Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 1999 (19/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de marzo de 1999

CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL
Cesan a servidor de la Direccion Regional de Salud MORDAZA por causal de excedencia
RESOLUCION EJECUTIVA PRESIDENCIAL Nº 64-99-CTAR-CUSCO/PE MORDAZA, 25 de febrero de 1999 EL PRESIDENTE EJECUTIVO DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL DE LA REGION CUSCO; Visto: El Informe Nº 001-99-CTAR-CUSCO/CCE de la Comision Central de Evaluacion del Consejo Transitorio de Administracion Regional Cusco; y, CONSIDERANDO: Que en cumplimiento del D.L. Nº 26093 y la Resolucion Ministerial Nº 353-98-PRES, que aprueba la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR que MORDAZA el Programa de Evaluacion Semestral del Rendimiento Laboral a ser aplicado a los directivos y servidores de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, mediante R.E.P. Nº 021-98-CTAR-CUSCO/PE del 11 de enero de 1999, se convoca al Programa de Evaluacion del Rendimiento Laboral correspondiente al MORDAZA Semestre de 1998, de los trabajadores del Consejo Transitorio de Administracion Regional y de las Direcciones Regionales Sectoriales del MORDAZA con el correspondiente programa de actividades; Que, del informe de la Comision Central de Evaluacion del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, y del Cuadro de Meritos, que contiene el resultado del MORDAZA de Evaluacion efectuado, el servidor MORDAZA Ituzaga MORDAZA, de la Direccion Regional de Salud MORDAZA, no alcanzo al puntaje final minimo de 60/100, requerido para ser aprobado, por lo que de conformidad con lo establecido por el D.L. Nº 26093, y el numeral 5.5 de la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR aprobada por Resolucion Ministerial Nº 353-98-PRES, debe MORDAZA en su cargo por causal de excedencia; Estando al informe del visto y de conformidad con el D.L. Nº 26093, Resolucion Ministerial Nº 353-98-PRES que aprueba la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR y; con las facultades conferidas por el D.S. Nº 010-98-PRES; D.U. Nº 030-98 y la R.S. Nº 18798-PRES; RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA en su cargo a partir de la fecha, al servidor MORDAZA ITUZAGA MORDAZA de la Direccion Regional de Salud MORDAZA, del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, por causal de excedencia y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Disponer para que la Direccion Regional de Salud MORDAZA, otorgue los beneficios sociales que por ley le correspondan al servidor cesado, previa entrega del cargo respectivo. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en un lugar visible de la sede regional de la Direccion Regional de Salud MORDAZA dentro del termino de ley. Registrese y comuniquese. DARWIN WIESSE MORDAZA Presidente Ejecutivo CTAR - MORDAZA 3639

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Absuelven de cargos imputados y sancionan con destitucion y cese temporal a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 267-99-MDI Independencia, 15 de marzo de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto los Informes Nºs. 001-99 y 002-99-CEPAC/MDI, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Independencia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1083-98-MDI, de fecha 31-12-98, se instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA RONDONA, ex funcionarios, de esta entidad, al haberse evidenciado, de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Nº 02-98-OAI/MDI, del Organo de Auditoria Interna de la Municipalidad Distrital de Independencia, el irregular manejo de los Sistemas de Administracion y de Contabilidad de la entidad, habiendose incurrido en la comision de presuntas faltas administrativas en el ejercicio de sus funciones, previstas en el Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Que, de la investigacion administrativa realizada, ha quedado acreditado que el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Contabilidad y ex Tesorero, ha actuado con negligencia inexcusable por haber consignado en el Balance General saldo de Bancos el pasivo de S/. 305,913.00 como sobregiros bancarios, debiendo ser Cuentas Diversas por Pagar; por ser cheques pendientes de cobro al 31 de diciembre de 1997; no haber registrado en los Estados Financieros del ejercicio 1997, Cuentas por Cobrar de Arbitrios e Impuesto al Valor del Patrimonio Predial, la suma de S/. 3,881,295.00, transgrediendo los principios de Contabilidad de objetividad y periodo, haber registrado en el Activo No Corriente Cargas Diferidas que carecen del debido sustento documentario por el importe de S/. 289,256.49; no haber conciliado los inventarios fisicos realizados al 31-12-97 de Existencias y Activos Fijos presentados en los Estados Financieros en S/. 139,507.00, S/. 3 430,786 y S/. 4 091,545 (netos) careciendo, parte de ellos, del respectivo analisis; haber reflejado como provisiones para Beneficios Sociales un monto de S/. 699,986.34 que corresponde a empleados y obreros retirados en anos anteriores, debiendose haber registrado como Cuentas Diversas por Pagar; no haber registrado los intereses bancarios generados al 31-12-97 que ascenderia a la suma de S/. 600,000.00; no haber analizado los saldos de las Cuentas por Pagar, tributos y remuneraciones de los ejercicios 1993, 1994, 1995 y 1996; no haber revelado correctamente, en los Estados Financieros, los tributos por cobrar y los valores en cobranza coactiva, originando una detraccion de los ingresos tributarios correspondientes; haber aplicado indebidamente a gastos corrientes el 20% de la transferencia del canon minero ascendente a la suma de S/. 5,411.58; Que, del analisis y evaluacion de los descargos presentados por don MORDAZA MORDAZA Rondona, se aprecia que los documentos alcanzados constituyen pruebas meritorias que enervan los cargos imputados con respecto a la falta de pagos de los Impuestos a la Renta de 4ta. y 5ta. categoria, al Instituto Peruano de Seguridad Social, FONAVI y AFP correspondiente al periodo 1997; Estando a lo recomendado en el documento de vistos, por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta entidad, resulta procedente absolver a don MORDAZA MORDAZA Rondona, de los cargos imputados, asi como sancionar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA al haberse acreditado la comision de faltas de caracter disciplinario establecidos en los incisos a), d) y h) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276, configurandose responsabilidad administrativa al haber incumplido lo dispuesto en los incisos a), b) y d) del Articulo 21º de la MORDAZA citada; Con las atribuciones conferidas por el inciso 13) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer la sancion disciplinaria de DESTITUCION, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la

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