Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 1999 (26/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 26 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

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Precisan que creditos otorgados por el PRONAMACHCS, a que se refiere el Reglamento del PERTA AGRARIA, incluyen a los efectuados con recursos senalados en el D.L. Nº 25742
DECRETO SUPREMO Nº 104-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 107-98-EF se aprobo el Texto Unico Actualizado del Reglamento de la Ley de Reestructuracion Empresarial de las Empresas Agrarias - PERTA AGRARIA, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 877, adecuandose a las modificaciones introducidas por las Leyes Nºs. 26804, 26945 y 26972; Que, con la finalidad de cumplir el objetivo de posibilitar el saneamiento economico-financiero de las empresas agrarias, previsto en el Decreto Legislativo Nº 877, es necesario aclarar algunos aspectos del Reglamento del PERTA AGRARIA; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Entiendase que los Creditos otorgados por el PRONAMACHCS, a que hace referencia el inciso a) del Articulo 4º del Texto Unico Actualizado del Reglamento de la Ley de Reestructuracion Empresarial de las Empresas Agrarias - PERTA AGRARIA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 107-98EF, incluye los efectuados con los recursos senalados en el Decreto Ley Nº 25742, con excepcion de las deudas por conexiones domiciliarias de los creditos otorgados para obras de electrificacion y/o saneamiento. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 8429

16 de diciembre de 1998 que declaro comprobada la extraccion de mineral sin derecho alguno en agravio del Estado, dentro de la concesion minera metalica "PARI" y el petitorio minero "La Regla" ubicados ambos en el paraje Cerro La Regla, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, departamento de MORDAZA, en agravio del Estado, notificandose a los responsables de la extraccion de mineral: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Godo MORDAZA MORDAZA para que de inmediato paralicen las labores y en el plazo de diez dias, devuelvan las sustancias extraidas o sus valores ascendentes a Doscientos ochentiun mil seiscientos sesenticuatro con 00/100 nuevos soles (S/. 281,664.00) sin deducir costo alguno; Que, la Oficina de Correos SERPOST, ha devuelto las notificaciones efectuadas a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la razon de domicilios: deficiente, desconocido y se mudo respectivamente; Que, habiendose establecido que las citadas personas, han transgredido la disposicion establecida en la primera parte del Articulo 9º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, Decreto Supremo Nº 014-92-EM, tipificado en el Articulo 52º de la acotada MORDAZA, resulta procedente autorizar al Procurador Publico de los asuntos judiciales del sector, para que en representacion del Estado, instaure la accion judicial correspondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas, Arts. 20º y 21º de su Reglamento, Decreto Supremo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado formule denuncia penal y demas acciones legales pertinentes contra los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Godo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase al referido Procurador Publico los antecedentes de la presente resolucion con transcripcion de la misma para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 8303

INTERIOR
Nombran Prefecto del departamento de Tumbes
RESOLUCION SUPREMA Nº 0236-99-IN-1501 MORDAZA, 22 de junio de 1999 De conformidad, con lo dispuesto en el Articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 370, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Articulo 1º del Decreto Ley Nº 25515 y el inciso b) del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de MORDAZA de 1983; SE RESUELVE: NOMBRAR Prefecto del departamento de Tumbes, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE TIZON. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori F. Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 8237

ENERGIA Y MINAS
Autorizan a procurador formular denuncia penal contra presuntos responsables de extraccion indebida de mineral en la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 266-99-EM/SG MORDAZA, 23 de junio de 1999 VISTO; el Expediente Nº 1173850, sobre denuncia de Extraccion de Mineral sin derecho alguno "PARI" en agravio del Estado, formulada de oficio por la Direccion General de Mineria, contra el titular de la citada concesion minera "Pari" Codigo Nº 01-07738-95 y otros derechos mineros existentes en las areas del paraje Cerro La Regla, distrito y provincia del Callao, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, de la investigacion efectuada por la Direccion General de Mineria, se expidio la Resolucion Directoral de fecha

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