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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 1999 (29/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 171494 NORMAS LEGALES Lima, lunes 29 de marzo de 1999 RUTA :AREQUIPA - TACNA y viceversa ORIGEN :AREQUIPA DESTINO :TACNA ITINERARIO :MOQUEGUA ESCALA COMERCIAL :MOQUEGUA FRECUENCIA :Una (1) diaria FLOTA VEHICULAR :Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos (2) ómnibus: UH-2179 (1982) y UH-2356 (1989) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus:UH-2180 (1982) HORARIOS :Salida de Arequipa: 9.00 p.m. Salida de Tacna: 9.00 p.m. La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo respon- sabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05- 95-MTC; en caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado reglamento. Quinto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 4102 Otorgan a empresa permiso de opera- ción de transporte turístico RESOLUCION DIRECTORAL Nº 437-99-MTC/15.18 Lima, 12 de marzo de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00208010, or- ganizado por la EMPRESA "TRANSPORTES MI CHA- PERITO" E.I.R.L., sobre Permiso de Operación de Trans- porte Turístico y el Informe Técnico Nº 187-99-MTC/ 15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasaje- ros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa "TRANSPORTES MI CHAPERITO" E.I.R.L., mediante el expediente indicado en vistos ha solicitado el otorgamiento de Permiso de Operación de Transporte Turístico en las modalidades de traslados, visitas y excursiones en el ámbito Departamental - Regio- nal - Lima; al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Turístico aprobado por Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS de fecha 6 de febrero de 1978; Que, en el Informe Nº 187-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requi- sitos señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019- 97-MTC; recomendándose la procedencia del pedido for- mulado; De conformidad con lo dispuesto en el reglamento aprobado por Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS del 6 de febrero de 1978, Ley Nº 25035 y su reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto UnicoOrdenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019- 97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa "TRANSPORTES MI CHAPERITO" E.I.R.L., el Permiso de Operación de Transporte Turístico en el ámbito Departamental - Regio- nal - Lima por el período de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RAZON SOCIAL :"TRANSPORTES MI CHAPERITO" E.I.R.L. SERVICIO :Transporte Turístico Terrestre MODALIDADES :Traslados, visitas y excursiones AMBITO :Departamental - Regional - Lima FLOTA VEHICULAR :Un (1) ómnibus: VG-2762 (1998) Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS y demás dispo- siciones vigentes, concernientes al Servicio de Transpor- te Turístico Terrestre de Pasajeros por Carretera que se autoriza. Así como mantener vigente la Póliza de Seguros con las coberturas correspondientes. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 4090 CONASEV Disponen intervenir a la Administrado- ra La Previsora S.A. bajo la modalidad de supervisión de la administración y gestión social RESOLUCION DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONASEV Nº 011-99-EF/94.12 Empresa :La Previsora S.A. Asunto :Intervención de Empresa Administradora de Fondos Colectivos que presta servicios de sepelio Fecha :Miraflores, 26 de marzo de 1999 VISTOS: El Memorándum Nº 017-99-EF/94.FUN, de fecha 18 de marzo de 1999, presentado por la Comisión de EAFC Funerarios con la opinión favorable de la Gerencia Gene- ral; CONSIDERANDO: Que, en sesión del Tribunal Administrativo de CONASEV de fecha 26 de marzo de 1999, la Presidenta de la Comisión de EAFC Funerarios sustentó el Memo- rándum Nº 017-99-EF/94.FUN de fecha 18 de marzo de 1999, referido a la evaluación de la situación de la empresa La Previsora S.A. y del sistema administrado por ésta; Que, mediante Resolución CONASEV Nº 240-86-EF/ 94.11, de fecha 24 de setiembre de 1986, se autorizó a La Previsora S.A. a funcionar como Empresa Administradora