Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 1999 (19/03/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

Pag. 171234

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de marzo de 1999
TITULO V DE LAS COORDINADORAS

5.6 Cada Comite Local, llevara un cuaderno actualizado de control y/o registro mensual de los beneficiarios que reciben el insumo y/o alimento; de tal manera que las madres de los beneficiarios menores de edad, acreditaran mediante su firma, la recepcion de los productos; asi como, las madres gestantes, madres lactantes, pacientes y personas mayores acreditaran mediante firma su control y/o registro. TITULO III DE LA SUPERVISION Articulo 6º.- Dar cumplimiento a los articulos considerados en la Directiva Nº 004-96-CG de SUPERVISION Y CONTROL, del Programa del Vaso de Leche, que entre otros aspectos considera lo siguiente: 6.1 La adquisicion de los insumos y/o alimentos para la racion alimenticia asi como su distribucion, deberan desarrollarse conforme a las normas de Ejecucion Presupuestaria. 6.2 La Oficina de Administracion, en coordinacion con la Direccion de Participacion Vecinal y Desarrollo Humano y el Comite de Administracion del Programa, remitira mensualmente a la Contraloria General de la Republica dentro de los primeros quince (15) dias calendario siguientes del mes vencido, la informacion referida a la ejecucion del referido programa utilizando el formato INFORMACION MENSUAL DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE, en el cual se detallaran las MORDAZA de ingreso, los gastos correspondientes, los gastos de operacion o funcionamiento; asi como, el numero de beneficiarios. 6.3 La informacion contenida en el formato, tiene caracter de Declaracion Jurada, sin embargo, su MORDAZA no constituye acreditacion de la distribucion o del gasto, y esta sujeta a control posterior por parte de la Contraloria General de la Republica. 6.4 La recepcion de los formatos por la Contraloria, se efectuara a traves de las sedes regionales de Auditoria y/o sede central de este Organo Superior de Control. Articulo 7º.- La accion de supervision estara a cargo de la Direccion de Participacion Vecinal y Desarrollo Humano, a traves de sus respectivas Unidades Organicas. Articulo 8º.- Al momento de llevarse a cabo la supervision, se levantara una Acta en el lugar de los hechos, en original y MORDAZA, debiendose entregar la MORDAZA, a la Coordinadora del Comite supervisado; y autenticar el Acta, mediante firma, por los supervisores y la Coordinadora y/o responsable. Articulo 9º. - En caso de detectarse faltas de suma gravedad por parte de los beneficiarios y/o Coordinadoras responsables por el uso y/o destino inadecuado de los insumos y/o alimentos del Programa; el Comite de Administracion del Programa, convocara a Asamblea sea de Coordinadoras o beneficiarios en general, con la finalidad de disponer las medidas correctivas del caso. TITULO IV DE LA ORGANIZACION Articulo 10º.- El Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad, esta constituido de la forma siguiente: PRESIDENTE: MIEMBROS: Sra. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, nombrada mediante Resolucion de Alcaldia Nº 206-99-CDSB-A del 3.2.99. Director de Administracion. Dos (2) representantes de los Clubes o Comites Locales beneficiarios del Programa

Articulo 11º.- La Coordinadora Distrital de codigos y locales de los Comites del Vaso de Leche, sera acreditada por la Direccion de Participacion Vecinal y Desarrollo Humano, conforme a las normas y dispositivos legales vigentes. Articulo 12º.- La Coordinadora Distrital, goza de las siguientes atribuciones: 12.1 Cumplir y hacer cumplir las normas y disposiciones de la Municipalidad; asi como las normas complementarias inherentes al Programa dentro de su Jurisdiccion o ambito de coordinacion. 12.2 Participar en la Supervision y Fiscalizacion del Programa del Vaso de Leche, de acuerdo a los dispositivos y lineamientos del Municipio. 12.3 Participar en los Programas de Capacitacion. 12.4 Implementar la adopcion de medidas correctivas en la fase de la distribucion final de los insumos y/o recursos del Programa a cada uno de los beneficiarios. 12.5 Es obligacion de la Coordinadora de Control de cada Comite Local, llevar un cuaderno de registro actualizado de los beneficiarios. Articulo 13º.- La Coordinadora Local, debera mantener actualizado el Registro de Beneficiarios (Padrones) de manera permanente, reportando las variaciones, que se produzcan en el termino de cuarentiocho (48) horas. Articulo 14º.- Las descalificaciones a las Coordinadoras, estan referidas a los siguientes hechos: 14.1 Comprobacion de beneficiarios que a la fecha de la supervision y control no acusan recibo de los insumos y/o alimentos del Programa del Vaso de Leche en forma real y efectiva, pese a estar inscritos en el Padron y cuya ausencia no MORDAZA sido comunicada a la Direccion de Participacion Vecinal y Desarrollo Humano. 14.2 Distribucion de los recursos en forma extemporanea e incompleta a los beneficiarios. 14.3 Realizar el reparto de los insumos y/o alimentos (leche, MORDAZA y lacteos), en forma distinta a lo especificado de acuerdo a las especificaciones tecnicas y sanitarias senaladas. 14.4 La adulteracion de datos de beneficiarios en la ficha de los Padrones y en los cuadernos de control de distribucion del insumo y/o alimento. 14.5 Almacenamiento del insumo y/o alimento recibido en poder de la Coordinadora, por mas de tres (3) dias. 14.6 Adulteracion del insumo y/o alimento recibido. Articulo 15º.- Las sanciones que deberan aplicarse a las Coordinadoras que incurran en las descalificaciones descritas en el articulo precedente (Articulo 14º) de la presente directiva son las siguientes: 15.1 Primera vez : Amonestacion. 15.2 Reincidencia: Suspension por un mes. 15.3 Reiterancia: Separacion definitiva. TITULO VI DE LOS BENEFICIARIOS Articulo 16º.- Tienen la condicion de beneficiarios, todas aquellas personas inscritas conforme a lo estipulado en las normas dictadas por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA al respecto y de acuerdo a la normatividad legal vigente a la fecha. 16.1 Poblacion Beneficiaria: 16.1.1 Ninos de 0 a 6 anos de edad. 16.1.2 Ninos de 7 a 13 anos de edad, en caso de indigencia. 16.1.3 Madres gestantes hasta el noveno mes. 16.1.4 Madres lactantes hasta que el MORDAZA cumpla 12 meses de edad. 16.1.5 Enfermos tebecianos (TBC), durante el tiempo de duracion del tratamiento, hasta su recuperacion total. 16.1.6 Ancianos, en el caso de MORDAZA a partir de los 55 anos de edad; y en el caso de varones, a partir de los 60 anos de edad. 16.2 Situacion Socio Economica: 16.2.1 Asentamientos Humanos. 16.2.2 Urbanizaciones de Interes Social. 16.2.3 Conjuntos Habitacionales. 16.2.4 Guardianias en terrenos cercados. 16.2.5 Viviendas en MORDAZA de construccion. 16.2.6 Otras zonas de la localidad, donde se acredite la existencia de poblacion en extrema necesidad o en estado de indigencia comprobada.

Asimismo, el Comite de Administracion del Programa para el cumplimiento de sus funciones contara con la colaboracion de: COORDINADORAS: Coordinadora Distrital ORGANO DE CONTROL: Oficina de Auditoria Interna. ORGANOS DE ASESORAMIENTO: Oficina de Planificacion y Presupuesto. ORGANOS DE APOYO: Direccion de Participacion Vecinal y Desarrollo Humano. Direccion de Servicios Comunales y Medio Ambiente. Direccion de Administracion. La Direccion de Participacion Vecinal y Desarrollo Humano es el Organo Municipal responsable de la coordinacion con los demas Organos, para el desarrollo y formulacion de la documentacion respectiva, manteniendo un archivo centralizado de la documentacion existente.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.