Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 1999 (29/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO ESCALA COMERCIAL FRECUENCIA FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA

NORMAS LEGALES
:AREQUIPA - TACNA y viceversa :AREQUIPA :TACNA :MOQUEGUA :MOQUEGUA :Una (1) diaria :Tres (3) omnibus

MORDAZA, lunes 29 de marzo de 1999

Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 01997-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa "TRANSPORTES MI CHAPERITO" E.I.R.L., el Permiso de Operacion de Transporte Turistico en el ambito Departamental - Regional - MORDAZA por el periodo de cinco (5) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RAZON SOCIAL SERVICIO MODALIDADES AMBITO FLOTA VEHICULAR : : : : : "TRANSPORTES MI CHAPERITO" E.I.R.L. Transporte Turistico Terrestre Traslados, visitas y excursiones Departamental - Regional - MORDAZA Un (1) omnibus: VG-2762 (1998)

:Dos (2) omnibus: UH-2179 (1982) y UH-2356 (1989) FLOTA DE RESERVA :Un (1) omnibus:UH-2180 (1982) HORARIOS :Salida de Arequipa: 9.00 p.m. Salida de Tacna: 9.00 p.m.

La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Cuarto.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0595-MTC; en caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado reglamento. Quinto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 4102

Segundo.- La empresa esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Resolucion Suprema Nº 011-78-TC/DS y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio de Transporte Turistico Terrestre de Pasajeros por Carretera que se autoriza. Asi como mantener vigente la Poliza de Seguros con las coberturas correspondientes. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 4090

CONASEV

Otorgan a empresa permiso de opera- Disponen intervenir a la Administradora La Previsora S.A. bajo la modalidad cion de transporte turistico de supervision de la administracion y RESOLUCION DIRECTORAL Nº 437-99-MTC/15.18 gestion social
MORDAZA, 12 de marzo de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00208010, organizado por la EMPRESA "TRANSPORTES MI CHAPERITO" E.I.R.L., sobre Permiso de Operacion de Transporte Turistico y el Informe Tecnico Nº 187-99-MTC/ 15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa "TRANSPORTES MI CHAPERITO" E.I.R.L., mediante el expediente indicado en vistos ha solicitado el otorgamiento de Permiso de Operacion de Transporte Turistico en las modalidades de traslados, visitas y excursiones en el ambito Departamental - Regional - Lima; al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Turistico aprobado por Resolucion Suprema Nº 011-78-TC/DS de fecha 6 de febrero de 1978; Que, en el Informe Nº 187-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 01997-MTC; recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el reglamento aprobado por Resolucion Suprema Nº 011-78-TC/DS del 6 de febrero de 1978, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico RESOLUCION DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CONASEV Nº 011-99-EF/94.12 Empresa : La Previsora S.A. MORDAZA : Intervencion de Empresa Administradora de Fondos Colectivos que presta servicios de sepelio Fecha : Miraflores, 26 de marzo de 1999 VISTOS: El Memorandum Nº 017-99-EF/94.FUN, de fecha 18 de marzo de 1999, presentado por la Comision de EAFC Funerarios con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, en sesion del Tribunal Administrativo de CONASEV de fecha 26 de marzo de 1999, la Presidenta de la Comision de EAFC Funerarios sustento el Memorandum Nº 017-99-EF/94.FUN de fecha 18 de marzo de 1999, referido a la evaluacion de la situacion de la empresa La Previsora S.A. y del sistema administrado por esta; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 240-86-EF/ 94.11, de fecha 24 de setiembre de 1986, se autorizo a La Previsora S.A. a funcionar como Empresa Administradora

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