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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (27/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

Pág. 180627 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de noviembre de 1999 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Emiten acuerdo referido al sanea - miento físico legal de diversas agrupaciones de pobladores ubica- das en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-99-MDSB San Bartolo, 13 de noviembre de 1999 El Concejo Distrital de San Bartolo, en Sesión Ordina- ria de fecha 13 de noviembre del año en curso, consideran- do la situación irregular en que se encuentran las agrupa- ciones de pobladores ubicadas en su jurisdicción denomi- nadas: . Miguel Grau . San José . Las Orquídeas . Pérez de Cuéllar . Otras que pudieran crearse Debido a la carencia de Obras de Habilitación Urbana y Titulación, problemas que según Ley corresponde resolver a la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI, por ser organismo competente en la materia, dado que se trataría de predios de propiedad del Estado, solución que la Municipalidad estima de especial prioridad debido al tiempo de ocupación y al derecho que tienen los pobladores de alcanzar mejores niveles de bienestar, con el voto unánime de los señores Regidores: ACORDO: Artículo Primero.- Encarecer a la Comisión de For- malización de la Propiedad Informal - COFOPRI, se constituya en el distrito de San Bartolo, en el plazo más breve que le permita la programación de sus actividades, a fin de dar solución integral al saneamiento físico legal de las agrupaciones de pobladores; en mérito a las conside- raciones antes expuestas y a las que le señalan sus competencias legales. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WILDOR PARINANGO SANCHEZ Alcalde 14701 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban ordenanza referida a regula- rización de transferencias de lotes de parque industrial del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-99-MVES Villa El Salvador, 23 de noviembre de 1999 Visto: El Informe Nº 169-99-AL/DDE-MVES, la Ley Nº 26652, Ley Nº 26818, Ordenanza Nº 017-98-MVES y Decreto de Alcaldía Nº 024-98-MVES;CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, las Municipa- lidades tienen Autonomía Política, Económica y Adminis- trativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ley Nº 26652, se autorizó la transfe- rencia directa de los lotes del Parque Industrial Cono Sur de Lima, a sus actuales ocupantes, sin el previo requisito de la Subasta Pública, siempre que califiquen como peque- ño o mediano industrial, por un plazo de 360 días, amplia- da por Ley Nº 26818 a 90 días más; Que, la Municipalidad de Villa El Salvador, se ha subrogado en todos los derechos y obligaciones de la Comisión de Disolución y Liquidación a que se refiere la Ley Nº 26652, a través de la Dirección de Desarrollo Empresarial; Que, mediante Ordenanza Nº 017-98-MVES del 23- 11-98, se amplió el plazo de opción de compra hasta el 30-12-98, no obstante, conforme se aprecia de los Informes del Visto, existe un considerable número de ocupantes que tienen la calidad de precarios, obsta- culizando el proceso de titulación del Parque Indus- trial, sea que no se hayan acogido a las disposiciones antes indicadas, que cuenten con Resoluciones de Compra-Venta, desaprobatorias consentidas y/o con- firmadas, que no hayan suscrito oportunamente sus respectivos contratos de Compra-Venta, sea que cuen- ten con problemas de índole judicial con relación al lote que ocupan; no obstante se puede apreciar que en la mayoría de los casos, dichos ocupantes cuentan con actividad productiva, suficiente infraestructura y ocu- pación efectiva sobre el lote, hecho que justifica y obliga a regularizar su situación, por un plazo peren- torio, breve y máximo; Que, asimismo, el plazo de quince días para la suscrip- ción de los contratos de Compra-Venta, otorgado por la Directiva Operativa Nº 001-97-PEPI DE TITULACION DE INMUEBLES en el Parque Industrial de Villa El Salvador, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 024-97- ALC/MVES del 24 de noviembre de 1997, resulta insufi- ciente, siendo procedente ampliar dicho plazo y ratificar los suscritos fuera de los quince días de notificada la Resolución aprobatoria; Estando a lo debatido, con el Voto Legal y en uso de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 23853, la Sesión de Concejo, expide la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Establecer con carácter de ex- traordinario, el plazo para la opción de Compra-Venta Directa de los lotes del Parque Industrial, cuyos ocu- pantes no hayan accedido a la Compra-Venta directa, alcanzando tal beneficio, inclusive a aquellos que cuen- ten con Resoluciones desaprobatorias de Compra-Ven- ta, de abandono de su procedimiento, siempre que, califiquen y demuestren actividad industrial y ocupa- ción física efectiva sobre el lote, hasta le 15 de enero del año 2000. Artículo Segundo.- Ratificar todos los contratos de Compra-Venta, suscritos por la Comisión de Disolución y Liquidación y la Municipalidad de Villa El Salvador, fuera de los quince días de notificada la Resolución aprobatoria de sus solicitudes de Compra-Venta y autorizar la sus- cripción de todos los pendientes de firma hasta el 30 de diciembre de 1999. Artículo Tercero.- Autorizar las acciones judiciales pertinentes, a fin de procurar la desocupación de los lotes, cuyos ocupantes no cumplan con el presente dispositivo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Desa- rrollo Empresarial, ejecutar la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se comunique, publique y cumpla. R. MARTIN PUMAR VILCHEZ Alcalde 14699