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Pág. 173061 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de mayo de 1999 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0338-99-AG Lima, 7 de mayo de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 11263, ubicado en el distrito de Puente Piedra, provincia y departa- mento de Lima. CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 2541-98-AG-UAD.LC/OAJ-C- PETT, el Director General de la Unidad Agraria Departa- mental Lima-Callao, remite el expediente sobre levanta- miento de la reserva de dominio a favor del Estado en el expediente sobre denuncio de 4,500 m2 de terrenos eriazos, ubicado en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, seguido por don Manuel Gerónimo Plasencia Castillo; Que por Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos Nº 109/88-DGRA/AR, de 12 de mayo de 1988, la ex Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural adjudicó en venta a favor de don Manuel Gerónimo Plasencia Castillo la superficie de 4,500 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 11263 del distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, cuyos linderos y medidas perimétricas se señalan en los planos y memoria descriptiva que obran en el expediente; Que el Artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, prescribe que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con arreglo a la legislación anterior a la mencionada ley para desarrollar proyectos de naturaleza agraria, que hayan cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contractual, solicitarán a la respectiva dependencia del Ministerio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado, que se dispondrá mediante Resolución Ministerial previa constatación de la ejecución de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que mediante el Informe Técnico Nº 105/98/AG/UAD.LC/ OAJ/C-PETT, ratificado por el Informe Técnico Nº 015-99- PETT-DCPR de 14 de setiembre de 1998 y 24 de febrero de 1999 respectivamente, se señala que el predio materia del presente procedimiento se encuentra conducido por don Manuel Plasencia Castillo observándose en su interior 10 jaulas para la crianza de codornices, cuatro de ellas con 52 codornices, 8 jaulas de ladrillos con 40 cuyes, 6 corrales de cemento con techos de esteras dentro de los cuales habían 27 gallinas y 54 patos, asimismo se constató la existencia de 2 reservorios de concreto, un galpón con un lado de pared y techo de estera dentro del cual existe una división con 56 gallinas ponedoras y otras con 100 pollos de carne, un corral con pared de ladrillo y parte techado con esteras con 30 conejos en su interior y una vivienda de ladrillo, por lo que es procedente el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Levantar la reserva de dominio a favor del Estado sobre la superficie de 4,500 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 11263 del distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, otorgados a favor de don Manuel Gerónimo Plasencia Castillo mediante Con- trato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos Nº 109/88-DGRA/ AR, de 12 de mayo de 1988, al haber sido habilitado e incorporado a la actividad agraria. Artículo 2º.- Disponer que el Proyecto Especial Titula- ción de Tierras y Catastro Rural gestione ante el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Lima, la inscripción de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 6094 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0339-99-AG Lima, 7 de mayo de 1999VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de terrenos eriazos del ex predio "Coscomba", ubicado en el distrito, provincia y departamento de Piura. CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 517-99-AG-PETT-DE/CAH, de fojas 35, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titula- ción de Tierras y Catastro Rural remite el expediente organiza- do por don Antolín Córdova Román sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de 7 ha. 5,600 m2 de terrenos eriazos del ex predio "Coscomba", ubicado en el distrito, provincia y departamento de Piura; Que por Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos Nº 076-93-RG-DRA, de 23 de diciembre de 1993, de fojas 02 a 03, la Dirección Regional de Agricultura de la Región Grau, adjudicó en venta a favor de don Antolín Córdova Román la superficie de 7 ha. 5,600 m2 del ex predio "Coscomba" del distrito, provincia y departamento de Piura, con el fin de desarrollar en el mismo un proyecto pecuario en el plazo establecido en dicho proyecto; Que el Artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26505, prescribe que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con arreglo a la legislación anterior a la mencionada ley para desarrollar proyectos de naturaleza agraria, que hayan cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contractual, solicitarán a la respectiva dependencia del Ministerio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado, que se dispondrá mediante Resolución Ministerial previa constatación de la ejecución de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que mediante el Informe Técnico Nº 072-98-CTAR-CPC- AAP, de 7 de octubre de 1998, de fojas 28, la Agencia Agraria Piura, señala que dicho predio se encuentra íntegramente dedicado a la actividad agropecuaria con un avance en desarrollo forestal de 4.00 ha. aproximadamente de planta- ciones de tuna, plantas de limón, plátanos, tamarindos y algarrobo, el riego se realiza mediante sistema de riego por bombeo (motobomba de 2"), extrayéndose de un pozo subte- rráneo canalizado a través de tuberías de 2" con sus respec- tivas mangueras de jebe y llaves de control, y en desarrollo pecuario cuenta con cuarenta (40) cabezas de ganado ovino y doce (12) caprinos, en un corral de material rústico, cuyo pastoreo es a campo abierto complementando la dieta ali- menticia a base de concentrados, por lo que corresponde proceder al levantamiento de la reserva de dominio; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Levantar la reserva de dominio a favor del Estado sobre la superficie de 7 ha. 5,600 m2 de terrenos eriazos del ex predio "Coscomba" del distrito, provincia y departamento de Piura, otorgados a favor de don Antolín Córdova Román, mediante Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos Nº 076-93-RG-DRA, de 23 de diciembre de 1993, al haber sido incorporado a la actividad agraria. Artículo 2º.- Disponer que el Proyecto Especial Titula- ción de Tierras y Catastro Rural de la Dirección Regional de Agricultura de Piura gestione ante el Registro de la Propie- dad Inmueble de los Registros Públicos de Piura, la inscrip- ción de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 6095 Encargan la función de Jefe de la Reser- va Nacional de Lachay RESOLUCION JEFATURAL Nº 060-99-INRENA Lima, 10 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 041-99-INRENA de fecha 31 de marzo de 1999, se da por concluida la función