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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 1999 (04/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 60

Pág. 170528 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de marzo de 1999 interposición de los recursos impugnativos de reconsi- deración y de apelación, no suspende la ejecución de las sanciones interpuestas, salvo que expongan razones atendi- bles ante el órgano al que compete resolver..."; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 2) del Artículo 114º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades la interposición de acciones legales contra las resoluciones municipales no suspende ni impide el cumplimiento de las mismas, las que continuarán surtien- do sus efectos hasta que el órgano jurisdiccional respectivo expida su fallo de última instancia, salvo que el reclamante exponga razones atendibles ante el Juez de la causa; Que, asimismo el Artículo 104º del Texto Unico Ordena- do de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94- JUS, establece que la interposición de cualquier recurso, excepto en los casos en que una disposición legal establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugna- do, pero la autoridad a quien compete resolverlo podrá suspender de oficio, o a instancia de parte, la ejecucion de la resolución recurrida, si existen razones atendibles para ello; De conformidad con lo establecido en el Artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo 57º de la Ordenanza Nº 153, con el siguiente texto: "Artículo 57º.- La interposición de cualquier recurso, excepto en los casos en que una disposición legal establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugna- do, pero la autoridad a quien compete resolverlo podrá suspender de oficio, o a instancia de parte, la ejecución de la resolución recurrida, si existen razones atendibles para ello." Artículo Segundo.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 2956 Declaran cumplidas obras de habilita- ción urbana de terreno ubicado en el distrito de Ate RESOLUCION Nº 009-99-MML-DMDU Lima, 17 de febrero de 1999 EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO VISTO: Los Expedientes Nºs. 007930-90 y 05684 se- guido por ANGELA VILCHEZ ALCARRAZ, VICTOR LE- GUIA HURTADO, MAXIMO VILCHEZ ALCARRAZ, ANICETA VILCHEZ ALCARRAZ Y FELIX ORTIZ VIL- CHEZ, CONSTANTINO VILCHEZ ALCARRAZ Y VIC- TOR SALAZAR BULEJE, por el que solicitan LA RECEP- CION DE OBRAS EN VIAS DE REGULARIZACION para Uso de COMERCIO SECTORIAL "C-3" y VIVIENDA TA- LLER "I1-R4", el terreno de 11,040.22 m2, constituido por el Lote Nº 05 de la manzana "C" de la Habilitación Preur- bana Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, cuyos Estudios Preliminares fue- ron aprobados por Resolución Nº 148-92-MLM-SMDU- DMDU de fecha 21.8.92. CONSIDERANDO: Que, por la citada Resolución Nº 148-92-MLM/SMDU- DMDU de fecha 21.AGO.92 se aprobó los Estudios Prelimi- nares de Habilitación Urbana para Uso Residencial "R-4" yComercio Especializado del terreno de 11,040.22 m2, esta- bleciendo que los Aportes Reglamentarios para Recreación Pública de 885.41 m2 y Ministerio de Educación de 160.98 m2 serán redimidos en dinero, ubicándolos para efectos de su tasación con frente a la Carretera Central; Que, por Resolución Nº 198-93-MLM/SMDU-DMDU de fecha 16.NOV.93, renovada por Resolución Nº 015-98- MML-DMDU de fecha 22.ENE.98, se aprobó en Vía de Regularización los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para Uso de Comercio Vecinal "C-3" y de Vivienda Taller "I1-R4" del terreno de 11,040.22 m2, materia del presente trámite; Que, por Acuerdo Nº 05 de la Comisión Metropolitana de Habilitación Urbana en Sesión Nº 35-98 de fecha 30-10-98 se acordó declarar Habilitado como Urbano el terreno del recurso; Que los recurrentes han cumplido con presentar la siguiente documentación: a).- Testimonio de la Escritura de Compraventa de fecha 22.OCT.86 del terreno de 11,040.22 m2 otorgada por Manlio Plácido Eduardo Francisco Piana Carozzi y doña Nelly Bravo Puccio de Piana a favor de Angela Vilchez Alcarraz, inscrito en la Ficha Nº 149880 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima. b).- Minuta de Independización, adjudicación y Declara- ción de Verdaderos Compradores, de fecha 12.FEB.85 otor- gado por Angela Vilchez Alcarraz a favor de Víctor Leguía Hurtado, Máximo Vilchez Alcarraz, Aniceta Vilchez Alca- rraz, Constantino Vilchez Alcarraz y Víctor Salazar Buleje. c).- Oficio Nº 0107-97-ME-VMGI-OINFE de fecha 15.ENE.97 del Ministerio de Educación comunicando que la valorización del aporte para dicho sector ha sido cancela- do. d).- Oficio Nº 094-97/SERPAR-LIMA/OGAPI/MML de fecha 6.FEB.97 del Servicio de Parques, comunicando que la valorización del aporte correspondiente a Recreación Pública ha sido cancelado. e).- Certificado de Zonificación y Vías Nº 391-97/DMDU de fecha 21.AGO.97 calificando al terreno de 11,040.22 m2 con los siguientes Usos: COMERCIO VECINAL "C-3" al área con frente a la Carretera Central y VIVIENDA TA- LLER "I1-R4", al área remanente. f).- Certificado de Alineamiento Nº 80-90-DGO-DOP- CUC-DDP-MLM de fecha 15.OCT.90 emitido por la Muni- cipalidad de Lima Metropolitana, correspondiente a la manzana "C" - lote Nº 5 de la Habilitación Preurbana "Barbadillo" en el cual se indica que el mencionado lote se encuentra inafecto. g).- Oficio Nº 1891/90-UAD-VI-L/DRN-DR/SRA.EA de fecha 25.SET.90 emitido por el Ministerio de Agricul- tura - Unidad Agraria Departamental VI - Lima, referen- te a la inexistencia de Feudatarios y/o trabajadores agríco- las. h).- Certificación de fecha 3.SET.90 emitido por el Mi- nisterio de Agricultura - Unidad Agraria Departamental VI - Lima, referente a la inexistencia de canales de regadío. i).- Carta Nº 050-96 de fecha 12.ENE.96 emitido por SEDAPAL referente a la Recepción de Obra de las Redes Complementarias de Agua Potable y Alcantarillado. j).- Carta Nº SGV-DPV-1527-96 de fecha 20.MAR.96 emitido por Luz del Sur referente a la Constancia de Existencia de Redes Eléctricas en el Predio materia de recepción. k).- Recibo Nº 54-9019987 de fecha 25.SET.98, emitido por la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima, por el monto de S/. 6,822.53 acreditando la cancelación de la Liquidación Nº 081-98-MLM-DMDU-DGO-DHU-DCO co- rrespondiente a la aprobación de Proyectos Definitivos y Recepción de Obras (RNC Artículos II-XXI-4 y II-XXI-5 respectivamente). l).- Recibo Nº 54-9019988 de fecha 25.SET.98, emitido por la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima, por el monto de S/. 80.00, acreditando la cancelación por el dere- cho de gastos administrativos que el presente trámite genera. Estando con los Informes Nº 273-98-MML-DMDU-DGO- DHU-DCO de fecha 25.SET.98 y Nº 18-99-MML-DMDU- DGO-DHU-DCO de fecha 20.ENE.99 de la Dirección de Habilitaciones Urbanas; Con lo recomendado por la Dirección de Habilitaciones Urbanas y con la visación de la Dirección General de Obras;