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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 1999 (19/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 171226 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de marzo de 1999 TITULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA ORGANICA - FUNCIONES - FACULTADES Y ATRIBUCIONES CAPITULO III DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Artículo 12º.- La Estructura Orgánica que la Municipali- dad Distrital de San Borja, ha diseñado en cuanto a la Organi- zación, Distribución, Supervisión y Control del Programa del Vaso de Leche, se ha efectuado, sobre la base del criterio de racionalidad, de acuerdo a la naturaleza de sus actividades y volumen de operaciones y por niveles, estableciéndose de la siguiente forma: A. Organos de Gobierno: - Concejo Municipal - Alcaldía B. Organo de Dirección: - Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche C. Organos de Control, Asesoramiento y Apoyo: - Oficina / Dirección - Unidad D. Organos de Línea: - Dirección - División Los Organos comprometidos en el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de San Borja, a partir de la aproba- ción y promulgación del presente Reglamento del Programa del Vaso de Leche, formularán sus respectivos Manuales de Orga- nización y Funciones (MOF); así como, sus Manuales de Proce- dimientos (MP), los que serán aprobados mediante Acuerdo de Concejo. La Municipalidad Distrital de San Borja, ha dispuesto que para el cumplimiento de las funciones del Programa del Vaso de Leche, el Municipio cuente con la siguiente Estructura Orgánica: A. ORGANOS DE GOBIERNO: • Concejo Municipal: . Comisiones de Regidores • Alcaldía: . Comités Comunales y Juntas Vecinales . Oficina de Auditoria Interna B. ORGANO DE DIRECCION: • Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche C. ORGANOS DE ASESORAMIENTO: • Oficina de Asesoría Jurídica D. ORGANOS DE APOYO: • Oficina de Administración: . Unidad de Contabilidad . Unidad de Tesorería . Unidad de Logística . Unidad de Personal E. ORGANOS DE LINEA: • Dirección de Servicios Comunales y Medio Ambiente: . División de Comercialización y Mercados • Dirección de Participación Vecinal y Desarrollo Humano: . División de Promoción de la Gestión Vecinal . División de Promoción y Bienestar SocialCAPITULO IV DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO Artículo 13º.- Los Organos de Gobierno de la Municipali- dad, son los encargados de fijar políticas, objetivos y estrategias de desarrollo en el ámbito territorial de San Borja; así como asumir la responsabilidad de planear, organizar, conducir, diri- gir, controlar, supervisar y evaluar la Gestión Municipal del distrito. Artículo 14º.- Los Organos de Gobierno de la Municipali- dad de San Borja son: . El Concejo Municipal . La Alcaldía DE LA ALCALDIA Artículo 15º.- La Alcaldía es el Organo Ejecutivo de la Municipalidad. El Alcalde es su representante y personero legal, siendo responsable de la conducción del Gobierno Local. Le compete ejercer las funciones ejecutivas del Gobierno Municipal, señaladas en la Constitución Política del Estado; Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 (L.O.M.); la Ley de Simplificación Administrativa Nº 25035; el Reglamento de Organización Interior del Concejo Municipal (ROI) aprobado el 9.11.98 mediante el Edicto Nº 001-98-CDSB-C del 24.11.98, en su Título II, Capítulo III, De los Miembros del Concejo, Del Alcalde; y demás leyes y normas legales concordantes con ellas. Artículo 16º.- El Teniente Alcalde, reemplaza al Alcalde, en los casos que establece el Reglamento de Organización Interior del Concejo en su Título II, Capítulo IV, Del Teniente Alcalde, siendo responsable de su cumplimiento y correcta aplicación. CAPITULO V DE LOS ORGANOS DE COORDINACION Y CONSULTIVOS DE LAS COMISIONES DE REGIDORES Artículo 17º.- Las Comisiones de Regidores, se constitu- yen con los Regidores designados por acuerdo del Concejo y a propuesta del Alcalde. Tienen la misión de apoyar la Gestión Municipal, ejercitando su función de fiscalización y vigilancia de los actos de la Gestión Municipal en áreas básicas de los servicios que se presta, así como en la administración de los mismos, conforme lo especifica su Reglamento de Organiza- ción Interior (ROI), aprobado el 19.11.98, mediante el Edicto Nº 001-98-CDSB-C del 24.11.98 aprobado por Acuerdo del Concejo. Artículo 18º.- El Concejo Municipal conformará las Comi- siones de Regidores que sean necesarias para la solución de su problemática. Las comisiones, se abocarán al diagnostico y planteamiento de las alternativas de solución, sobre acciones propias de los Organos de la Municipalidad. Su composición, número de comi- siones y funcionamiento de las mismas se adoptará por acuerdo resolutivo del Concejo Municipal y estarán comprendidos en su Reglamento de Organización Interior (ROI), en su Título IV, Capítulo X, De las Comisiones. Artículo 19º.- Además de las funciones establecidas en el Reglamento Interno del Concejo, son funciones generales de las Comisiones de Regidores de la Municipalidad de San Borja, las siguientes: a) Supervisar, controlar y evaluar el periódico y oportuno proceso y seguimiento del desarrollo y cumplimiento de la Política General de la Gestión Municipal, diseñada y aprobada por el Concejo, estableciendo y proponiendo los ajustes necesa- rios al Concejo y a la Alcaldía, siendo responsables de su correcta aplicación. b) Supervisar, controlar y evaluar el periódico y oportuno proceso y seguimiento del desarrollo y cumplimiento de los Planes Operativos de Trabajo de los diferentes Organos de la Municipalidad, estableciendo y proponiendo los ajustes y cam- bios necesarios, presentando los informes a los órganos corres- pondientes y a la Alcaldía, siendo responsables de su correcta aplicación. c) Dictaminar oportunamente, sobre los proyectos de orde- nanzas, edictos o acuerdos que se sometan a consideración, con relación al área de acción correspondiente, velando por su cumplimiento y correcta aplicación. d) Dictaminar oportunamente, sobre las proposiciones y pedidos efectuados por los Regidores en las Sesiones de Concejo; así como sobre los recursos de impugnación que se interpongan y sobre los cuales el Concejo deba pronunciarse, velando por su cumplimiento y correcta aplicación.