Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 1999 (04/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de marzo de 1999

Articulo 3º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente 2872 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 045-99-INPE-P MORDAZA, 8 de febrero de 1999 VISTOS, el Informe Nº 008-99-INPE-CPPAD de fecha 11 de enero de 1999, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 364-98-INPE/AG de fecha 9 de MORDAZA de 1998, Auditoria General del Instituto Nacional Penitenciario, remite el resultado de la Hoja Informativa Nº 034-98-INPE/AG, comunicando el resultado de investigaciones realizadas en torno a la "visita inopinada que hiciera el Director de la Direccion Norte Chiclayo al Establecimiento Penitenciario de Rio Seco - Piura", asi tambien del Oficio Nº 100-98-INPE/DRN, el cual remite la Hoja Informativa Nº 008-98-INPE/DRN-OAI, sobre "La investigacion realizada en torno a las denuncias y protestas de internos del Establecimiento Penitenciario Rio Seco MORDAZA, en contra del Director y mas servidores", donde se establece que se habrian cometido actos de abuso de autoridad e irregularidades administrativas, por parte del ex Director, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA ACUACHE, Jefe de Seguridad, MORDAZA MORDAZA GOYCOCHEA ANDONAYRE, Administrador y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Adjunto del Area de Administracion; Que, de las investigaciones realizadas y pruebas alcanzadas, se ha podido establecer que con fecha 21.ABR.98, a horas 21.00, el senor MORDAZA IRIGOIN MORDAZA, Director de la Direccion Regional Norte - Chiclayo, acompanado del Director de Seguridad, Sr. MORDAZA ORDINOLA TACURI y el Director de Administracion, Sr. MORDAZA MORDAZA CAPUNAY, se constituyeron al Establecimiento Penitenciario de Rio Seco - MORDAZA, efectuando una visita inopinada, de la cual se ha establecido que, la alimentacion proporcionada era de mala calidad, constatandose que el aguadito que se sirviera en la cena, tenia mal olor y era insipido, se encontro a internos en algunos pabellones viendo television, no habiendose producido hasta esa hora el encierro, ademas el interno MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estaba en su celda enfermo de paludismo, asi tambien se encontro a internos por delito de terrorismo conduciendo una bodega, en la que se apreciaron varias bolsas vacias de arroz y azucar, las cuales eran de la misma MORDAZA que se encontro en el almacen de la cocina, en el bano de la cocina se encontro ladrillos que eran utilizados para fabricar cocinas artesanales, los mismos que sirven para su comercializacion, el interno MORDAZA CAMET MORDAZA, que hacia las veces de cocinero, tenia escondidos (3) kilos de MORDAZA, a otro cocinero interno, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se le encontro 1/2 litro de aceite domestico, dos frascos: uno con MORDAZA fermentada y otro con chicha del mismo producto y 2 kilos de azucar; se recepciona por parte de los internos copias de actuados de la instruccion seguida contra el ex Director MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito de abuso de autoridad, se ha evidenciado que en la visita efectuada por la Primera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, el 18 de MORDAZA de 1998, la poblacion penal denuncio ante dicha autoridad, que los alimentos proporcionados eran de mala calidad; Que, de las irregularidades MORDAZA senaladas, tendrian responsabilidad administrativa los servidores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director del Establecimiento Penitenciario de Rio Seco - MORDAZA, MORDAZA MORDAZA GOYCOCHEA ANDONAYRE, Administrador, su adjunto, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ACUACHE, Jefe de Seguridad, quienes habrian transgredido lo dispuesto por los incisos a), b) y d) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas administrativas tipifica-

das en los incisos a), d) y h) del Articulo 28º de la MORDAZA MORDAZA senalada; Estando al informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 19998-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario a los servidores del Establecimiento Penitenciario de Rio Seco - MORDAZA, ex Director Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA ACUACHE, Jefe de Seguridad, MORDAZA MORDAZA GOYCOCHEA ANDONAYRE, Administrador, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, adjunto del Area de Administracion. Articulo 2º.- Los servidores procesados tienen derecho a presentar sus descargos y pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Articulo 3º.- Notifiquese la presente resolucion ante las instancias pertinentes a los interesados, para los efectos de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente 2875 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 046-99-INPE-P MORDAZA, 8 de febrero de 1999 Visto, el Informe Nº 005-99-INPE-CPPAD, de fecha 8 de enero de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Hoja Informativa Nº 020-98-INPE/DRCOAR de fecha 4 de diciembre de 1998, la Auditoria Regional Centro-Huancayo del Instituto Nacional Penitenciario, comunica el resultado de investigacion en torno a la verificacion de irregularidades en que habria incurrido el ex servidor del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad de Yanamilla-Ayacucho, MORDAZA MORDAZA PODESTA MORDAZA, ex Director y el servidor, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador. Que, del analisis de los documentos obrantes en autos, se infiere que el ex servidor MORDAZA MORDAZA PODESTA MORDAZA, ex Director, no habria ejercido supervision y fiscalizacion a la Administracion del Establecimiento Penitenciario, durante su gestion entre los meses de enero a MORDAZA de 1998, permitiendo que se adultere boletas de venta, asi como se ha tenido proveedores sin documentacion confiable; asimismo el servidor, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador, habria adulterado comprobantes de pago de los proveedores verduleria "HERMI" por S/. 7,826.25 Nuevos Soles y de la fruteria verduleria "VALDIVIA" por S/. 8,265.80, totalizando un importe de S/. 16,092.05 Nuevos Soles, correspondiente a los meses de marzo y MORDAZA de 1998, del mismo modo dicho servidor no habria cumplido con eficiencia la Administracion de recursos financieros, permitiendo la adquisicion de bienes para la alimentacion de los internos durante los meses de enero, febrero, marzo y MORDAZA de 1998 por S/. 11,381,50 Nuevos Soles, a la proveedora "PINEDA", persona natural que carece de documentacion formal, por cuanto su RUC se encuentra de baja por la SUNAT, estableciendose ademas que la propietaria de dicha proveedora es finada, asimismo el referido servidor habria incumplido un contrato por la confeccion de mandiles, polos y gorras, contraida con la empresa "QUISPE EIRL", habiendo recibido un adelanto de S/. 425.00 Nuevos Soles, de igual modo dicho servidor habria inobserva-

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