Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 1999 (11/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 11 de noviembre de 1999

NORMAS LEGALES
ORDENANZA

Pag. 180169

Que, mediante Decreto Supremo Nº 110-98-EF, se establece que lo dispuesto en la Setima Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, no es de aplicacion a las entidades cuyo personal, incluyendo Ejecutores y Auxiliares, ingresa mediante Concurso Publico bajo cumplimiento de requisitos inherentes al cargo y mantienen un procedimiento de seleccion y evaluacion permanente del mismo; Que, es politica del SAT designar a su personal mediante Concurso, sometiendo al mismo a un MORDAZA de evaluacion permanente; Que, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ingresaron a laborar al Servicio de Administracion Tributaria a traves de Concursos Publicos convocados por el SAT, reuniendo los requisitos establecidos en los Articulos 4º y 6º de la Ley Nº 26979, respectivamente; En uso de las atribuciones establecidas en el inciso e) del Articulo 6º del Edicto Nº 227; y estando a lo dispuesto por el inciso d) del Articulo 6º de la referida MORDAZA y el Articulo 3º de la Resolucion Jefatural Nº 023-97-SAT-MML; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar como Ejecutor Coactivo de la Oficina Zonal Ate del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARBAJAL. Articulo 2º.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal Ate del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, al senor MORDAZA MORDAZA CARRILLO. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) del Servicio de Administracion Tributaria 14106

Articulo Primero.- AMPLIAR la vigencia de la Ordenanza Nº 014-96 referida a la Autorizacion Temporal de Funcionamiento por el plazo de un (1) ano, pudiendo renovarse por un periodo similar hasta que se efectue la recepcion de obras de Habilitacion MORDAZA, oportunidad en la cual caducara automaticamente, debiendo los interesados iniciar los tramites para obtener la Autorizacion Municipal de Funcionamiento de acuerdo a lo dispuesto por la normatividad legal vigente. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 14091

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban ordenanza que regula tenencia y control sanitario de mascotas en el distrito
ORDENANZA Nº 15-99 San MORDAZA, 29 de octubre de 1999 LA ALCALDESA DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha 29 de octubre de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomia politica de la que gozan las Municipalidades, el mismo numeral constitucional ha otorgado expresamente al Concejo la funcion normativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 13) del Articulo 66º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 23853, es competencia municipal controlar la sanidad animal, en sus respectivas jurisdicciones; Que, el Concejo Distrital de San MORDAZA ha visto necesario promover y reglamentar la tenencia responsable de animales domesticos y silvestres en su jurisdiccion, a efectos de evitar que se produzcan situaciones de peligro e incomodidad para los vecinos; Que, por Decreto Ley Nº 25902, se ha dictado la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, cuyo Articulo 17º crea, entre otros Organismos Publicos Descentralizados, al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; instancia administrativa con la que se hace necesario coordinar acciones conducentes a una mejor implementacion de la presente ordenanza; Que, mediante la MORDAZA VII del Titulo Preliminar del Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, aprobado por Decreto Legislativo Nº 613, se ha precisado que: "El ejercicio del derecho de propiedad, conforme al interes social, comprende el deber del titular de actuar en MORDAZA con el medio ambiente"; Que, toda persona tiene el derecho irrenunciable a gozar de un ambiente saludable, ecologicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la MORDAZA, y asimismo, a la preservacion del paisaje y la naturaleza. Todos tienen el deber de conservar dicho ambiente; Estando a los Dictamenes de la Comision de Servicios Comunales y Comision de Asuntos Legales, en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, el Concejo Distrital de San MORDAZA, ha aprobado la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan vigencia de ordenanza referida al otorgamiento de autorizaciones temporales de funcionamiento a locales comerciales
ORDENANZA Nº 015-99 La MORDAZA, 29 de octubre de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 014-96 del 30 de diciembre de 1996 se normo el tramite para el otorgamiento de Autorizaciones Temporales de Funcionamiento a locales comerciales ubicados en Urbanizaciones consolidadas que se encontraban en MORDAZA de recepcion de Habilitacion MORDAZA por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Urbanizaciones Progresivas con construccion simultanea de viviendas y los Asentamientos Humanos consolidados en MORDAZA de saneamiento fisico legal, la misma que fuera modificada mediante la Ordenanza Nº 016-97; Que, asimismo, este dispositivo establecio en un ano la vigencia de dichas autorizaciones, pudiendo renovarse hasta por un ano mas, en atencion de haberse estimado en dos anos el termino para que dichas Urbanizaciones y Asentamientos Humanos, sanearan legalmente su situacion; Que, a la fecha dicho MORDAZA de Habilitacion MORDAZA no se ha cumplido en su integridad de acuerdo a lo informado por la Direccion de Desarrollo Urbano; Que, con el fin de dar facilidades a los conductores de establecimientos comerciales para que puedan continuar acogiendose al regimen de las autorizaciones temporales a que se contrae la indicada Ordenanza, se deben dictar medidas que asi lo estipulen; De conformidad a lo establecido por los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con el dictamen favorable de la Comision de Comercializacion, aprobo la siguiente:

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