Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 1999 (19/03/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 19 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

Pag. 171219

Unidad de Contabilidad y ex Tesorero de esta entidad, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Absolver de los cargos formulados en su contra a don MORDAZA MORDAZA RONDONA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Remitir la presente resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros para su registro correspondiente, de conformidad con el Articulo 3º de la R.M. Nº 040-96PCM. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion Municipal y a la Unidad de Personal el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CHACALTANA YEREN MORDAZA 3643 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 281-99-MDI Independencia, 17 de marzo de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto, los Informes Nºs. 003-99, y 004-99 y 005-99-CEPAD/ MDI, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Independencia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1100-98-MDI, de fecha 31-12-98, se instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex funcionarios de esta entidad, al haberse evidenciado, de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Nº 004-98-OAI/ MDI, del Organo de Auditoria Interna de la Municipalidad Distrital de Independencia, el irregular manejo de los Sistemas de Administracion y de Tesoreria de la entidad, habiendose incurrido en la comision de presuntas faltas administrativas en el ejercicio de sus funciones, previstas en el Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Que, de la investigacion administrativa realizada, ha quedado acreditado que el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Municipal, ha realizado el 12-8-98 diversas liquidaciones con documentos de gastos irregulares, provenientes desde el mes de febrero al mes de agosto de 1998, ascendente a la suma de S/. 6,896.03 Nuevos Soles; ha tenido a su favor vales provisionales por la suma de S/. 10,649.00 Nuevos Soles pendientes de ser liquidados; ha tenido cheques pendientes por rendir cuentas, ascendentes a la suma de S/. 26,790.00 Nuevos Soles, ha dado conformidad de servicios, que corresponden a otras Direcciones; no ha adoptado las medidas correctivas en el atraso de liquidaciones de sumas entregadas por la Unidad de Tesoreria y ha permitido la existencia de vales provisionales pendientes de ser regularizados por el importe de S/. 318,502.40 Nuevos Soles; Que, de la investigacion administrativa, realizada por la comision, ha quedado acreditado que el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Administracion de Recursos, ha dado el visto MORDAZA y autorizado los gastos irregulares del ex Director Municipal MORDAZA MORDAZA MORDAZA y no haber informado al organo de Auditoria Interna; ha otorgado adelanto de remuneraciones y ha permitido la existencia de cheques pendientes por rendir cuentas por el importe de S/. 26,740.00 Nuevos Soles, ha permitido la existencia de vales provisionales en exceso del tiempo permitido por ley por el importe de S/. 318,502.40 Nuevos Soles; Que, del analisis y evaluacion de los descargos presentados por don MORDAZA Ordonez MORDAZA, se aprecia que los documentos alcanzados constituyen pruebas meritorias que enervan los cargos imputados, sobre negligencia inexcusable en el desempeno de sus funciones; Estando a lo recomendado en los documentos de vistos, por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta entidad, resulta procedente absolver a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de los cargos imputados, asi como sancionar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haberse acreditado la comision de faltas de caracter disciplinario establecidas en los incisos a), d) y h) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276, configurandose responsabilidad administrativa al haber incumplido lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del Articulo 21º de la MORDAZA citada; Con las atribuciones conferidas por el inciso 13) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853;

Articulo Primero.- Imponer la sancion disciplinaria de DESTITUCION, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Municipal de esta entidad, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Imponer sancion disciplinaria de cese temporal de seis (6) meses al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Administracion de Recursos de esta entidad, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Absolver de los cargos formulados en su contra al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Remitir la presente resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros para su registro correspondiente, de conformidad con el Articulo 3º de la R.M. Nº 040-96-PCM. Articulo Quinto.- Encargar a la Direccion Municipal y a la Unidad de Personal el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CHACALTANA YEREN MORDAZA 3645

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Amplian plazo para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-99 La MORDAZA, 17 de marzo de 1999 EL MORDAZA DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Alcaldia Nº 006-99 del 26 de febrero de 1999 se establece que el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ano 1999 deben abonarse al contado hasta el 20 de marzo del presente ano y en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, cuya primera cuota tiene como fecha de vencimiento el 20 de marzo proximo; Que, es necesario ampliar el plazo para el pago al contado o primera cuota de las obligaciones tributarias MORDAZA referidas; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con la visacion correspondiente; DECRETA: Articulo Primero.- Ampliar hasta el 31 de marzo de 1999 el plazo para el pago al contado o primera cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 1999, a que se refiere el Articulo 4º del Decreto de Alcaldia Nº 006-99. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas el cumplimiento del presente decreto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 3696

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Establecen MORDAZA legal del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana
ORDENANZA Nº 001-99-MDL Lince, 16 de marzo de 1999

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.