Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 1999 (28/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 28 de junio de 1999

Articulo Segundo.- Los gastos que demande el viaje de los mencionados funcionarios, seran con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de acuerdo al siguiente detalle: - Viaticos - Pago por uso de Aeropuertos US$ 1,600.00 US$ 100.00

Declaran en abandono procedimiento administrativo sobre reconocimiento de instituto como centro de instruccion aeronautico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 099-99-MTC/15.16 MORDAZA, 10 de junio de 1999 Visto, el Expediente Nº 965009, del 23 de setiembre de 1996, del Instituto Superior Tecnologico Privado CEVATUR - PERU EIRL sobre reconocimiento como Centro de Instruccion Aeronautico para impartir instruccion (curso inicial) para tripulantes auxiliares de a bordo; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 235-99-MTC/15.16.06, del 17.3.99, la Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico comunico al Instituto Superior Tecnologico Privado CEVATUR - PERU EIRL, las discrepancias encontradas en la inspeccion realizada con fecha 4 de enero de 1999, otorgandosele un plazo de treinta dias, contados a partir de la recepcion del oficio en cuestion para la subsanacion de las observaciones realizadas, caso contrario se declararia el abandono del proceso; Que, mediante documento de Registro Nº 19896005, del 22.3.99, el Director General del Instituto Superior Tecnologico Privado CEVATUR - PERU EIRL, indica que las observaciones formuladas mediante el Oficio Nº 0235-99MTC/15.16.06 carecen de fundamento legal y tecnico; Que, con fecha 22.4.99, la Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico, emite el Oficio Nº 340-99MTC/15.16.6, en el cual indica que encontrandose lista la recurrente para una nueva inspeccion, esta se efectuara a fin de que acredite la capacidad tecnica exigida por la legislacion vigente sobre la materia, senalando que de ser desfavorable, se procederia a declarar el abandono del proceso; Que con fecha 29.4.99 se realizo la inspeccion al Instituto Superior Tecnologico Privado CEVATUR - PERU EIRL, formulandose observaciones diversas en la parte de "Comentarios" del formato de inspeccion de los Centros de Instruccion; Que, mediante el Memorandum Nº 311-99-MTC/ 15.16.06, del 12.5.99, la Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico senala que la recurrente no ha subsanado las deficiencias encontradas en inspecciones anteriormente realizadas; Que, respecto a la MORDAZA inspeccion realizada el 29 de MORDAZA, se comprobo que el Instituto Superior Tecnologico Privado CEVATUR - PERU EIRL no cumple con los estandares requeridos para dictar el Curso Inicial de Tripulante Auxiliar; Que, el Articulo 70º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, establece que cuando los interesados no cumplan con realizar los tramites a su cargo en un plazo MORDAZA de tres meses, incurriran en abandono del procedimiento administrativo; Que, desde el inicio del tramite de reconocimiento como Centro de Instruccion Aeronautico para impartir instruccion (curso inicial) para tripulantes auxiliares, el instituto en cuestion no ha acreditado capacidad tecnica, lo que se puede constatar del expediente mismo, habiendo excedido con largueza el plazo MORDAZA senalado; Que, por otro lado, el Oficio Nº 235-99-MTC/15.16.06, otorgo un plazo de 30 dias, el cual fue extendido, al otorgarsele la posibilidad de cumplir con otra inspeccion, en la cual el interesado tampoco pudo acreditar su capacidad tecnica; Que, no habiendo el Instituto Superior Tecnologico Privado CEVATUR PERU EIRL cumplido con subsanar las observaciones formuladas por la Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico en el plazo concedido y habiendo vencido el plazo de tres meses contemplado en el Articulo 70º del TUO de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, se ha incurrido en causal de abandono del procedimiento administrativo; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante D. S. Nº 02-94-JUS y la R.M. Nº 618-90TC/15.12;

Articulo Tercero.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 8487

Designan representante ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial de Infraestructura Informatica y de Telecomunicaciones para la Educacion, Salud y otras areas
RESOLUCION SUPREMA Nº 112-99-MTC MORDAZA, 25 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-99-MTC se creo el Proyecto Especial de Infraestructura Informatica y de Telecomunicaciones para la Educacion, Salud y otras areas, encargado de planear, coordinar y ejecutar las acciones necesarias para establecer una infraestructura de telecomunicaciones adecuada en las zonas de preferente interes social; Que, el Articulo 4º del citado Decreto Supremo senala que la Direccion del Proyecto Especial estara a cargo de un Consejo Directivo, uno de cuyos integrantes corresponde al Ministerio de Educacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Educacion en el Consejo Directivo del Proyecto Especial de Infraestructura Informatica y de Telecomunicaciones para la Educacion, Salud y otras areas. Articulo Segundo.- La presente resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 8521

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