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Pág. 171231 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de marzo de 1999 c) Es el Organo responsable de formular el Estudio de Costos del Programa del Vaso de Leche en coordinación con la Dirección de Participación Vecinal y Desarrollo Humano; Dirección de Servicios Comunales y Medio Ambiente; Comité de Administra- ción del Programa del Vaso de Leche, Organos que tienen competencia y que participan elaborando sus propios Costos Operativos relacionados al Programa. d) Deberá formular proponiendo alternativas de solución y/ o Políticas a seguir, para la Adquisición y/o Almacenaje de los insumos y/o alimentos relacionados al Programa. e) Deberá implementar e implantar estableciendo normas y/ o directivas de Control Interno para la Administración del Programa del Vaso de Leche en lo que le compete (Adquisición, Almacenaje, Estudio de Costos, etc.). f) Deberá coordinar con la Dirección de Participación Vecinal y Desarrollo Humano, Dirección de Servicios Comunales y Medio Ambiente, y el Comité de Administración del Programa, para los efectos de formulación y elaboración de los Documentos de Gestión, que son de su competencia, con la finalidad de optimizar la Administración del Programa. g) Cumplir con oportunidad con los procesos de adquisición y almacenamiento de los insumos y/o alimentos, velando que las condiciones sean las adecuadas, de acuerdo a las normas vigen- tes. h) Establecer, implementar e implantar las Directivas Téc- nicas necesarias, de acuerdo a lo dispuesto por las Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público, mediante Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG del 26.6.98, en las cuales se consigna lo adecuado con referencia a los siguientes Sistemas: 230 Normas de Control Interno para el Area de Tesorería. 250 Normas de Control Interno para el Area de Endeuda- miento Público. 280 Normas de Control Interno para el Area de Contabili- dad Pública. 300 Normas de Control Interno para el Area de Abasteci- miento y Activos Fijos. 400 Normas de Control Interno para el Area de Adminis- tración de Personal. i) Deberá formular y elaborar los siguientes Documentos de Gestión y otros que a continuación se describen, de su competen- cia: - Directivas Internas. - Plan Operativo. - Estudios de Costos. - Manual de Organización y Funciones - Manuales de Procedimientos. - Cuadernos, registros, formatos, etc. j) Las demás funciones propias de su competencia, que le sean asignadas por la Alcaldia. Artículo 34º.- A. Denominación del cargo: Director de la Oficina de Administración de la Municipali- dad de San Borja. B. Naturaleza del cargo: Planear, organizar, conducir, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar, supervisar y evaluar el periódico y oportuno proceso y seguimiento de las actividades de los Sistemas de Personal; Abastecimientos; Contabilidad; y Tesorería de la Municipalidad de San Borja. C. Líneas de dependencia: Depende directamente de la Alcaldía. D. Grado de responsabilidad: Es responsable del planeamiento, organización, conduc- ción, programación, dirección, coordinación, ejecución, con- trol, supervisión y evaluación del periódico y oportuno proce- so y seguimiento del adecuado accionar y desarrollo de las actividades de las Unidades a su cargo; así como, del estable- cimiento, implementacion e implantación de las Directivas Técnicas necesarias, de acuerdo a lo dispuesto por la Contra- loría General de la República, mediante las Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Publico a través de la Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG del 26.6.98, en la Municipalidad de San Borja.E. Canales de coordinación: Mantiene coordinación interna con los funcionarios de la Municipalidad; y en el ámbito externo, con los Organismos del Sector Público y Privado en el área de su competencia. CAPITULO XI DE LOS ORGANOS DE LINEA Artículo 35º.- Los Organos de Línea de la Municipalidad de San Borja, son los Organos encargados de planear, organizar, conducir, programar, dirigir, ejecutar, controlar, supervisar y evaluar el periódico y oportuno proceso de las actividades de la Gestión Municipal, referente a los Servicios Comunales y Medio Ambiente; Participación Vecinal y Desarrollo Humano de la Municipalidad Distrital de San Borja. Artículo 36º.- Son Organos de Línea de la Municipalidad de San Borja entre otros: a) Dirección de Servicios Comunales y Medio Ambiente. b) Dirección de Participación Vecinal y Desarrollo Humano. DE LA DIRECCION DE SERVICIOS COMUNALES Y MEDIO AMBIENTE Artículo 37º.- La Dirección de Servicios Comunales y Medio Ambiente de la Municipalidad de San Borja, es el Organo de Línea encargado de planear, organizar, conducir, dirigir, ejecutar, controlar, supervisar y evaluar el periódico y oportuno proceso y seguimiento de los Servicios de Exten- sión Comunal; así como de las actividades relacionadas con el medio ambiente. La Dirección de Servicios Comunales y Medio Ambiente, depende jerárquicamente de la Alcaldía y está a cargo de un funcionario de confianza, con la categoría de Director. Artículo 38º.- Son funciones generales y específicas de la Dirección de Servicios Comunales y Medio Ambiente de la Municipalidad de San Borja: a) Las indicadas en el Capítulo VI, Art. 21º y Art. 22º del presente Reglamento de Organización y Funciones, siendo res- ponsable de su oportuno cumplimiento y correcta aplicación. b) Es el Organo encargado de planear, promover, organizar, conducir, programar, dirigir, ejecutar, controlar, supervisar y evaluar el periódico y oportuno proceso y seguimiento de las actividades del Programa del Vaso de Leche en lo que respecta a su competencia. c) Deberá realizar oportuna y periódicamente bajo respon- sabilidad, los análisis bromatológico y organolépticos y algunos otros necesarios a los insumos y/o alimentos adquiridos; infor- mando con oportunidad al Comité de Administración del Pro- grama, con copia a los demás Organos comprometidos respecti- vamente, sobre el resultado de los mismos. d) Deberá formular y elaborar los siguientes Documentos de Gestión y otros que a continuación se describen, de su competen- cia: - Directivas Internas. - Plan Operativo. - Estudios de Costos. - Manual de Organización y Funciones - Manuales de Procedimientos. - Cuadernos, registros, formatos, etc. e) Las demás funciones propias de su competencia, que le sean encargadas por la Alcaldía. Artículo 39º.- Son características del cargo: A. Denominación del cargo: Director de Servicios Comunales y Medio Ambiente de la Municipalidad de San Borja. B. Naturaleza del cargo: Planear, organizar, conducir, programar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar, supervisar y evaluar el periódico y oportuno proceso y seguimiento de la Organización de los Servicios Comu- nales y Medio Ambiente, de acuerdo a las normas y políticas establecidas por la Municipalidad, con la finalidad de optimizar el servicio a la Comunidad. C. Líneas de dependencia: Depende directamente de la Alcaldía. D. Grado de responsabilidad: Es responsable del planeamiento, organización, conducción, programación, dirección, coordinación, ejecución, control, super- visión y evaluación del periódico y oportuno proceso y segui