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Pág. 173064 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de mayo de 1999 derá aplicar el Derecho Específico fijado para el menor precio FOB de referencia. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 6186 Autorizan viaje de funcionarios del OSI- NERG a Canadá para que realicen visi- ta de estudio sobre fiscalización de hidrocarburos RESOLUCION SUPREMA Nº 200-99-EF Lima, 11 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 082-99-OSINERG-SECD, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía -OSI- NERG-, solicita se autorice el viaje de dos funcionarios a la ciudad de Alberta, Canadá, del 16 al 23 de mayo de 1999, a fin de que realicen una visita de estudio sobre fiscalización de hidrocarburos; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos por concepto de pasajes y parte de viáticos serán cubiertos por el Proyecto de Asistencia para la Reglamenta- ción del Sector Energético del Perú -PARSEP-, debiendo OSINERG asumir el costo del complemento de viáticos y la Tarifa de CORPAC, con cargo a los recursos de su presupues- to correspondiente al ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores, José Eslava Arnao, Gerente General, y José Robles Freyre, Ge- rente de Hidrocarburos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía -OSINERG- a la ciudad de Alberta, Canadá, del 16 al 23 de mayo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del presupuesto del OSINERG: - Complemento de viáticos US$ 704,00 - Tarifa de CORPAC US$ 50,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 6189Autorizan viaje de funcionarios de la SUNAT a El Salvador para participar en Asamblea General del CIAT RESOLUCION SUPREMA Nº 201-99-EF Lima, 11 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficios Nºs. 061 y 065-99-A1-0000, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT-, solicita se autorice el viaje de dos funcionarios a la ciudad de San Salvador, El Salvador, del 2 al 7 de mayo de 1999, para participar en la 33ª Asamblea General del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias -CIAT-; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del presupuesto de la SUNAT correspondiente al Ejercicio 1999, con excepción del costo de los pasajes aéreos del Superintendente, que serán asumidos por el CIAT; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5. de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores, Jaime Reynaldo Iberico Iberico, Superintendente Nacional de Ad- ministración Tributaria, y José Luis Mini Miranda, Inten- dente Nacional de Operaciones de la Superintendencia Na- cional de Administración Tributaria -SUNAT-, a la ciudad de San Salvador, El Salvador, del 2 al 7 de mayo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del presupuesto de la SUNAT: - Pasajes US$ 531,00 - Viáticos US$ 2 000,00 - Tarifa de CORPAC US$ 50,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 6190 Autorizan viaje de profesional de ADUA- NAS a Canadá para participar en simpo- sium anual de tecnología de seguridad de la información RESOLUCION SUPREMA Nº 202-99-EF Lima, 11 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 393-99-ADUANAS, la Superin- tendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS-, solicita se autorice el viaje de una profesional, a la ciudad de Ottawa, Canadá, del 8 al 16 de mayo de 1999, para participar en el "Symposium anual de tecnología de seguridad de la informa- ción"; Que, en consecuencia, es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos por concepto de pasajes y parte de viáticos serán cubiertos por la Embajada del Canadá, debiendo ADUANAS asumir el gasto del complemento de viáticos y la tarifa de