Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 1999 (04/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de marzo de 1999
CAPITULO II DISPOSICIONES FINALES

Segunda.-Solicitudes de autorizacion en tramite.- Las solicitudes que se encuentren en tramite, cualquiera sea su estado, se adecuaran a las disposiciones de esta ordenanza. Tercera.-Incorporacion del procedimiento administrativo en el TUPA.- Las municipalidades deben publicar el tramite administrativo que deben seguir los interesados para solicitar autorizacion de instalacion de elementos de publicidad exterior adecuado a la presente ordenanza, el mismo que debera incorporarse al correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). Cuarta.-Convenios de instalacion existentes.- En el caso que existieran convenios suscritos entre las municipalidades distritales y propietarios de elementos de publicidad o de mobiliario MORDAZA, para la instalacion de elementos de publicidad exterior en areas de dominio publico, dichos convenios deberan adecuarse a lo previsto en la presente ordenanza. Si alguno de los elementos de publicidad exterior se encontrara instalado sin tomar en cuenta el presente reglamento, debera ser retirado. En el caso que el convenio no MORDAZA terminado de ejecutarse, deberan adecuar los elementos de publicidad exterior que restan instalar a las disposiciones tecnicas y de ornato contenidas en esta ordenanza. Quinta.- Convalidacion de la autorizacion anterior a esta ordenanza.- En el caso de elementos de publicidad exterior que hayan sido instalados en areas de dominio publico, que cuenten con la respectiva autorizacion con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ordenanza, los propietarios deberan presentar ante la respectiva municipalidad, dentro de los treinta (30) dias siguientes, una solicitud de convalidacion, con el objeto de que se verifique que cumplen con las disposiciones tecnicas establecidas en la MORDAZA anterior. Vencido dicho plazo se procedera al retiro de todos los elementos que no hayan presentado solicitud de convalidacion. Sexta.- Caducidad de todas las autorizaciones en areas de dominio publico otorgadas con anterioridad a esta ordenanza.- Todos los elementos de publicidad exterior instalados en las areas de dominio publico sin que la concesion MORDAZA sido otorgada por concurso publico y que cuenten con la convalidacion correspondiente, tendran una vigencia de autorizacion irrevocable de un ano, al termino de la cual caducara; salvo que la autorizacion venza MORDAZA del ano, en cuyo caso se aplicara el plazo de vencimiento de la autorizacion; debiendose proceder a la realizacion de concurso publico para el otorgamiento de concesion. Septima.- Sanciones temporales a las infracciones de la ordenanza.- En tanto no se apruebe el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas que dispone la Ordenanza Metropolitana Nº 153, aprobada el 30 de junio y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de agosto de 1998, las infracciones que se senalan en esta ordenanza seran sancionadas de acuerdo a lo siguiente:

Primera.- Delegacion de facultades.- Deleguese al MORDAZA Metropolitano de MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas complementarias y reglamentarias de la presente ordenanza. Igualmente; asi como para delegar mediante Decreto de Alcaldia a las municipalidades distritales que lo soliciten y acrediten contar con la infraestructura y recursos necesarios, la administracion de vias a cargo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA conforme a lo establecido en la Ordenanza Metropolitana Nº 127. Segunda.- Disposicion para el Centro Historico de Lima.- La autorizacion o instalacion de elementos de publicidad exterior en el Centro Historico de MORDAZA se regira complementariamente por la Ordenanza Nº 62 y las demas disposiciones pertinentes. Tercera.- Procedimientos especiales para concesion de espacios publicos para puestos de venta o de servicios en la via publica.- Los procedimientos y condiciones para la concesion de espacios publicos para la instalacion de puestos de venta o de servicios en la via publica se estableceran en MORDAZA especial que se dictara sobre dicha materia. Cuarta.-Autorizacion de elementos de informacion de ejecucion de obras en la via publica.- Los procedimientos y condiciones para la autorizacion de instalacion de elementos de informacion sobre ejecucion de obras en la via publica se senalaran en MORDAZA especial que se dictara sobre dicha materia. Quinta.-Responsabilidad de la Auditoria Interna de la Municipalidad.- El organo de auditoria interna de cada municipalidad designara a un observador ante la respectiva Comision Tecnica de Publicidad Exterior y al correspondiente Organo de Fiscalizacion y Control, a los efectos de supervisar, fiscalizar y controlar el cumplimiento de la presente ordenanza; debiendo dar cuenta en forma directa al MORDAZA en caso de irregularidades o incumplimiento, con MORDAZA para conocimiento de la Contraloria General de la Republica. Sexta.-Derogacion de normas municipales.- Deroguese la ordenanza de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de 29 de diciembre de 1977, el Acuerdo de Concejo Nº 246 del 12 de marzo de 1980, la Ordenanza Nº 074 de 18 de noviembre de 1994, asi como cualquier otra MORDAZA o disposicion municipal de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de las municipalidades distritales que la integran, en cuanto se opongan a la presente ordenanza. Septima.-Incompatibilidad con otras normas.- Declarese que las normas que se opongan a la presente ordenanza no tienen aplicacion en la provincia de MORDAZA, sobre la que ejerce jurisdiccion exclusiva la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en los asuntos de competencia municipal. Octava.-Puesta en vigencia de la ordenanza.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 2954

Dictan ordenanza referida a la numeracion de normas legales municipales de caracter distrital
ORDENANZA Nº 213 MORDAZA, 23 de febrero de 1999 EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de MORDAZA en sesion ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 196º de la Constitucion Politica del Estado, la capital de la Republica tiene un regimen especial; descrito en el Titulo VIII de la

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