Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 1999 (19/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 19 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES
D. Linea de dependencia:

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- Promover la efectividad, eficiencia y economia en las Operaciones y calidad de servicios que debe brindar la Municipalidad. - Proteger y conservar los recursos, contra cualquier perdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal. - Cumplir las leyes, reglamentos, normas gubernamentales y las normas tecnicas de control interno para el sector publico. - Elaborar informacion, financiera, valida y confiable presentada con oportunidad. q) Adoptar politicas y lineamientos que fomenten la integridad, honradez y los valores eticos de los funcionarios y empleados que tengan injerencia en el programa. r) Las demas funciones propias de su competencia, que le MORDAZA asignadas por la Alcaldia. Articulo 25º.- Son funciones especificas del cargo: A. Denominacion del cargo: Presidente del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de San Borja. B. Naturaleza del cargo: Planear, organizar, conducir, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar, supervisar y evaluar el periodico y oportuno MORDAZA y seguimiento de la Conduccion del Programa del Vaso de Leche por delegacion del MORDAZA Distrital de San Borja. C. Funciones especificas: a) Las indicadas en el Capitulo VI, Art. 21º y Art. 22º del presente Reglamento de Organizacion y Funciones, siendo responsable de su oportuno cumplimiento y correcta aplicacion. b) Planear, organizar, conducir, programar, dirigir, coordinar, supervisar controlar y evaluar el periodico y oportuno MORDAZA y seguimiento de las actividades de los Organos de Asesoramiento, Apoyo y Linea comprometidos en el Programa del Vaso de Leche, siendo responsable del cumplimiento y accionar de los mismos, velando por la oportunidad y correccion en el desempeno de sus funciones. c) Velar por la oportuna y periodica actualizacion y mantenimiento de los Documentos de Gestion, referidos al desarrollo y comportamiento del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad, siendo responsable de su cumplimiento y correcta aplicacion. d) Planear, organizar, conducir, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar, supervisar y evaluar el oportuno MORDAZA y seguimiento de formulacion del Presupuesto del Programa del Vaso de Leche, presentando oportunamente los informes tecnicos a la Alcaldia, siendo responsable de su cumplimiento y correcta aplicacion. e) Autorizar oportunamente a su nivel, los procesos tecnicos sobre adquisiciones, observando las condiciones y requisitos contemplados en la Ley Anual de Presupuesto vigente, siendo responsable de su cumplimiento y correcta aplicacion. f) Aprobar oportunamente a su nivel, las disposiciones que regulan los procedimientos del Programa del Vaso de Leche, bajo responsabilidad. g) Planear, organizar, promover, difundir, conducir, programar, dirigir, coordinar, controlar, supervisar y evaluar el periodico y oportuno MORDAZA y seguimiento del desarrollo de las actividades concernientes al servicio del Programa del Vaso de Leche, velando por el cumplimiento de su programacion y operatividad; ejercitando su funcion de fiscalizacion y vigilancia de los actos de gestion y administracion, conforme a lo dispuesto por las normas legales vigentes, siendo responsable de su oportuno cumplimiento y correcta aplicacion. h) Realizar el diagnostico y plantear alternativas de solucion a las deficiencias detectadas. i) Informar cada noventa (90) dias a los vecinos de la marcha y situacion y el estado de costos de la Administracion del Programa del Vaso de Leche, dando cuenta. j) Realizar oportunas y periodicas inspecciones recabando informacion necesaria acerca del desarrollo de la Gestion del Programa en cumplimiento de los objetivos y politicas de la Municipalidad estableciendo y proponiendo los ajustes y cambios necesarios, presentando oportunamente los informes correspondientes al Concejo. k) Formular las Directivas Internas; el Plan Operativo; Manual de Organizacion y Funciones; y Manual de Procedimientos especificamente para su gestion relacionada al Programa. l) Realizar los Estudios de Costos de las Operaciones para el cumplimiento de sus responsabilidades. m) Elaborar los registros, documentos, formularios, actas y otros normados en los dispositivos legales vigentes. n) Las demas funciones propias de su competencia, asignadas por el Alcalde.

El cargo depende directamente del Alcalde. E. Grado de responsabilidad: Es responsable del planeamiento, organizacion, conduccion, programacion, direccion, coordinacion, ejecucion, control, supervision y evaluacion del periodico y oportuno MORDAZA y seguimiento del cumplimiento de las Politicas, Objetivos y Metas del Plan Operativo Municipal del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de San Borja. F. Linea de coordinacion: En el ambito interno, mantiene coordinacion permanente con las autoridades, funcionarios y trabajadores del Municipio y en el ambito externo, con entidades publicas y privadas, relacionadas con sus funciones en el ambito ejecutivo. CAPITULO VIII DEL ORGANO DE CONTROL DE LA OFICINA DE AUDITORIA INTERNA Articulo 26º.- La Oficina de Auditoria Interna de la Municipalidad de San MORDAZA, es el Organo de Control que desarrolla sus actividades en el MORDAZA de las disposiciones tecnico normativas que emite la Contraloria General de la Republica. La Oficina de Auditoria Interna, esta a cargo de un Contador Publico Colegiado con especializacion en Auditoria, quien es funcionario de confianza, con categoria de Director. La Oficina de Auditoria Interna, es la encargada de velar por el cumplimiento y aplicacion del presente Reglamento de Organizacion y Funciones del Programa del Vaso de Leche en la Municipalidad. En cumplimiento de tal funcion, realizara sorpresivas y periodicas acciones de seguimiento a los diferentes Organos, ejecutando las medidas correctivas del caso, con la finalidad de lograr el debido cumplimiento y aplicacion. Articulo 27º.- Son funciones generales y especificas de la Oficina de Auditoria Interna de la Municipalidad de San Borja: a) Las indicadas en el Capitulo VI, Art. 21º y Art. 22º del presente Reglamento de Organizacion y Funciones, siendo responsable de su oportuno cumplimiento y correcta aplicacion. b) Asistir a los Organos de la Municipalidad de San MORDAZA, en el establecimiento, mantenimiento y mejoramiento del Sistema de Control Interno de la Institucion, promoviendo y difundiendo la doctrina de control, en MORDAZA con las orientaciones de la Ley del Sistema Nacional de Control Nº 26162; asi como, por lo dispuesto por las Normas de Control Interno para el Sector Publico, mediante Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG del 26.6.98. c) Como Organo de Control Interno, dictar las disposiciones tecnico normativas de acuerdo a lo emitido por la Contraloria General de la Republica respecto a la Administracion del Programa del Vaso de Leche. d) Debera informar con oportunidad a la Alcaldia y Contraloria General de la Republica, sobre los resultados obtenidos como consecuencia del cumplimiento de las Acciones de Control programadas, presentando las recomendaciones pertinentes relacionadas al Programa del Vaso de Leche. e) Otras funciones propias de su competencia que le MORDAZA asignadas por la Alcaldia. Articulo 28º.- Son funciones especificas del cargo: A. Denominacion del cargo: Director de la Oficina de Auditoria Interna de la Municipalidad de San Borja. B. Naturaleza del cargo: El Director de la Oficina de Auditoria Interna, esta encargado bajo responsabilidad de planear, organizar, conducir, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar, supervisar y evaluar el Control Previo y Posterior Interno, en el ambito institucional, de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Sistema Nacional de Control Nº 26162; asi como, por lo dispuesto por las Normas Tecnicas de Control Interno para el Sector Publico, mediante Resolucion de Contraloria Nº 07298-CG del 26.6.98 y demas disposiciones pertinentes en la Municipalidad de San Borja. C. Lineas de Dependencia: Depende jerarquicamente de la Contraloria General de la Republica y funcionalmente del Alcalde.

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