciudad de Serena - Chile; Que, es necesario autorizar la participación del Eco. César Sotomayor Calderón, en su calidad de Coordinador Ejecutivo del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la Sierra Sur - MARENASS, y del Ing. Teófilo Zamalloa Chall- co, el Eco. Percy Barrio de Mendoza Vílchez y el Ing. Fernando Candia de Castillo, como Coordinadores Zonales de Puquio, Andahuaylas y Santo Tomás, respectivamente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27013, Decreto Ley Nº 25902 y los Decretos Supremos Nº 053- 84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF; y Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, del 20 al 26 de junio de 1999, el viaje del Eco. César Sotomayor Calderón, Coordinador Eje- cutivo del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la Sierra Sur - MARENASS, y del Ing. Teófilo Zamalloa Chall- co, el Eco. Percy Barrio de Mendoza Vílchez y el Ing. Fernando Candia Castillo, Coordinadores Zonales de Pu- quio, Andahuaylas y Santo Tomás del Proyecto MARENASS, respectivamente, para participar en el evento que se detalla en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto del Proyecto Manejo de Recursos Naturales en la Sierra Sur - MARENASS - UE 003 UGECI del Ministerio de Agricultura, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 1999, por la Fuen- te de Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,772.08 Viáticos US$ 4,200.00------------ TOTAL US$ 5,972.08 La Tarifa Corpac de $ 100.00 será con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros cualquiera fuere su clase o denomina- ción. Artículo 4º.- Los mencionados funcionarios deberán presentar un informe al Titular del Pliego, dentro de los quince días posteriores a su retorno al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 8065 Oficializan reunión científica anual y symposium de genética y mejoramien- to animal, a realizarse en la ciudad de Huancavelica RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0430-99-AG Lima, 17 de junio de 1999 Visto el Oficio Nº 0173-99-P-UNH de fecha 26 de mayo de 1999, presentado por el Presidente de la Comisión Organiza- dora de la Universidad Nacional de Huancavelica, mediante el cual solicita oficializar la "XXII REUNION CIENTIFICA ANUAL DE LA ASOCIACION PERUANA DE PRODUC- CION ANIMAL" y el "SYMPOSIUM INTERNACIONAL DE GENETICA Y MEJORAMIENTO ANIMAL", a realizarse en la ciudad de Huancavelica; CONSIDERANDO: Que, dicho evento tiene como objetivos dar a conocer los últimos avances científicos y tecnológicos de nutrición, me- joramiento genético, reproducción, manejo, salud animal y administración de diferentes especies domésticos; intercam- biar experiencias de trabajos de investigación animal a nivel nacional e internacional, y establecer relación estrecha entre los investigadores y profesionales, productores y estudiantes del área de producción animal; Que, es política del Ministerio de Agricultura, promover e incentivar la libre participación de las personas naturalesy jurídicas vinculadas a la producción agraria a nivel nacio- nal, regional, y local en la realización de ferias y eventos agropecuarios, y fomentar la inversión privada en el desarro- llo del Sector Agrario; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º incisos c) y d) del Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, concordante con el Artículo 2º incisos d) y h) de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-92- AG y la Resolución Ministerial Nº 0313-94-AG Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar la "XXII REUNION CIENTI- FICA ANUAL DE LA ASOCIACION PERUANA DE PRO- DUCCION ANIMAL" y el "SYMPOSIUM INTERNACIONAL DE GENETICA Y MEJORAMIENTO ANIMAL", organizado por la Escuela Académica Profesional de Zootecnia de la Facultad de Ciencias de Ingeniería de la Universidad Nacio- nal de Huancavelica, a realizarse en la ciudad de Huancave- lica del 21 al 24 de setiembre de 1999. Artículo 2º.- El Comité Organizador del evento al que se refiere el artículo precedente, presentará al Ministerio de Agricultura, un informe final del resultado del mismo en un plazo de treinta (30) días calendario después de su culminación. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 8030 Declaran nulas e insubsistentes resolu- ciones referidas a compraventa de pre- dio ubicado en el distrito de Cienegui- lla, provincia de Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0431-99-AG Lima, 17 de junio de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre adjudicación de 20.60 ha. de tierras eriazas, con Unidad Catastral Nº 11642, ubicadas en el distrito de Cieneguilla, provincia y departa- mento de Lima. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 0335-97-AG, de 11 de agosto de 1997, se declaró la caducidad del derecho de propiedad otorgado a don Juan Alejandro Iza Farje sobre la superficie de 20.60 ha. de tierras eriazas con Unidad Catas- tral Nº 11642, ubicado en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima, revirtiéndose dichas tierras al dominio del Estado, disponiéndose que la Unidad Agraria Departamental Lima-Callao gestione la cancelación de los asientos registrales a favor de don Juan Alejandro Iza Farje y la subsiguiente inscripción a nombre del Ministerio de Agricultura; Que interpuesto recurso de reconsideración contra la precitada resolución por don Juan Alejandro Iza Farje y por la Asociación Casa Huerta Magisterial "Santa Rosa de Lima" mediante Resolución Ministerial Nº 004-98-AG de fecha 7 de enero de 1998, se declaró infundado el recurso de reconside- ración interpuesto por don Juan Alejandro Iza Farje e inadmisible el recurso impugnatorio interpuesto por la men- cionada Asociación; Que asimismo, fundamentándose entre otras conside- raciones, en las Resoluciones Ministeriales precitadas, este Ministerio por Resolución Ministerial Nº 0494-98-AG de fecha 25 de setiembre de 1998, autorizó al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio a interponer las acciones judiciales de nulidad de acto jurídico, cancelación de asientos registrales y desalojo si fuera el caso, respecto del terreno que fuera adjudicado a don Juan Alejan- dro Iza Farje comprendido en el contrato por escritura pública de compraventa, independización y acumulación celebrado por la mencionada persona y esposa con la Asocia- ción Casa Huerta Magisterial "Santa Rosa de Lima"; Que interpuesto recurso de reconsideración contra aque- lla resolución por don Juan Alejandro Iza Farje, mediante Resolución Ministerial Nº 0596-98-AG, de 3 de noviembre de 1998, se declaró improcedente ese recurso impugnatorio;